Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-25074)
Orden PJC/1357/2024, de 19 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el sistema general de acceso libre, por el sistema de concurso de méritos, reservado a personas con discapacidad, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Lunes 2 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 163557

Gerencias territoriales del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se convocan
plazas. Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes podrá habilitar una cuenta de correo electrónico a la que dará la oportuna
publicidad para que sea más ágil la comunicación con las personas aspirantes, siempre
que ello no excluya el empleo de los medios de comunicación adecuados cuando sea
preciso dejar constancia del contenido y fecha de la comunicación.
6.

Tribunales

6.1 Los Tribunales calificadores únicos, los Tribunales delegados en las
Comunidades Autónomas que convocan plazas y constituyan Tribunal serán nombrados
por orden ministerial. En su composición se atenderá al criterio de paridad entre mujeres
y hombres.
6.2 Para la mejor y más ágil gestión del proceso selectivo, los Tribunales titulares
podrán incorporar al personal funcionario designado del respectivo Tribunal suplente en
el número impar que se determine, previa petición al Tribunal calificador único y
autorización del órgano convocante, manteniendo criterios de paridad.
6.3 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, los Tribunales
velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
6.4 Los Tribunales tendrán la categoría segunda para los Cuerpos de Gestión y
Tramitación y de tercera para el de Auxilio, de las previstas en el anexo IV del Real
Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6.5 En lo no previsto en la presente convocatoria, el funcionamiento de los
tribunales se regirá por lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
6.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede de los Tribunales
Calificadores Únicos será: calle San Bernardo, número 21, 28071 Madrid (teléfono:
918372295), y será de aplicación lo dispuesto en la base 5.3 en lo relativo a la unidad de
registro para presentación de documentación.
Los Tribunales delegados tienen las sedes siguientes:
Órgano

Teléfono

Cataluña.

Departament de Justícia.
Subdirecció General de Recursos Humans i Econòmics.
C/ Foc, 57. 08038 Barcelona.
http://justicia.gencat.cat/ca/serveis/treballar/oposicions/

93 8872815
93 8872818
93 8872804

Comunidad Valenciana.

Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia.
Ciudad Administrativa 9 de octubre–Torre 4, 2.º planta.
C/ De la Democracia, 77.
46018 Valencia.
www.gov.gva.es/va/home

96 1209248
96 1209249

País Vasco.

Dirección de la Administración de Justicia.
C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.
01010 Vitoria-Gasteiz.
www.justizia.net

945019132
945019122

De conformidad con las Comunidades Autónomas afectadas, solo se constituye
Tribunal Delegado en Cataluña, País Vasco y comunidad Valenciana. Sus funciones las
asume directamente el Tribunal calificador único de cada Cuerpo.
No obstante, si el mejor desarrollo del proceso selectivo lo demandase, podrán
constituirse nuevos Tribunales en otros ámbitos, lo que se publicará en la preceptiva
orden ministerial.
6.7 La Secretaría de Estado de Justicia podrá proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal calificador único y en su caso de los Tribunales delegados,

cve: BOE-A-2024-25074
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Comunidad Autónoma