Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2024-25193)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para los cribados poblacionales en la ciudad de Melilla, establecidos en el Anexo I «Cartera de Servicios Comunes de Salud Pública» del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Martes 3 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 164530

Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales.
El personal de las partes firmantes que participe en las actividades objeto del
presente convenio estará obligado a no hacer público ni enajenar ningún dato personal,
debiendo guardar secreto profesional de todas las informaciones, documentos y asuntos
de los que tenga conocimiento como consecuencia u ocasión de la ejecución de este
convenio, obligación que subsistirá aún después de finalizar sus relaciones
profesionales.
En caso de incumplimiento de lo previsto en la presente cláusula, el mismo deberá
ponerse en conocimiento de la Comisión de Seguimiento de este convenio.
Séptima. Comisión de seguimiento.
1. Se constituirá una Comisión de Seguimiento que asegure la coordinación entre
ambas Administraciones y vele por que se cumplan las actuaciones reflejadas en el
presente convenio.
2. La Comisión revisará periódicamente la información suministrada, emitirá
propuestas y establecerá controles de calidad del proceso. Asimismo, la Comisión
resolverá las incidencias que se puedan plantear en la aplicación del convenio.
3. La Comisión, de naturaleza paritaria, estará integrada por tres representantes de
la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública de la Ciudad de Melilla y tres
representantes del INGESA designados/as por la Dirección Territorial del Instituto en la
ciudad de Melilla, que se reunirán con carácter ordinario anualmente. Asimismo, cuando
se precise por cualquiera de las partes firmantes se celebrará reunión extraordinaria
previa convocatoria por escrito.
4. Presidirá la Comisión un/a representante de la Consejería de Políticas Sociales y
Salud Pública de la Ciudad de Melilla durante el primer año de vigencia del presente
convenio, alternándose por periodos anuales con un/a representante del INGESA
designado/a por la Dirección Territorial. El mismo procedimiento de nombramiento se
seguirá para la Secretaría de la Comisión, encargada de realizar las convocatorias y
levantar las actas de las reuniones celebradas. La persona que ostente la Secretaría no
formará parte de la Comisión como órgano colegiado, pudiendo estar presente en las
reuniones para la realización de sus labores, con voz, pero sin voto (artículos 16.3 y 19.4
de la Ley 1/2015). La Secretaría recaerá en una persona al servicio de una de las
Administraciones Públicas implicadas, designada por ésta.
5. La Comisión, en su organización y funcionamiento, se regirá por lo previsto en el
presente convenio y, supletoriamente, por lo estipulado en la sección tercera del capítulo
II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Octava. Compromisos de contenido económico.
El presente convenio no incluye compromisos financieros entre las partes.
Duración y prorroga.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio se perfeccionará con el
consentimiento de las partes manifestada mediante su firma, y resultará eficaz una vez
inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
Sector Público Estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de la precitada
Ley. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-25193
Verificable en https://www.boe.es

Novena.