Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25019)
Resolución de 23 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para el desarrollo del título oficial de Máster Universitario en Gestión internacional de la empresa/MBA in International Management.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 163016

terceras matrículas, pero habrá que ajustarlo en cada edición según el número real de
alumnos matriculados. El presupuesto incluye:
I. Los costes gestionados por ICEX.
Para cada edición del Máster, la realización de las actuaciones cuya responsabilidad
corresponde a ICEX, que se recogen en el punto 1.b) de la cláusula séptima, suponen un
gasto máximo para ICEX de 1.504.380,00 euros, según se detalla en el apartado 1 del
presupuesto aprobado. Los costes se abordan con los medios humanos y materiales de
ICEX, o a través de la contratación de servicios con terceros en su caso conforme a la
normativa interna de ICEX, con cargo a su presupuesto ordinario y se abonarán de
acuerdo con lo previsto en las normas económico-presupuestarias de ICEX vigentes.
Para cubrir parte de estos gastos CEX recibirá de la UIMP una aportación económica
según se establece en la cláusula undécima.
II.

Los costes indirectos académicos y de gestión que corresponden a la UIMP.

Para cada edición del Máster, la realización de las actuaciones cuya responsabilidad
corresponde a la UIMP, que se recogen en el punto 1.a) de la cláusula séptima, suponen
un coste máximo para la UIMP de 89.492,58 euros, según se recoge en el apartado 2 del
presupuesto aprobado, calculado en función de los alumnos matriculados.
Concretamente se calcula en un 10 % de los ingresos por matrícula.
Estos costes corresponden a aportación de personal propio o a través de terceros,
con cargo a los créditos del presupuesto ordinario de la UIMP y otros costes a través de
diferentes expedientes de contratación ya gestionados con carácter general para el
conjunto de la programación según la legislación aplicable con cargo a distintos
conceptos presupuestarios según la naturaleza de cada uno de los gastos. Por lo tanto,
no es preciso aprobar un gasto específico adicional por estos conceptos vinculado a este
convenio. El gasto vinculado a este convenio se recoge en la cláusula undécima.
III. Los derechos por matrícula, que se establecen en un máximo de 894.925,80
euros, según cálculo detallado en el anexo.
La UIMP contabilizará los derechos e ingresos por matrículas en el concepto
presupuestario 310.00 de su presupuesto vigente de ingresos. Y dado que son una de
las fuentes de financiación del Máster, financiarán los gastos que realizan la UIMP e
ICEX con la siguiente distribución:

Se hace constar que, de acuerdo con el presupuesto aprobado, los derechos e
ingresos totales por matrícula no superarán en ningún caso el importe total de gastos a
gestionar por ICEX, ni siquiera con el número máximo de estudiantes permitido para una
edición.
IV. La financiación que asume ICEX, que será la diferencia entre los gastos totales
que gestiona y la aportación que reciba de la UIMP. Esta financiación no supone un
traspaso de fondos a la UIMP, sino que se materializará mediante la asunción directa con
cargo a su presupuesto ordinario de los gastos que no resulten financiados por la
aportación de la UIMP. De acuerdo con el presupuesto máximo que se recoge en el
anexo, la aportación del ICEX ascendería a 698.946,78 euros.

cve: BOE-A-2024-25019
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– el 10 % de los ingresos será para financiar los gastos gestionados por la UIMP.
– El 90 % de los ingresos será para financiar parte de los gastos gestionados por
ICEX, a través de la aportación que la UIMP deberá realizar a ICEX según se detalla en
la cláusula undécima.