Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Científicos Superiores de la Defensa. (BOE-A-2024-25353)
Resolución 400/38504/2024, de 25 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, a la Escala de Científicos Superiores de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Jueves 5 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 165447

y entes públicos, incluidos en el ámbito del real decreto de oferta de empleo público, a
razón de 0,25 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 30 puntos.
Asimismo, se valorará la experiencia acreditada por las personas candidatas que,
con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas
a las de la convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.13 del Real
Decreto 656/2024, de 2 de julio, a razón de 0,25 puntos por mes completo de servicios,
hasta un máximo de 30 puntos.
b) Grupo profesional y funciones: Se valorará el tiempo de permanencia como
personal laboral fijo, hasta la fecha de publicación de la convocatoria, en los puestos
encuadrados en los grupos profesionales y especialidades descritos en la base 6.1.2 de
la presente convocatoria, desarrollando las tareas que se detallan en la citada base,
incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en los mismos, a
razón de 0,084 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 10 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos de formación
acreditados, recibidos o impartidos, siempre y cuando se hayan obtenido en los diez
años anteriores al plazo de finalización de presentación de solicitudes, cuyo contenido ha
de estar relacionado con las funciones propias del área de especialización por la que
participa, a juicio del tribunal, y que hayan sido convocados, impartidos u homologados
por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración
Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco
del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas, con una
duración mínima acreditada de quince horas, hasta un máximo de 10 puntos a razón de
dos puntos por cada curso.
No se podrá acumular la puntuación de un curso como recibido e impartido.
Los requisitos y méritos se acreditarán mediante el certificado recogido en el anexo V
(personal laboral) a la presente orden. La documentación que acredite los cursos de
formación y perfeccionamiento a valorar se acompañará al certificado de requisitos y
méritos.
3.

Calificación final:

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
a)

Entre personal funcionario de carrera:

b)

Entre personal laboral fijo:

En primer lugar la mayor antigüedad total en la Administración General del Estado,
(servicios prestado y reconocidos) computándose los años, meses y días de servicio que
consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.
A continuación la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de
oposición, la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición, la
mayor puntuación obtenida en la valoración de los servicios prestados, la mayor

cve: BOE-A-2024-25353
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En primer lugar la mayor antigüedad total en la Administración General del Estado,
(servicios prestado y reconocidos) computándose los años, meses y días de servicio que
consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria. A
continuación la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de
oposición, la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio, la mayor puntuación
obtenida en la valoración de los servicios prestados, la mayor puntuación obtenida en la
valoración del grado personal, y la mayor puntuación obtenida en la valoración de los
cursos de formación, por este orden.
De persistir el empate se resolverá atendiendo a la letra que establece el orden de
actuación de las personas aspirantes.