Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-25209)
Real Decreto 1221/2024, de 3 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en el ámbito del medio ambiente para el ejercicio presupuestario 2024.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 4 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 164758

inglés) que tiene lugar cada seis años bajo la supervisión de la International Association
for Botanical and Mycological Societies (IABMS).
El XX Congreso Internacional de Botánica constituye pues un importante elemento
de apoyo a las políticas del Departamento en el ámbito de conservación, por la
oportunidad de encuentro de investigadores, expertos y profesionales e incluirá
conferencias plenarias, simposios concurrentes, posters, paneles, cursos y seminarios
entorno a las siguientes líneas temáticas: Sistemática, filogenética, biogeografía y
evolución; ecología, medio ambiente y cambio global, incluyendo especies invasoras e
interacciones planta-animal; biodiversidad y conservación; estructura, fisiología y
desarrollo, incluyendo evo-devo; genética, genómica y bioinformática; plantas y
sociedad.
Respecto a la financiación de este conjunto de ayudas la presente norma identifica
las partidas presupuestarias del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, con cargo a las cuáles serán financiadas.
La concesión directa de estas subvenciones viene justificada por la necesidad de
garantizar la continuidad del esfuerzo que se viene realizando, tanto para combatir un
fenómeno tan complejo como el cambio climático, como para preservar el medio
ambiente en ámbitos tan sensibles como los Parques Nacionales y los ecosistemas
forestales. Por otro lado, como se ha dicho, no es posible convocatoria pública en
concurrencia competitiva debido a que las entidades beneficiarias son las únicas que
actúan en el ámbito territorial y/o material desarrollando las actuaciones
subvencionables.
Por este motivo, es preciso acordar dicha concesión directa al amparo de lo
establecido en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, que establece que podrán concederse de forma directa, con carácter
excepcional, subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social,
económico o humanitario, u otras debidamente justificadas, que dificulten su
convocatoria pública y del artículo 28.2 de la citada ley que determina que el Gobierno
aprobará por real decreto, a propuesta del ministro competente y previo informe del
Ministerio de Hacienda, las normas especiales reguladoras de dicha subvención.
El presente real decreto cumple con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, contenidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
En este sentido, esta norma es necesaria y eficaz para poder desarrollar las referidas
competencias en materia de medio ambiente por razones de interés público, como se
viene comprobando en ejercicios anteriores. Asimismo, esta norma resulta proporcional
porque es el instrumento necesario para la ejecución de las partidas presupuestarias
destinadas a dichas entidades en el presupuesto vigente en 2023, prorrogado para 2024,
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y para la consecución
de las finalidades previstas, como permite constatar la experiencia resultante de la
concesión de ayudas para la actuación pública de referencia desde que se vienen
otorgando.
La norma se adecua al principio de seguridad jurídica, puesto que es coherente con
dicha situación presupuestaria y posibilita la concesión de las subvenciones objeto de
esta norma con pleno respeto al marco legal aplicable.
En aplicación del principio de transparencia, se han definido claramente el alcance y
objetivo, no solo de la propia dotación presupuestaria, y atiende asimismo al principio de
eficiencia, pues no supone cargas administrativas accesorias y contribuye a la gestión
racional de estos recursos públicos existentes. Por último, es necesario resaltar que no
es posible la convocatoria pública en concurrencia competitiva de las subvenciones
enumeradas en este real decreto debido a que las entidades beneficiarias son las únicas
que actúan en el ámbito territorial y/o material desarrollando las actuaciones que
conforman los fines subvencionables.

cve: BOE-A-2024-25209
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 292