Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. I. Disposiciones generales. Ayudas. (BOE-A-2024-25207)
Real Decreto 1219/2024, de 3 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de productos agroalimentarios en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Miércoles 4 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 164737

Estos límites podrán incrementarse hasta 74 euros/m2 en el caso de edificaciones
que requieran, por los equipamientos utilizados y cuando dicha superficie lo requiera, por
su uso específico, por requisitos sanitarios o de climatización, una altura de alero
superior a seis metros, o, en el caso de varias plantas, una altura libre entre plantas
superior a seis metros. Este incremento no será aplicable al total de la edificación sino
solamente a aquellas superficies de la misma que cumplan los requisitos.
III. Acondicionamientos en edificaciones existentes Se aplicará un límite máximo de
inversión subvencionable de 348 euros/m2 útil aplicable al coste total de ejecución de la
inversión en obra civil.
IV. Otras limitaciones aplicables a zonas y equipos específicos:
1. En el caso de oficinas, aseos, vestuarios, comedores y otros locales y
equipamientos para el personal subvencionables, la superficie admisible se evaluará
conforme al número de trabajadores de las instalaciones que los vayan a utilizar.
En concreto, para el conjunto «oficinas + otros locales (salas juntas/áreas sin definir
funcionalidad)» se establecen 20 m²/trabajador de las instalaciones, 3 m²/trabajador en el
caso de los aseos, 3 m²/trabajador para los vestuarios, 1,5 m²/trabajador para los
comedores y 5 m²/trabajador en el caso de laboratorio/talleres. En cualquier caso, entre
las zonas anteriores se podrán compensar las superficies que no alcancen los límites
establecidos, siempre que dichos límites no se superen en conjunto.
2. En el caso de áreas dedicadas a salas de conferencias, catas, y otras
relacionadas con la promoción, la superficie máxima subvencionable será de 100 m2 sin
que en ningún caso supere el 15 por cien de la superficie subvencionable de la
instalación resultante tras la ejecución de la operación.
3. En el caso de superficies dedicadas específicamente a la exposición y venta al
por menor de los productos de la empresa, la superficie máxima subvencionable será
de 50 m2, sin que en ningún caso supere el 15 por cien de la superficie subvencionable
resultante tras la ejecución de la operación, en el caso de que forme parte de una
industria.
4. En todo caso, las inversiones relativas a todos estos conceptos se admitirán en
la medida y con las características en que se acredite que contribuyen a mejorar el
rendimiento global de la empresa.
ANEXO III
Criterios de valoración
Criterios de valoración de ayudas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agroalimentarios

Puntuación
máxima

Características de la entidad solicitante[1] (máximo 38 puntos)
1. Priorización respecto al proyecto de integración de la EAP[2] (máximo 3 puntos. No acumulativos):
1.1 EAP con un incremento de, al menos, el 1 % de socios cooperativistas de base.

1

1.2 EAP con un incremento de, al menos, el 2 % en el número de socios de base.

2

1.3 EAP con un incremento de, al menos, el 5 % en el número de socios de base.

3

Empleo dentro de la EAP (máximo 4 puntos):

2.1 EAP con empleo destinado a mujeres superior al 25 %.

2

2.2 EAP con empleo de mujeres y hombres jóvenes menores de 41 años con un porcentaje superior al 25 %.

2

3. Implantación supraautonómica de la EAP (máximo 4 puntos. No acumulativos):
3.1 EAP con ámbito de implantación (socios) superior al de dos comunidades autónomas o a cinco provincias (de al menos dos
comunidades autónomas).

2

3.2 EAP con ámbito de implantación (socios) superior al de tres comunidades autónomas.

4

cve: BOE-A-2024-25207
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2.