Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-25506)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, SAU, autorización administrativa previa para el módulo de generación fotovoltaica «Instalación Híbrida Callejas», de 49,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque eólico existente, PE Callejas, de 49,5 MW de potencia instalada, en el término municipal de Campillo de Altobuey (Cuenca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 166376

reducir el impacto paisajístico. Se instalará en el vallado perimetral de 5 m de anchura a
lo largo de toda la extensión de la planta solar fotovoltaica, mediante la plantación de
especies arbóreas y arbustivas autóctonas propias de la zona, integrando la vegetación
natural existente, en caso de que se presente, y teniendo en cuenta lo que corresponda
conforme a legislación urbanística y civil, en cuanto a distancias con respecto a linderos
con parcelas colindantes o caminos/carreteras.
– Se deberá presentar un proyecto específico que contemple medidas sobre
restauración con especies autóctonas, y los corredores para mejorar la conectividad,
para su aprobación por el Servicio competente de la Delegación Provincial de Desarrollo
Sostenible en Cuenca, debiendo contemplar el mantenimiento de las plantaciones hasta
su total arraigo.
– Se deberá presentar un plan de restauración de las zonas que queden
desprovistas de vegetación, así como de posibles taludes de viales de acceso […].
– En cualquier caso, se deberá atender a la resolución, que está pendiente que
emita el Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y
Deportes en Cuenca, sobre este expediente para que continúe el desarrollo del proyecto.
– El proyecto linda con el monte de utilidad público CU167 Losilla, Matallana,
Azagador, Pinos Altos, Las Ramblas, Cerro Panizar y El Rodeno, propiedad del
Ayuntamiento de Campillo de Altobuey, encontrándose deslindado y amojonado,
debiendo respetarse sus límites durante el replanteo del proyecto y ejecución.
– El plan de autoprotección requiere informe de la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, por lo que deberá consultarse a la sección
correspondiente del Servicio Provincial, el trámite y forma de presentación del mismo,
durante las tramitaciones sustantivas del proyecto.
– Las condiciones destinadas al seguimiento y vigilancia ambientales del proyecto
deberán ser incorporadas en la autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo,
de forma similar a la propuesta que se haga. Igualmente, la instalación no podrá ser
objeto de autorización para su construcción ni explotación si no se respetan dichas
condiciones.
– Se incluirá un análisis del aprovechamiento cinegético de la zona (régimen
cinegético, superficies, especies de caza, etc.) para poder evaluar la incidencia del
proyecto en el movimiento de las piezas de caza y un posible aumento de presión en
zonas de cultivo que pudieran quedar aisladas.
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el Informe de Afección Ambiental (IDAA).
Finalmente, el IDAA establece los condicionantes específicos que se tendrán en
cuenta en las sucesivas fases de autorización del proyecto, en su caso y en todo caso,
antes de otorgar una autorización de explotación.
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en el
IDAA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en el citado IDAA, previamente a su aprobación.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
El parque eólico «Callejas», inscrito de forma definitiva en el Registro Administrativo
de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica con el número de registro
RE436-0302, cuenta con permiso de acceso y conexión a la red de transporte en la
subestación eléctrica Olmedilla 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SA.
Red Eléctrica emitió, con fecha 19 de enero de 2022, actualización de los permisos
de acceso y conexión concedidos para generación renovable a la red de transporte para
la conexión en la subestación Olmedilla 400 kV, para permitir la incorporación de la
hibridación de la instalación HIB Callejas.

cve: BOE-A-2024-25506
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Núm. 294