Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25312)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Centro de Enseñanzas y Desarrollo, SL, para la realización de prácticas académicas externas de grado y de máster.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Miércoles 4 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 165201

transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos
establecidos en el apartado 2 del artículo 52 de la citada Ley 40/2015.
Duodécima.

Duración del convenio.

El
presente
convenio
estará
vigente
durante
los
Cursos
Académicos 2024/2025-2027/2028, quedando extinguido una vez concluido dicho
periodo. En todo caso, la duración máxima del convenio será de 4 años desde la fecha
en que resulte eficaz.
No obstante, con carácter previo al vencimiento del periodo inicial, el convenio podrá
ser objeto de prórrogas hasta un máximo de cuatro (4) años adicionales. La/s prórroga/s
serán formalizadas de forma expresa por las Partes.
El convenio se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, sin perjuicio de
su publicación también en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización.
Decimotercera.
13.1

Protección de datos personales.

Tratamiento de datos de los representantes de las partes.

Las partes informan a los representantes que firman el presente convenio de que sus
datos de personales serán incluidos en sendos ficheros responsabilidad de cada una de
las partes, cuya finalidad es el mantenimiento de las relaciones jurídicas de las mismas,
siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, la capacidad de
representación que ostentan, número de DNI o documento equivalente y su firma.
Asimismo, las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el
mantenimiento y cumplimiento de la relación jurídica.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la
necesidad para la celebración y ejecución del presente convenio.
Los datos serán conservados durante la vigencia del presente convenio y,
posteriormente, durante la duración legal establecida con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas de la relación jurídica. En todo caso, los afectados
podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y
portabilidad ante la parte que corresponda a través de comunicación por escrito al
domicilio social que consta al comienzo del presente documento, aportando fotocopia de
su DNI o documento equivalente e identificando el derecho que se solicita. Asimismo, en
caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales,
podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de
Datos (www.aepd.es) o ante el delegado de protección de datos de CEDEU
dirgeneral@cedeu.es o de ICEX (delegadoprotecciondatos@icex.es).
Tratamiento de datos de los Estudiantes.

Para el cumplimiento del objeto del presente convenio, es necesario que ambas
partes de comuniquen mutuamente datos personales de los Estudiantes, asumiendo
cada una de las Partes la condición de Responsable del Tratamiento de forma
independiente. Así, las Partes se comprometen al estricto cumplimiento de lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016 (en adelante, RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en
adelante, LOPD).
Por un lado, la Universidad comunicará a ICEX los datos identificativos, de
características personales, de circunstancias sociales, académicos y profesionales y de
detalles de empleo de los alumnos de CEDEU que serán tratados por ICEX con la

cve: BOE-A-2024-25312
Verificable en https://www.boe.es

13.2