Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Científicos Superiores de la Defensa. (BOE-A-2024-25353)
Resolución 400/38504/2024, de 25 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, a la Escala de Científicos Superiores de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 165448
puntuación obtenida en la valoración del grupo profesional, y la mayor puntuación
obtenida en la valoración de los cursos de formación, por este orden.
De persistir el empate se resolverá atendiendo a la letra que establece el orden de
actuación de las personas aspirantes.
c)
Entre personal funcionario y personal laboral fijo:
En primer lugar la mayor antigüedad total en la Administración General del Estado,
(servicios prestado y reconocidos) computándose los años, meses y días de servicio que
consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria. A
continuación la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de
oposición, la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.
De persistir el empate se resolverá atendiendo a la letra que establece el orden de
actuación de las personas aspirantes.
En el caso de que no consten los datos de antigüedad en el citado Registro, serán
las unidades de personal correspondientes las que acreditarán los referidos datos al día
de publicación de la convocatoria.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, y con el fin de asegurar la cobertura de las
plazas convocadas, siempre que los tribunales hayan propuesto el nombramiento de
igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas, y siempre que se
produzcan renuncias expresas de las personas aspirantes seleccionadas, con antelación
a su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir de los
tribunales calificadores una relación complementaria de personas aspirantes que sigan a
las propuestas, para su posible nombramiento como funcionarios/funcionarias de
carrera.
Queda excluida en la presente convocatoria la adjudicación de destinos en virtud de
lo establecido en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
5. Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios/funcionarias de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que
la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
6. La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará
funcionarios/as de carrera y asignará el destino inicial a las personas aspirantes que
hubieran superado el proceso selectivo.
ANEXO II
Áreas de especialización
Tema 1.
analógico.
Tema 2.
Tema 3.
Tema 4.
Tema 5.
Tema 6.
Tema 7.
Instrumentación y sensores. Convertidor analógico-digital y digitalConversión Analógico/Digital.
Conversión Digital/Analógica.
Eliminación de ruido eléctrico y técnicas de apantallamiento.
Componentes electrónicos activos y pasivos.
Microcontroladores. Fundamentos, arquitectura.
Fuentes de alimentación DC/DC. Tipologías.
cve: BOE-A-2024-25353
Verificable en https://www.boe.es
Área de especialización: Desarrollo de instrumentación atmosférica
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 165448
puntuación obtenida en la valoración del grupo profesional, y la mayor puntuación
obtenida en la valoración de los cursos de formación, por este orden.
De persistir el empate se resolverá atendiendo a la letra que establece el orden de
actuación de las personas aspirantes.
c)
Entre personal funcionario y personal laboral fijo:
En primer lugar la mayor antigüedad total en la Administración General del Estado,
(servicios prestado y reconocidos) computándose los años, meses y días de servicio que
consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria. A
continuación la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de
oposición, la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.
De persistir el empate se resolverá atendiendo a la letra que establece el orden de
actuación de las personas aspirantes.
En el caso de que no consten los datos de antigüedad en el citado Registro, serán
las unidades de personal correspondientes las que acreditarán los referidos datos al día
de publicación de la convocatoria.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, y con el fin de asegurar la cobertura de las
plazas convocadas, siempre que los tribunales hayan propuesto el nombramiento de
igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas, y siempre que se
produzcan renuncias expresas de las personas aspirantes seleccionadas, con antelación
a su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir de los
tribunales calificadores una relación complementaria de personas aspirantes que sigan a
las propuestas, para su posible nombramiento como funcionarios/funcionarias de
carrera.
Queda excluida en la presente convocatoria la adjudicación de destinos en virtud de
lo establecido en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
5. Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios/funcionarias de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que
la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
6. La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará
funcionarios/as de carrera y asignará el destino inicial a las personas aspirantes que
hubieran superado el proceso selectivo.
ANEXO II
Áreas de especialización
Tema 1.
analógico.
Tema 2.
Tema 3.
Tema 4.
Tema 5.
Tema 6.
Tema 7.
Instrumentación y sensores. Convertidor analógico-digital y digitalConversión Analógico/Digital.
Conversión Digital/Analógica.
Eliminación de ruido eléctrico y técnicas de apantallamiento.
Componentes electrónicos activos y pasivos.
Microcontroladores. Fundamentos, arquitectura.
Fuentes de alimentación DC/DC. Tipologías.
cve: BOE-A-2024-25353
Verificable en https://www.boe.es
Área de especialización: Desarrollo de instrumentación atmosférica