Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2024-25348)
Resolución 400/38505/2024, de 26 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
5.
Sec. II.B. Pág. 165284
Requisitos de las personas aspirantes
Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017,
de 20 de julio, mencionada anteriormente, las personas aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
5.1 Titulación: Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero
Técnico, Arquitecto Técnico o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a
quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito
de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
5.2 Nacionalidad: Sólo podrán participar las personas candidatas de nacionalidad
española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
6.
Requisitos específicos para los cupos de reserva para personal militar
Las personas aspirantes que participen optando a plazas reservadas en virtud del
artículo 20.3 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, según redacción
dada por la disposición final vigésima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, deberán
poseer a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la condición de
militar profesional de tropa y marinería y haber cumplido, como mínimo, cinco años de
tiempo de servicios como militar profesional de tropa y marinería, o bien tener la
condición de reservista de especial disponibilidad y encontrarse percibiendo, hasta la
fecha de publicación de esta convocatoria, la asignación por disponibilidad en la cuantía
y condiciones previstos en el artículo 19.1 de dicha ley.
Las personas aspirantes que participen por este cupo de reserva, de conformidad
con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre, de la Carrera Militar, según redacción dada por la disposición final vigésima
cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, deberán poseer a fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes la condición de militar de complemento y haber cumplido,
como mínimo, cinco años de tiempo de servicios en las Fuerzas Armadas.
Asimismo, el personal militar de tropa y marinería que participe por el cupo de
reserva para personal militar (cupo: últimos diez años de compromiso), además de los
requisitos anteriormente mencionados deberá encontrarse en los últimos diez años de
compromiso.
Además, las personas aspirantes que participen por cualquiera de estos cupos
deberán mantener la condición exigida en los párrafos anteriores hasta la publicación de
la lista de personas aspirantes aprobadas o haber adquirido y mantener, en su caso, la
condición de reservista de especial disponibilidad en el período comprendido entre la
finalización del plazo de la presentación de solicitudes y la publicación de la lista de
personas aspirantes aprobadas.
Acceso de personas con discapacidad
7.1 Quienes opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad
deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, y
habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso
selectivo.
7.2 Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en el
formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
cve: BOE-A-2024-25348
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
5.
Sec. II.B. Pág. 165284
Requisitos de las personas aspirantes
Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017,
de 20 de julio, mencionada anteriormente, las personas aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
5.1 Titulación: Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero
Técnico, Arquitecto Técnico o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a
quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito
de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
5.2 Nacionalidad: Sólo podrán participar las personas candidatas de nacionalidad
española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
6.
Requisitos específicos para los cupos de reserva para personal militar
Las personas aspirantes que participen optando a plazas reservadas en virtud del
artículo 20.3 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, según redacción
dada por la disposición final vigésima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, deberán
poseer a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la condición de
militar profesional de tropa y marinería y haber cumplido, como mínimo, cinco años de
tiempo de servicios como militar profesional de tropa y marinería, o bien tener la
condición de reservista de especial disponibilidad y encontrarse percibiendo, hasta la
fecha de publicación de esta convocatoria, la asignación por disponibilidad en la cuantía
y condiciones previstos en el artículo 19.1 de dicha ley.
Las personas aspirantes que participen por este cupo de reserva, de conformidad
con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre, de la Carrera Militar, según redacción dada por la disposición final vigésima
cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, deberán poseer a fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes la condición de militar de complemento y haber cumplido,
como mínimo, cinco años de tiempo de servicios en las Fuerzas Armadas.
Asimismo, el personal militar de tropa y marinería que participe por el cupo de
reserva para personal militar (cupo: últimos diez años de compromiso), además de los
requisitos anteriormente mencionados deberá encontrarse en los últimos diez años de
compromiso.
Además, las personas aspirantes que participen por cualquiera de estos cupos
deberán mantener la condición exigida en los párrafos anteriores hasta la publicación de
la lista de personas aspirantes aprobadas o haber adquirido y mantener, en su caso, la
condición de reservista de especial disponibilidad en el período comprendido entre la
finalización del plazo de la presentación de solicitudes y la publicación de la lista de
personas aspirantes aprobadas.
Acceso de personas con discapacidad
7.1 Quienes opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad
deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, y
habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso
selectivo.
7.2 Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en el
formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
cve: BOE-A-2024-25348
Verificable en https://www.boe.es
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