Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Sistema de acogida de protección internacional. (BOE-A-2024-25047)
Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, por la que se establece la planificación de prestaciones, actuaciones o servicios estructurales para el sistema de acogida en materia de protección internacional para su gestión mediante acción concertada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 163231

Plazas o personas diarias/mes 2025 (01-06)

2025

Ene

Fase Acogida Vulnerable reforzado.
Fase autonomía.

Feb

Mar

Abr

Coste

May

Jun

Total anual

50

50

50

50

50

50

1.357.500,00 €

4.890

4.890

4.890

4.890

4.890

4.890

28.322.880,00 €
350.108.300,00 €

Plazas o personas diarias/mes 2025-26

2025-2026

Jul

Ago

Sep

Oct

FVIYD tarifa 1.

5.365

5.365

5.365

5.365 2.800 2.800 2.800 2.800 2.800 2.800 2.800 2.800

73.562.225,00 €

FVIYD tarifa 2.

4.987

4.987

4.987

4.987 2.800 2.800 2.800 2.800 2.800 2.800 2.800 2.800

65.841.051,00 €

Fase acogida tarifa 1.

7.220

7.220

7.220

7.220 2.800 2.800 2.500 2.500 2.500 2.500 2.500 2.500

87.658.880,00 €

Fase acogida tarifa 2.

Nov

Dic

Ene

Feb

Coste
Mar

Abr

May

Jun

Total anual

15.458 15.458 15.458 15.458 7.430 7.430 7.100 7.100 7.100 7.100 7.100 7.100 181.983.200,00 €

Fase Acogida Vulnerable.
Fase Acogida Vulnerable reforzado.
Fase autonomía.

457

457

457

457

200

200

200

200

200

200

200

200

6.695.104,00 €

50

50

50

50

50

50

25

25

25

25

25

25

2.058.750,00 €

4.546

4.546

4.546

4.546 4.546 4.546 4.400 4.400 4.400 4.400 4.400 4.400

52.251.648,00 €
470.050.858,00 €

Cuando se asigne la gestión de cien o más plazas a una entidad autorizada, al
menos el 2 % del total de las plazas asignadas deberán ser plazas accesibles en las que
no existan barreras arquitectónicas. Asimismo, las entidades autorizadas deben adoptar
medidas para que al menos la mitad de estas plazas (1 %) sean plazas adaptadas en su
totalidad.
Las prestaciones, actuaciones o servicios objeto de esta resolución podrán ser
cofinanciadas por fondos europeos, bien sea el FSE+ o el FAMI, a través de sendos
programas europeos, para lo cual su planificación, ejecución y justificación se regirán por
el marco normativo nacional y europeo especificado en el artículo 3 de la Orden
ISM/680/2022, de 19 de julio.
Quinto.

Precios de referencia.

Los precios de referencia por plaza y día o persona atendida y día, así como los
criterios según los cuales se han fijado dichos precios, son los establecidos en la
Resolución de la Secretaría de Estado de Migraciones, de 15 de noviembre de 2024, por
la que se establecen los precios de referencia de las prestaciones, actuaciones o
servicios gestionados mediante acción concertada:
Unidad

Cuantía en
euros

Fase Valoración inicial y derivación Tarifa 1.

Precio plaza y día.

55,00

Fase Valoración inicial y derivación Tarifa 2.

Precio plaza y día.

51,00

Fase Acogida Tarifa 1.

Precio plaza y día.

58,00

Fase Acogida Tarifa 2.

Precio plaza y día.

50,00

Fase Acogida personas con vulnerabilidad.

Precio plaza y día.

64,00

Fase Acogida personas con vulnerabilidad reforzada.

Precio plaza y día.

150,00

Fase Autonomía.

Precio persona y día.

32,00

cve: BOE-A-2024-25047
Verificable en https://www.boe.es

Fase o Actuación