Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2024-25348)
Resolución 400/38505/2024, de 26 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 165283
Si en alguno de los programas no se cubriera el número total de plazas ofertadas,
tanto en el cupo de acceso general, como en los de reserva de la base 1.2, éstas podrán
acumularse, según determine este Ministerio, a propuesta del Tribunal y de la Jefatura
de Personal del Cuartel General de la Armada, a cualquier otro programa y/o cupo de
acceso, de acuerdo con sus necesidades.
2.
Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de una fase de oposición y otra de concurso, con las
pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el anexo I.
3.
Desarrollo del proceso selectivo
3.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por el
primero de la letra V, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de
Función Pública de 25 de julio de 2024 («Boletín Oficial del Estado» de 31 de julio).
3.2 De acuerdo con el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, la convocatoria deberá ejecutarse en un plazo máximo de dos años de su
publicación y la fase de oposición en un año, salvo causa motivada que deberá
justificarse ante el departamento ministerial con competencias en materia de función
pública, estando previsto que la fase de oposición de la presente convocatoria tenga una
duración no superior a siete meses.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá
publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas
a este proceso selectivo.
En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo
del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales,
conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
No obstante, el desarrollo del proceso selectivo exige el cumplimiento de
determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo. A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos
durante el mes de agosto se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos
de la presente convocatoria.
3.3 La fecha de celebración de cualquier ejercicio de la fase de oposición podrá
coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
4.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
cve: BOE-A-2024-25348
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 165283
Si en alguno de los programas no se cubriera el número total de plazas ofertadas,
tanto en el cupo de acceso general, como en los de reserva de la base 1.2, éstas podrán
acumularse, según determine este Ministerio, a propuesta del Tribunal y de la Jefatura
de Personal del Cuartel General de la Armada, a cualquier otro programa y/o cupo de
acceso, de acuerdo con sus necesidades.
2.
Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de una fase de oposición y otra de concurso, con las
pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el anexo I.
3.
Desarrollo del proceso selectivo
3.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por el
primero de la letra V, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de
Función Pública de 25 de julio de 2024 («Boletín Oficial del Estado» de 31 de julio).
3.2 De acuerdo con el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, la convocatoria deberá ejecutarse en un plazo máximo de dos años de su
publicación y la fase de oposición en un año, salvo causa motivada que deberá
justificarse ante el departamento ministerial con competencias en materia de función
pública, estando previsto que la fase de oposición de la presente convocatoria tenga una
duración no superior a siete meses.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá
publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas
a este proceso selectivo.
En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo
del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales,
conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
No obstante, el desarrollo del proceso selectivo exige el cumplimiento de
determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo. A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos
durante el mes de agosto se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos
de la presente convocatoria.
3.3 La fecha de celebración de cualquier ejercicio de la fase de oposición podrá
coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
4.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
cve: BOE-A-2024-25348
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293