Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-25506)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, SAU, autorización administrativa previa para el módulo de generación fotovoltaica «Instalación Híbrida Callejas», de 49,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque eólico existente, PE Callejas, de 49,5 MW de potencia instalada, en el término municipal de Campillo de Altobuey (Cuenca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294
Viernes 6 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 166378
En una instalación de generación híbrida, la potencia instalada, a efectos de la
tramitación de las autorizaciones administrativas y de los permisos de acceso y conexión
a la red, será igual a la suma de la potencia instalada de cada uno de los módulos de
generación de electricidad y de las instalaciones de almacenamiento que la componen:
en la presente instalación, la suma de la potencia instalada del módulo eólico y del
módulo fotovoltaico conjuntamente supera los 50 MW. Y, según el artículo 3 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, corresponde a la Administración General del Estado
autorizar las instalaciones peninsulares de producción de energía eléctrica, incluyendo
sus infraestructuras de evacuación, de potencia eléctrica instalada superior a 50 MW.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
aceptado dicha propuesta presentando la información requerida.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, resuelve:
Único.
Otorgar a Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, SAU, la autorización
administrativa previa para el módulo de generación fotovoltaica Callejas de 49,5 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque
eólico existente, Callejas, de 49,5 MW, en el término municipal de Campillo de Altobuey,
en la provincia de Cuenca, con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de un módulo fotovoltaico para su
hibridación con el parque eólico existente, Callejas, de 49,5 MW, y línea subterránea
a 20 kV hasta la subestación Callejas 20/132 kV, la cual será modificada en el
expediente SGIISE/PEol-FV-046 para adaptarse a la incorporación de los nuevos
módulos fotovoltaicos Callejas y Maza (SGIISE/PEol-FV-046).
Las características principales de este módulo de generación, definidas en el
Proyecto Ejecución Administrativo «Proyecto de planta fotovoltaica instalación híbrida
Callejas» fechado en noviembre de 2021:
La infraestructura de evacuación autorizada se compone de la línea subterránea a 20
kV que tiene como origen los centros de transformación de la planta, discurriendo hasta
la subestación SET Callejas 20/132 kV. Las características principales de la referida línea
son:
● Sistema: Corriente alterna trifásica.
● Tensión: 20 kV.
● Término municipal afectado: Campillo de Altobuey, en la provincia de Cuenca.
cve: BOE-A-2024-25506
Verificable en https://www.boe.es
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 49,5
MW.
– Potencia pico de módulos: 60,98 MW.
– Potencia total de los inversores: 49,50 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 49,50 MW.
– Término municipal afectado: Campillo de Altobuey en la provincia de Cuenca.
Núm. 294
Viernes 6 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 166378
En una instalación de generación híbrida, la potencia instalada, a efectos de la
tramitación de las autorizaciones administrativas y de los permisos de acceso y conexión
a la red, será igual a la suma de la potencia instalada de cada uno de los módulos de
generación de electricidad y de las instalaciones de almacenamiento que la componen:
en la presente instalación, la suma de la potencia instalada del módulo eólico y del
módulo fotovoltaico conjuntamente supera los 50 MW. Y, según el artículo 3 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, corresponde a la Administración General del Estado
autorizar las instalaciones peninsulares de producción de energía eléctrica, incluyendo
sus infraestructuras de evacuación, de potencia eléctrica instalada superior a 50 MW.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
aceptado dicha propuesta presentando la información requerida.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, resuelve:
Único.
Otorgar a Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, SAU, la autorización
administrativa previa para el módulo de generación fotovoltaica Callejas de 49,5 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque
eólico existente, Callejas, de 49,5 MW, en el término municipal de Campillo de Altobuey,
en la provincia de Cuenca, con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de un módulo fotovoltaico para su
hibridación con el parque eólico existente, Callejas, de 49,5 MW, y línea subterránea
a 20 kV hasta la subestación Callejas 20/132 kV, la cual será modificada en el
expediente SGIISE/PEol-FV-046 para adaptarse a la incorporación de los nuevos
módulos fotovoltaicos Callejas y Maza (SGIISE/PEol-FV-046).
Las características principales de este módulo de generación, definidas en el
Proyecto Ejecución Administrativo «Proyecto de planta fotovoltaica instalación híbrida
Callejas» fechado en noviembre de 2021:
La infraestructura de evacuación autorizada se compone de la línea subterránea a 20
kV que tiene como origen los centros de transformación de la planta, discurriendo hasta
la subestación SET Callejas 20/132 kV. Las características principales de la referida línea
son:
● Sistema: Corriente alterna trifásica.
● Tensión: 20 kV.
● Término municipal afectado: Campillo de Altobuey, en la provincia de Cuenca.
cve: BOE-A-2024-25506
Verificable en https://www.boe.es
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 49,5
MW.
– Potencia pico de módulos: 60,98 MW.
– Potencia total de los inversores: 49,50 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 49,50 MW.
– Término municipal afectado: Campillo de Altobuey en la provincia de Cuenca.