Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25019)
Resolución de 23 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para el desarrollo del título oficial de Máster Universitario en Gestión internacional de la empresa/MBA in International Management.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024
Undécima.

Sec. III. Pág. 163017

Aportación de la UIMP a ICEX.

I. Importe y pago.
Según lo indicado en las cláusulas séptima, octava y novena, los ingresos obtenidos
por matrícula serán una de las fuentes de financiación de los costes del Máster, las
matrículas son abonadas por los alumnos a la UIMP y el mayor peso en la ejecución de
gastos del Máster recae en ICEX.
En consecuencia, la UIMP deberá realizar para cada edición del Máster una
aportación a ICEX para contribuir a hacer frente a sus gastos de gestión del Máster. El
importe de dicha transferencia de fondos se calculará de acuerdo con lo recogido en el
apartado III de la cláusula décima y, por tanto, ascenderá a un 90 % de los ingresos
obtenidos por matrícula.
Computan como matrícula los importes de las becas que conceda el Ministerio
competente u otros organismos, y las compensaciones que se reciban asociadas a las
bonificaciones contempladas en la Resolución de la UIMP sobre precios públicos, como
los abonos por familia numerosa general u otros.
No se incluyen para el cálculo de la aportación a ICEX los importes correspondientes
a los precios públicos abonados por el alumnado por otros servicios, indicados en el
punto III de la cláusula novena.
El pago de la aportación de la UIMP a ICEX para cada edición se hará por cada
curso académico, en un único pago que se efectuará antes del 30 de junio del segundo
año natural de cada curso académico, mediante transferencia a la cuenta que indique
ICEX y con cargo al concepto presupuestario 28.101.322C.226.06 del presupuesto
vigente de la UIMP, para lo cual se ha aprobado el correspondiente gasto plurianual por
las siguientes cuantías, calculadas para el número máximo de alumnos por edición, más
un incremento estimado por créditos cursados en segunda y tercera matrícula, todo ello
según se detalla en el presupuesto que se incorpora como anexo al convenio:
Año

Euros

2024

0,00

2025

805.433,22

2026

805.433,22

2027

805.433,22

2028

805.433,22

Total

3.221.732,88

– Aprobará la liquidación presentada por la UIMP para el cálculo del importe a
transferir a ICEX.
– Certificará que se cumplen los requisitos para que se produzca el pago, esto es,
que el Máster se está impartiendo de acuerdo con lo previsto en el convenio y que
ambas partes están cumpliendo los compromisos académicos, de gestión y de
justificación que asumieron con su firma.
II.

Reajuste de anualidades.

La comisión de seguimiento podrá acordar el reajuste de las anualidades de la
aportación de la UIMP a ICEX previstas en el apartado I de esta cláusula, en función de
la evolución de los ingresos por matriculación, siempre que estos reajustes no supongan
un incremento económico del global de la aportación ni del plazo total. La UIMP, en ese
caso, deberá realizar las necesarias disposiciones presupuestarias.

cve: BOE-A-2024-25019
Verificable en https://www.boe.es

Para la realización de dichos pagos deberá reunirse previamente la comisión de
seguimiento del convenio, la cual: