Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2024-25522)
Pleno. Sentencia 139/2024, de 6 de noviembre de 2024. Recurso de inconstitucionalidad 6914-2022. Interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados respecto de la Ley Orgánica 8/2022, de 27 de julio, de modificación de los artículos 570 bis y 599 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, primacía del Derecho de la Unión Europea y derecho a la participación en los asuntos públicos, régimen jurídico del Tribunal Constitucional: constitucionalidad de los preceptos legales que limitan las competencias a ejercer por el Consejo General del Poder Judicial en prórroga de funciones tras expirar su mandato. Votos particulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de diciembre de 2024
Sec. TC. Pág. 166584
Congreso de los Diputados (RCD)], acompañada de la solicitud de tramitación directa y
en lectura única (artículo 150.1 RCD).
b) Ese mismo día, el portavoz y noventa y dos diputados de dicho grupo
parlamentario solicitan, al amparo del artículo 93 RCD, que la mesa acuerde la
tramitación por el procedimiento de urgencia.
c) En su reunión del día 28 de junio de 2022, la mesa de la Cámara admitió a
trámite la iniciativa y, en cuanto a la solicitud de la tramitación en lectura única, dio
traslado a la junta de portavoces, que sustancia dicho trámite de audiencia en su reunión
de 6 de julio.
d) El día 4 de julio de 2022, el Gobierno da su conformidad a la tramitación de dicha
iniciativa (artículo 126 RCD).
e) El siguiente día 8 de julio, la portavoz del Grupo Parlamentario Popular presentó
escrito dirigido a la mesa de la Cámara en el que se solicitaba la adopción de los
siguientes acuerdos en relación con la tramitación de la proposición de ley orgánica: que,
en aplicación del artículo 561.1.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se
solicite informe del Consejo General del Poder Judicial sobre la proposición de ley
orgánica; que, igualmente, y a tenor de lo previsto en el artículo 3.2 del Estatuto y reglas
de procedimiento de la Comisión de Venecia, se solicite pronunciamiento de la Comisión
Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia-Consejo de Europa) y
que, en la tramitación de la proposición de ley orgánica, tal y como establece el
artículo 44 RCD, se dé audiencia a todos los agentes afectados por la reforma
propuesta, en particular al Consejo General del Poder Judicial, las asociaciones de
jueces y fiscales, así como a las demás entidades representativas e instituciones
públicas en el ámbito de la Justicia en España.
f) El Pleno de la Cámara, en su sesión del día 13 de julio de 2022, acordó tomar en
consideración la proposición de ley orgánica, así como su tramitación directa y en lectura
única («Boletín Oficial de las Cortes Generales. Congreso de los Diputados», serie B,
núm. 261-2, de 15 de julio de 2022).
g) Ese mismo día, la mesa de la Cámara acuerda su tramitación por el
procedimiento de urgencia (arts. 93 y 126.5 RCD) y, teniendo en cuenta la solicitud del
Gobierno de celebración de una sesión plenaria extraordinaria y al amparo de lo
dispuesto en los artículos 90.2 y 91 RCD, establece un plazo de presentación de
enmiendas que finalizaba el día 13 de julio de 2022 a las 21:15 horas. En su reunión del
día siguiente, 14 de julio, la mesa acuerda la admisión a trámite de las enmiendas
presentadas a la proposición de ley: tres enmiendas a la totalidad con texto alternativo
por parte de los grupos parlamentarios Ciudadanos, Vox y Popular en el Congreso de los
Diputados y una enmienda al articulado del Grupo Parlamentario Socialista («Boletín
Oficial de las Cortes Generales. Congreso de los Diputados» serie B, núm. 261-4, de 20
de julio de 2022).
h) La proposición de ley orgánica fue aprobada por el Pleno del Congreso de los
Diputados el día 14 de julio de 2022 y por Pleno del Senado el siguiente día 20 de julio.
El 28 de julio se publicó en el «Boletín Oficial del Estado».
i) El 21 de julio de 2022 tuvo entrada en el registro del Congreso de los Diputados
escrito del presidente del Consejo General del Poder Judicial por el que se remitía el
acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, aprobado por mayoría, así
como los votos particulares, por el que se aprobó solicitar a dicha Cámara que recabase
el informe del Consejo General del Poder Judicial en relación con la proposición de ley
orgánica en el aspecto relativo a las atribuciones de este Consejo en el sentido de
devolverle también y con plenitud las atribuciones para los nombramientos judiciales y
gubernativo-judiciales de carácter discrecional. Asimismo, solicitó al Congreso de los
Diputados que, en relación con la misma iniciativa legislativa, recabase informe de la
Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia).
