Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-25028)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cataluña, para la ejecución de actuaciones de mejora de la conectividad de la AP-2 y la AP-7.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163095
En este contexto, la Administración de la Generalitat de Catalunya presentará a la
Subcomisión Técnica prevista en la cláusula undécima, con la planificación que se
establezca en la misma, los documentos parciales que se vayan elaborando para
garantizar la coordinación de las actividades del presente convenio y el seguimiento del
avance de los trabajos.
Cuarta.
Medio propio personificado.
La Administración de la Generalitat de Catalunya podrá encargar a un medio propio
personificado la gestión del proceso de licitación y adjudicación de los contratos para la
redacción de proyectos y estudios, la ejecución de las obras y los servicios y asistencias
vinculados, así como formalizar los contratos con los adjudicatarios y gestionar el
seguimiento y la supervisión integral de las obras de las actuaciones desplegadas en
este convenio.
Quinta. