Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-25505)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Subestación de Ronda 400 KV y la línea de entrada/salida de Pinar del Rey-Tajo de la Encantada 2 y Jordana-Tajo de la Encantada».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 166352

razones expuestas y recogidas en el apartado 3.1 de análisis alternativas de la presente
resolución.
En relación con la avifauna, el promotor señala que se ha realizado un estudio anual
mediante metodología reglada por personal experto, con objeto de caracterizar la
comunidad ornítica general y registrar los usos del espacio de las especies focales o
más sensibles a la presencia de las infraestructuras proyectadas. En este sentido, el
único apoyo que se podría ubicar en el hábitat de nidificación de paseriformes rupícolas
es el T-151N, y que teniendo en cuenta los requisitos de hábitat de estas especies y la
cantidad de biotopo disponible en la zona, no se considera significativo la potencial
pérdida del mismo en el área (25 m2). Asimismo, manifiesta que no se han detectado
indicios de que se le esté dando ese uso al área donde se proyecta el citado apoyo.
Respecto a la cigüeña blanca, el promotor afirma que las nidificaciones más
cercanas se localizan a un mínimo de 2 km de las infraestructuras previstas, las cuales
no se proyectan cerca de áreas de interés para la especie como pueden ser cursos de
agua, charcas o zonas aparentemente atractivas para la alimentación de la especie, ni
se encuentra entre puntos de interés para la especie o zonas de paso. Con relación al
buitre leonado, el promotor destaca el bajo número de registros de vuelo a una altura de
riesgo y considera que, dado el tipo de uso del espacio, el riesgo para la especie es bajo
al no existir interacción con la línea proyectada.
El ámbito de estudio presenta una gran relevancia para especies de aves
migratorias, por lo que se han realizado censos específicos para el paso migratorio,
cuyos resultados han determinado que las especies detectadas en migración activa
volaban a gran altura, por lo que el promotor afirma que la localización de las
infraestructuras previstas en la zona de valle favorece un vuelo sin riesgo por encima de
los conductores. Asimismo, el promotor indica que los resultados del estudio anual de
avifauna, ejecutado por personal experto en la materia y con la información aportada por
la administración y agentes forestales, permiten concluir que el efecto del proyecto sobre
la avifauna es compatible.
La Asociación Silvema y la mayoría de las asociaciones y particulares realizan
alegaciones muy similares en cuanto a fauna. Concluyen que los efectos que produciría
el proyecto sobre el medio ambiente, especialmente sobre la avifauna, presentan una
magnitud superior al umbral aceptable con una pérdida permanente de la calidad de las
condiciones ambientales y socioeconómicas del entorno, sin que las medidas correctoras
o compensatorias previstas permitan su recuperación, por lo que solicitan la emisión de
una declaración ambiental negativa. Algunas alegaciones particulares inciden en la
afección a la avifauna dada la riqueza y sensibilidad presente en la zona de estudio.
Consideran que el estudio de avifauna no presenta una calidad ni rigor adecuados, con
errores en la metodología empleada y en la toma de datos del censo realizado. No
aparecen especies con presencia confirmada en el ámbito de actuación, y se identifican
a su vez especies no presentes, proporciona información incorrecta con relación a los
movimientos entre núcleos y la altura de vuelo del buitre leonado, cigüeña blanca, águila
calzada, aves migratorias, etc. Inciden en que la línea proyectada discurre en un 60 % de
su trazado por una zona con alta sensibilidad para las aves y en un 20 % por una zona
de sensibilidad media, con el riesgo asociado para las mismas, y que no se ha tenido en
cuenta la presencia de otras líneas eléctricas existentes y futuras que se conectarán en
la SE Ronda.
En cuanto al riesgo de colisión de las aves con la línea, las alegaciones señalan que,
de acuerdo con el proyecto técnico, la altura de algunos de los apoyos de la línea de
hasta 71 m es superior a la utilizada en el estudio de avifauna (40 m), por lo que el
«riesgo nulo» de colisión para alturas de vuelo 3 > 40 m señalado en dicho estudio es
inválido para justificar las conclusiones del citado estudio de avifauna. Por otra parte, el
alimoche sí está presente en la zona de estudio que utiliza como zona de campeo y
alimentación, y el proyecto puede poner en peligro el asentamiento de la especie en uno
de sus antiguos territorios. Las ubicaciones de dos parejas reproductoras en Málaga no
están tan alejadas de la zona de actuación como afirma el promotor, y la distancia de 36

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Núm. 294