Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25105)
Resolución 420/38502/2024, de 25 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Clúster de la Industria de Defensa, para la realización de acciones conjuntas que impulsen la incorporación al ámbito laboral civil de personal militar y de los reservistas de especial disponibilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 163800
Séptimo.
Que el Clúster de la Industria de Defensa (CID), cuya sede se encuentra ubicada en
la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Cantabria, es una
asociación conformada por empresas e instituciones públicas, con personalidad jurídica
y plena capacidad para obrar para el cumplimiento de sus fines, regulada por la
Ley 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y entre cuyos
objetivos está favorecer la I+D y la actividad económica y el empleo en el sector de la
industria de defensa, pudiendo en su caso ofrecer una nueva salida laboral a los
militares que finalizan su compromiso con las FAS.
Octavo.
Que ambas partes consideran de interés establecer mecanismos que articulen la
mutua colaboración, para el desarrollo de actividades y proyectos de interés común,
destinados a lograr la formación en la excelencia del personal militar, así como otras
actuaciones que permitan la incorporación laboral de los militares que vayan a
desvincularse voluntariamente de las FAS, desde el ejercicio de las competencias
asignadas a cada una de las partes.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Establecer la colaboración entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF) y el Clúster de
la Industria de Defensa (CID) para el desarrollo de actividades que faciliten la inserción
en el ámbito laboral civil del personal militar, especialmente militar profesional de tropa y
marinería (MTM) con una relación de servicios de carácter temporal y de los reservistas
de especial disponibilidad (RED), procedentes de esa escala, así como actividades que
complementen su formación, promoción y adecuación específica a los diferentes
puestos.
Segunda.
Actuaciones del Ministerio de Defensa.
a) Promover y facilitar la participación de los candidatos en las acciones de
formación que se determinen, relacionadas con el proceso de habilitación de los militares
para su incorporación al ámbito laboral civil y de la empresa.
b) Difundir las ofertas de empleo, de formación u otras actividades, a través de la
plataforma de salidas profesionales de los miembros de las Fuerzas Armadas
(SAPROMIL) o de los medios internos de información del MINISDEF.
c) Gestionar las autorizaciones y los permisos necesarios para los militares
seleccionados en los programas de formación y salidas profesionales que se
establezcan.
d) Designar un interlocutor con el CID para el seguimiento del convenio.
Tercera.
Actuaciones del Clúster de la Industria de Defensa.
El CID se compromete a:
a) Comunicar y difundir entre sus empresas asociadas el contenido de este
convenio, para favorecer el cumplimiento de sus objetivos y promover su objeto, en aras
de facilitar la incorporación del personal de las Fuerzas Armadas (FAS) y los RED al
ámbito laboral civil.
cve: BOE-A-2024-25105
Verificable en https://www.boe.es
El MINISDEF se compromete a:
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 163800
Séptimo.
Que el Clúster de la Industria de Defensa (CID), cuya sede se encuentra ubicada en
la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Cantabria, es una
asociación conformada por empresas e instituciones públicas, con personalidad jurídica
y plena capacidad para obrar para el cumplimiento de sus fines, regulada por la
Ley 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y entre cuyos
objetivos está favorecer la I+D y la actividad económica y el empleo en el sector de la
industria de defensa, pudiendo en su caso ofrecer una nueva salida laboral a los
militares que finalizan su compromiso con las FAS.
Octavo.
Que ambas partes consideran de interés establecer mecanismos que articulen la
mutua colaboración, para el desarrollo de actividades y proyectos de interés común,
destinados a lograr la formación en la excelencia del personal militar, así como otras
actuaciones que permitan la incorporación laboral de los militares que vayan a
desvincularse voluntariamente de las FAS, desde el ejercicio de las competencias
asignadas a cada una de las partes.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Establecer la colaboración entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF) y el Clúster de
la Industria de Defensa (CID) para el desarrollo de actividades que faciliten la inserción
en el ámbito laboral civil del personal militar, especialmente militar profesional de tropa y
marinería (MTM) con una relación de servicios de carácter temporal y de los reservistas
de especial disponibilidad (RED), procedentes de esa escala, así como actividades que
complementen su formación, promoción y adecuación específica a los diferentes
puestos.
Segunda.
Actuaciones del Ministerio de Defensa.
a) Promover y facilitar la participación de los candidatos en las acciones de
formación que se determinen, relacionadas con el proceso de habilitación de los militares
para su incorporación al ámbito laboral civil y de la empresa.
b) Difundir las ofertas de empleo, de formación u otras actividades, a través de la
plataforma de salidas profesionales de los miembros de las Fuerzas Armadas
(SAPROMIL) o de los medios internos de información del MINISDEF.
c) Gestionar las autorizaciones y los permisos necesarios para los militares
seleccionados en los programas de formación y salidas profesionales que se
establezcan.
d) Designar un interlocutor con el CID para el seguimiento del convenio.
Tercera.
Actuaciones del Clúster de la Industria de Defensa.
El CID se compromete a:
a) Comunicar y difundir entre sus empresas asociadas el contenido de este
convenio, para favorecer el cumplimiento de sus objetivos y promover su objeto, en aras
de facilitar la incorporación del personal de las Fuerzas Armadas (FAS) y los RED al
ámbito laboral civil.
cve: BOE-A-2024-25105
Verificable en https://www.boe.es
El MINISDEF se compromete a: