Ministerio de Juventud E Infancia. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-25152)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación, en el Instituto de la Juventud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Martes 3 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 164444

c) Se valorará el conocimiento y experiencia relacionados con los valores y
principios europeos y del Consejo de Europa.
d) Poseer conocimiento de idiomas extranjeros que permita garantizar su
comunicación fluida con colegas de otros países y la representación del organismo en
foros internacionales pertinentes.
e) Poseer competencias profesionales y directivas, conforme al marco establecido
en la orden TDF 379/2024, de 26 de abril:
1. Liderazgo transformador.
2. Gestión estratégica de los proyectos.
3. Comunicación y relaciones interpersonales.
4. Adaptabilidad y toma de decisiones.
5. Compromiso con el servicio público y ética profesional.
Para la valoración de dichos méritos los candidatos/as al puesto de Dirección
deberán presentar la siguiente documentación:
1. Curriculum vitae en formato normalizado en el que consten los títulos
académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y
cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y
competencias profesionales.
2. Documentación acreditativa de su formación y desempeños laborales.
3. Justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al
que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
4. Cumplimentación del cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las
competencias directivas que se encuentra como anexo I en esta resolución.
5. Copia auténtica de DNI y titulación requerida para el puesto, en caso de no
autorizar su consulta.
IV. Presentación de candidaturas.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del Sector Público por medios electrónicos, la presentación de solicitudes
y su documentación relacionada se realizarán exclusivamente a través de medios
electrónicos.
Quienes deseen participar deberán presentar solicitud a través del procedimiento de
proceso selectivo del Instituto de la Juventud habilitado a tal fin en la sede electrónica.
La presentación de solicitudes y documentación se realizará en el plazo de diez días
naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
V.

Valoración de candidaturas.

– Doña Margarita del Cisne Guerrero Calderón, Directora General del Instituto de la
Juventud.
– Doña Ana Barrera Picón, Subdirectora General de Personal, Inspección de
Servicios y Coordinación.
– Doña Cristina Centro Saldaña, Secretaria General del Instituto de la Juventud.
La selección del Director/Directora del CEULAJ corresponde a la persona titular de la
Subsecretaría de Juventud e Infancia.

cve: BOE-A-2024-25152
Verificable en https://www.boe.es

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024, de 26 de
abril, las personas encargadas del asesoramiento del órgano convocante para la
valoración de las candidaturas serán: