Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. I. Disposiciones generales. Ayudas. (BOE-A-2024-25207)
Real Decreto 1219/2024, de 3 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de productos agroalimentarios en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 164720
la misma, en el «Boletín Oficial del Estado», las solicitudes se dirigirán a la Presidencia
del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. (FEGA), y se presentarán de forma
electrónica a través del registro electrónico accesible a través de la sede electrónica
asociada del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (https://sede.mapa.gob.es),
en el apartado «Procedimientos», de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. El plazo de presentación de solicitudes será el que se establezca en la
correspondiente convocatoria y, en caso de no establecerlo, de veinte días contados a
partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado».
3. Las solicitudes se formalizarán de acuerdo con el modelo de instancia que
acompañe a cada convocatoria. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
publicará en su página una guía para la solicitud de ayudas a inversiones dirigida a los
solicitantes para orientarles en la correcta presentación de la solicitud de ayuda.
Artículo 10.
Documentación que acompaña a la solicitud.
La solicitud deberá ir acompañada de la documentación que se indica a continuación,
sin perjuicio de documentación adicional que pueda exigirse en cada convocatoria anual:
a) Productos que contempla la inversión.
b) Ubicación de la inversión (dirección y coordenadas en su caso). A tal efecto,
junto con la solicitud de ayuda deberá acreditarse el régimen de tenencia del terreno o
de las instalaciones, donde se va a realizar la inversión mediante nota simple registral
con una antigüedad máxima de un año, contrato de compraventa, contrato de alquiler u
otros medios probatorios válidos en derecho. La tenencia del terreno o instalaciones
deberá asimismo estar garantizada durante, como mínimo, la durabilidad del proyecto de
inversión.
c) El proyecto de inversión estará claramente definido, especificando sus
actuaciones y detallando los conceptos de gasto que lo componen y los costes
estimados de cada una de las actuaciones.
cve: BOE-A-2024-25207
Verificable en https://www.boe.es
1. Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos del
artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, según modelo que se
establecerá en la correspondiente convocatoria.
2. Declaración responsable de no haber solicitado ni recibido ninguna ayuda
incompatible, según modelo que se establecerá en la correspondiente convocatoria.
3. Declaración responsable de no encontrarse en situación de crisis conforme a la
normativa comunitaria ni tener pendiente de recuperación ninguna ayuda financiada por
el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), según modelo que se
establecerá en la correspondiente convocatoria.
4. Declaración responsable, de no haber creado de forma artificial, las condiciones
exigidas para cumplir los criterios de admisibilidad o de prioridad establecidos en el
presente real decreto.
5. Declaración de las subvenciones recibidas en los casos especificados en el
anexo I, apartado 4.º
6. La solicitud de ayudas implica la autorización expresa al Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, para recabar de la Agencia Tributaria información
relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias y la no oposición para recabar de
la Tesorería General de la Seguridad Social información relativa a los pagos de la
Seguridad Social. No obstante, la entidad solicitante podrá denegar expresamente el
consentimiento, debiendo aportar los correspondientes certificados junto con la solicitud
que acrediten el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
7. Proyecto de inversión para el que se solicita la ayuda, que contendrá, al menos,
la siguiente información:
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 164720
la misma, en el «Boletín Oficial del Estado», las solicitudes se dirigirán a la Presidencia
del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. (FEGA), y se presentarán de forma
electrónica a través del registro electrónico accesible a través de la sede electrónica
asociada del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (https://sede.mapa.gob.es),
en el apartado «Procedimientos», de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. El plazo de presentación de solicitudes será el que se establezca en la
correspondiente convocatoria y, en caso de no establecerlo, de veinte días contados a
partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado».
3. Las solicitudes se formalizarán de acuerdo con el modelo de instancia que
acompañe a cada convocatoria. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
publicará en su página una guía para la solicitud de ayudas a inversiones dirigida a los
solicitantes para orientarles en la correcta presentación de la solicitud de ayuda.
Artículo 10.
Documentación que acompaña a la solicitud.
La solicitud deberá ir acompañada de la documentación que se indica a continuación,
sin perjuicio de documentación adicional que pueda exigirse en cada convocatoria anual:
a) Productos que contempla la inversión.
b) Ubicación de la inversión (dirección y coordenadas en su caso). A tal efecto,
junto con la solicitud de ayuda deberá acreditarse el régimen de tenencia del terreno o
de las instalaciones, donde se va a realizar la inversión mediante nota simple registral
con una antigüedad máxima de un año, contrato de compraventa, contrato de alquiler u
otros medios probatorios válidos en derecho. La tenencia del terreno o instalaciones
deberá asimismo estar garantizada durante, como mínimo, la durabilidad del proyecto de
inversión.
c) El proyecto de inversión estará claramente definido, especificando sus
actuaciones y detallando los conceptos de gasto que lo componen y los costes
estimados de cada una de las actuaciones.
cve: BOE-A-2024-25207
Verificable en https://www.boe.es
1. Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos del
artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, según modelo que se
establecerá en la correspondiente convocatoria.
2. Declaración responsable de no haber solicitado ni recibido ninguna ayuda
incompatible, según modelo que se establecerá en la correspondiente convocatoria.
3. Declaración responsable de no encontrarse en situación de crisis conforme a la
normativa comunitaria ni tener pendiente de recuperación ninguna ayuda financiada por
el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), según modelo que se
establecerá en la correspondiente convocatoria.
4. Declaración responsable, de no haber creado de forma artificial, las condiciones
exigidas para cumplir los criterios de admisibilidad o de prioridad establecidos en el
presente real decreto.
5. Declaración de las subvenciones recibidas en los casos especificados en el
anexo I, apartado 4.º
6. La solicitud de ayudas implica la autorización expresa al Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, para recabar de la Agencia Tributaria información
relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias y la no oposición para recabar de
la Tesorería General de la Seguridad Social información relativa a los pagos de la
Seguridad Social. No obstante, la entidad solicitante podrá denegar expresamente el
consentimiento, debiendo aportar los correspondientes certificados junto con la solicitud
que acrediten el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
7. Proyecto de inversión para el que se solicita la ayuda, que contendrá, al menos,
la siguiente información: