Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-25301)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques fotovoltaicos Larentina de 39,99 MWins/35,4 MWn, Inus de 20,81 MWins/18,4 MWn y Ladon de 39,99 MWins/35,4 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Teruel, Castellón y Valencia».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165129
El Servicio de Infraestructura Verde y Paisaje de la Dirección General de Política
Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana solicita al promotor la elaboración de un
Estudio de Integración Paisajística para analizar, entre otras, la sensibilidad global del
paisaje y su aptitud para acoger el proyecto de la línea a su paso por la Comunidad
Valenciana. En la primera adenda presentada, el promotor no solventa esta cuestión, por
lo que el organismo concluye que los apoyos provocarán una elevada visibilidad y
afección a los valores paisajísticos, a escala territorial y de proyecto, en zonas de las
provincias de Castellón y Valencia. El trazado de la línea se aleja de los corredores de
infraestructuras preexistentes creando nuevos impactos paisajísticos en zonas con poca
presencia de infraestructuras como éstas, por lo que informa desfavorablemente al
trazado de la misma a su paso por la Comunidad Valenciana. Deberá ser necesario
justificar una alternativa de trazado basándose en factores paisajísticos o, si no resulta
viable, modificar el trazado de la LAAT, así como elaborar el Estudio de Integración
Paisajística.
En respuesta al organismo, el promotor presenta su trazado modificado para la línea
a su paso por la Comunidad Valenciana e incorpora el Estudio de Integración Paisajística
solicitado.
c)
Valoración del órgano ambiental.
Tras el análisis realizado de la documentación del expediente, este órgano ambiental
considera que:
– Plantas fotovoltaicas:
Las PSFV Larentina, Inus y Ladon se proyectan entre dos áreas seleccionadas por el
Gobierno de Aragón para formar parte del futuro Plan de recuperación de las aves
esteparias. Respecto a ello, el INAGA ha informado que no se producirá una pérdida de
hábitat estepario relevante ni especialmente significativo en el entorno de dichas PSFV.
Si bien podría producirse un cierto efecto barrera entre las dos áreas mencionadas, los
pasillos propuestos entre las plantas de 1,8 y 2,6 km garantizan la conectividad entre
ambas. Además, la capacidad de carga del territorio para dichas especies es suficiente
para acoger los posibles desplazamientos de los ejemplares que pudieran ser
desplazados por la instalación de las PSFV y, con las medidas de protección propuestas
por el promotor, se atenuarían dichos impactos.
En cuanto a la vegetación natural e HICs, se produce una afección de 365,3 m2. al
HIC 9340 «Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia» en la PSFV Larentina.
Como medida compensatoria, el promotor propone una superficie equivalente a la
detraída donde adoptaría una serie de actuaciones de gestión agroambiental para
favorecer su utilización por las especies esteparias del entorno.
Por otro lado, en el análisis de alternativas no se ha tenido en cuenta que, con la
ubicación seleccionada para las PSFV respecto al punto de evacuación de la energía, no
puede evitarse la construcción de la línea de evacuación por zonas de alto valor
ecológico y/o espacios naturales protegidos como Parques Naturales y espacios de la
Red Natura 2000.
La línea de evacuación, en su recorrido por Aragón, afecta de modo significativo a
más de 50 ha de HICs, algunos de ellos prioritarios. Además, discurre por relieves de la
Fosa del Jiloca y relieves de río Mijares, con una visibilidad e impacto paisajístico muy
elevados. En particular, el cruce en aéreo del río Guadalaviar y el entorno del río Mijares
a la altura de La Fuenseca, son zonas de gran valor ambiental, turístico y recreativo.