j) El día 8 de septiembre de 2022, la mesa del Congreso de los Diputados, en
relación con la solicitud del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los
Diputados a la mesa de la Cámara para que remita al Consejo General del Poder
cve: BOE-A-2024-25522
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Núm. 294
Viernes 6 de diciembre de 2024
Sec. TC. Pág. 166584
Congreso de los Diputados (RCD)], acompañada de la solicitud de tramitación directa y
en lectura única (artículo 150.1 RCD).
b) Ese mismo día, el portavoz y noventa y dos diputados de dicho grupo
parlamentario solicitan, al amparo del artículo 93 RCD, que la mesa acuerde la
tramitación por el procedimiento de urgencia.
c) En su reunión del día 28 de junio de 2022, la mesa de la Cámara admitió a
trámite la iniciativa y, en cuanto a la solicitud de la tramitación en lectura única, dio
traslado a la junta de portavoces, que sustancia dicho trámite de audiencia en su reunión
de 6 de julio.
d) El día 4 de julio de 2022, el Gobierno da su conformidad a la tramitación de dicha
iniciativa (artículo 126 RCD).
e) El siguiente día 8 de julio, la portavoz del Grupo Parlamentario Popular presentó
escrito dirigido a la mesa de la Cámara en el que se solicitaba la adopción de los
siguientes acuerdos en relación con la tramitación de la proposición de ley orgánica: que,
en aplicación del artículo 561.1.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se
solicite informe del Consejo General del Poder Judicial sobre la proposición de ley
orgánica; que, igualmente, y a tenor de lo previsto en el artículo 3.2 del Estatuto y reglas
de procedimiento de la Comisión de Venecia, se solicite pronunciamiento de la Comisión
Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia-Consejo de Europa) y
que, en la tramitación de la proposición de ley orgánica, tal y como establece el
artículo 44 RCD, se dé audiencia a todos los agentes afectados por la reforma
propuesta, en particular al Consejo General del Poder Judicial, las asociaciones de
jueces y fiscales, así como a las demás entidades representativas e instituciones
públicas en el ámbito de la Justicia en España.
f) El Pleno de la Cámara, en su sesión del día 13 de julio de 2022, acordó tomar en
consideración la proposición de ley orgánica, así como su tramitación directa y en lectura
única («Boletín Oficial de las Cortes Generales. Congreso de los Diputados», serie B,
núm. 261-2, de 15 de julio de 2022).
g) Ese mismo día, la mesa de la Cámara acuerda su tramitación por el
procedimiento de urgencia (arts. 93 y 126.5 RCD) y, teniendo en cuenta la solicitud del
Gobierno de celebración de una sesión plenaria extraordinaria y al amparo de lo
dispuesto en los artículos 90.2 y 91 RCD, establece un plazo de presentación de
enmiendas que finalizaba el día 13 de julio de 2022 a las 21:15 horas. En su reunión del
día siguiente, 14 de julio, la mesa acuerda la admisión a trámite de las enmiendas
presentadas a la proposición de ley: tres enmiendas a la totalidad con texto alternativo
por parte de los grupos parlamentarios Ciudadanos, Vox y Popular en el Congreso de los
Diputados y una enmienda al articulado del Grupo Parlamentario Socialista («Boletín
Oficial de las Cortes Generales. Congreso de los Diputados» serie B, núm. 261-4, de 20
de julio de 2022).
h) La proposición de ley orgánica fue aprobada por el Pleno del Congreso de los
Diputados el día 14 de julio de 2022 y por Pleno del Senado el siguiente día 20 de julio.
El 28 de julio se publicó en el «Boletín Oficial del Estado».
i) El 21 de julio de 2022 tuvo entrada en el registro del Congreso de los Diputados
escrito del presidente del Consejo General del Poder Judicial por el que se remitía el
acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, aprobado por mayoría, así
como los votos particulares, por el que se aprobó solicitar a dicha Cámara que recabase
el informe del Consejo General del Poder Judicial en relación con la proposición de ley
orgánica en el aspecto relativo a las atribuciones de este Consejo en el sentido de
devolverle también y con plenitud las atribuciones para los nombramientos judiciales y
gubernativo-judiciales de carácter discrecional. Asimismo, solicitó al Congreso de los
Diputados que, en relación con la misma iniciativa legislativa, recabase informe de la
Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia).
j) El día 8 de septiembre de 2022, la mesa del Congreso de los Diputados, en
relación con la solicitud del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los
Diputados a la mesa de la Cámara para que remita al Consejo General del Poder
cve: BOE-A-2024-25522
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Núm. 294