Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Bienes de interés cultural. (BOE-B-2024-44597)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva por la que se declara la utilidad pública en concreto de la línea de evacuación y centro de seccionamiento, para nueve instalaciones de producción de energía eléctrica fotovoltaica, en el término municipal de Almonte (Huelva). Expte.: AT-15001.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 4 de diciembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 69632

todo lo posible a una de las lindes de la finca. El diseño del trazado de la línea
elegido es producto de un análisis exhaustivo, técnico y medioambiental, siendo la
solución óptima de entre las distintas alternativas que se plantearon y fue
autorizada por la administración ambiental, siendo además el de más corto
recorrido. Las líneas discurren paralelas como está indicado por la normativa para
causar el menor impacto posible, ya que discurrir paralelo a otras instalaciones
eléctricas y por tanto por los pasillos creados por éstas es un exigencia normativa y
regulatoria que minimiza las afecciones de la nueva instalación. Por ultimo,
respecto a la valoración propuesta, según el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, ésta se realizará en el momento procedimental oportuno posterior al
levantamiento de actas. No obstante, apuntan su disponibilidad para llegar a un
acuerdo con el alegante en cualquier momento de la tramitación.
OCTAVO.- Con fecha 14 de noviembre de 2024, el Servicio de Energía de esta
Delegación Territorial informa favorablemente la declaración en concreto de la
utilidad pública del expediente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Esta Delegación Territorial es competente para resolver el
presente expediente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley
Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía; el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías; Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la
organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
modificado por Decreto 300/2022, de 30 de agosto; Decreto 163/2022, de 9 de
agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política
Industrial y Energía, y todo ello en consonancia con lo establecido en la Ley 39/
2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y la Orden de
20 de junio de 2023 por la que se delegan competencias en los órganos directivos
de la Consejería de Industria, Energía y Minas, ampliada por Orden de 26 de enero
de 2024.
SEGUNDO.- El artículo 4.3 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de
las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía dispone
que al objeto de garantizar el uso de las energías renovables para la obtención de
energía final, se declara de utilidad pública o de interés social, a efectos de
expropiación forzosa y de imposición y ejercicio de servidumbres, el
aprovechamiento de los bienes y derechos necesarios para su generación,
transporte, distribución y aprovechamiento.
TERCERO.- El expediente ha sido tramitado de acuerdo con lo establecido en
los artículos 54 a 58 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico,
los artículos 140 a 162 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el artículo
52 la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa
CUARTO.- El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico que "Se declaran de utilidad pública las instalaciones eléctricas de
generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de

cve: BOE-B-2024-44597
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 292