Debido a estas elevadas afecciones, sin posibilidad de mitigación, el INAGA insta al
promotor, durante la fase de tramitación del expediente, al estudio de un trazado
alternativo más cercano a la autovía A 23, valorando compartir la instalación de
transporte.
cve: BOE-A-2024-25301
Verificable en https://www.boe.es
– Infraestructura de evacuación en Aragón:
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165129
El Servicio de Infraestructura Verde y Paisaje de la Dirección General de Política
Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana solicita al promotor la elaboración de un
Estudio de Integración Paisajística para analizar, entre otras, la sensibilidad global del
paisaje y su aptitud para acoger el proyecto de la línea a su paso por la Comunidad
Valenciana. En la primera adenda presentada, el promotor no solventa esta cuestión, por
lo que el organismo concluye que los apoyos provocarán una elevada visibilidad y
afección a los valores paisajísticos, a escala territorial y de proyecto, en zonas de las
provincias de Castellón y Valencia. El trazado de la línea se aleja de los corredores de
infraestructuras preexistentes creando nuevos impactos paisajísticos en zonas con poca
presencia de infraestructuras como éstas, por lo que informa desfavorablemente al
trazado de la misma a su paso por la Comunidad Valenciana. Deberá ser necesario
justificar una alternativa de trazado basándose en factores paisajísticos o, si no resulta
viable, modificar el trazado de la LAAT, así como elaborar el Estudio de Integración
Paisajística.
En respuesta al organismo, el promotor presenta su trazado modificado para la línea
a su paso por la Comunidad Valenciana e incorpora el Estudio de Integración Paisajística
solicitado.
c)
Valoración del órgano ambiental.
Tras el análisis realizado de la documentación del expediente, este órgano ambiental
considera que:
– Plantas fotovoltaicas:
Las PSFV Larentina, Inus y Ladon se proyectan entre dos áreas seleccionadas por el
Gobierno de Aragón para formar parte del futuro Plan de recuperación de las aves
esteparias. Respecto a ello, el INAGA ha informado que no se producirá una pérdida de
hábitat estepario relevante ni especialmente significativo en el entorno de dichas PSFV.
Si bien podría producirse un cierto efecto barrera entre las dos áreas mencionadas, los
pasillos propuestos entre las plantas de 1,8 y 2,6 km garantizan la conectividad entre
ambas. Además, la capacidad de carga del territorio para dichas especies es suficiente
para acoger los posibles desplazamientos de los ejemplares que pudieran ser
desplazados por la instalación de las PSFV y, con las medidas de protección propuestas
por el promotor, se atenuarían dichos impactos.
En cuanto a la vegetación natural e HICs, se produce una afección de 365,3 m2. al
HIC 9340 «Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia» en la PSFV Larentina.
Como medida compensatoria, el promotor propone una superficie equivalente a la
detraída donde adoptaría una serie de actuaciones de gestión agroambiental para
favorecer su utilización por las especies esteparias del entorno.
Por otro lado, en el análisis de alternativas no se ha tenido en cuenta que, con la
ubicación seleccionada para las PSFV respecto al punto de evacuación de la energía, no
puede evitarse la construcción de la línea de evacuación por zonas de alto valor
ecológico y/o espacios naturales protegidos como Parques Naturales y espacios de la
Red Natura 2000.
La línea de evacuación, en su recorrido por Aragón, afecta de modo significativo a
más de 50 ha de HICs, algunos de ellos prioritarios. Además, discurre por relieves de la
Fosa del Jiloca y relieves de río Mijares, con una visibilidad e impacto paisajístico muy
elevados. En particular, el cruce en aéreo del río Guadalaviar y el entorno del río Mijares
a la altura de La Fuenseca, son zonas de gran valor ambiental, turístico y recreativo.
Debido a estas elevadas afecciones, sin posibilidad de mitigación, el INAGA insta al
promotor, durante la fase de tramitación del expediente, al estudio de un trazado
alternativo más cercano a la autovía A 23, valorando compartir la instalación de
transporte.
cve: BOE-A-2024-25301
Verificable en https://www.boe.es
– Infraestructura de evacuación en Aragón: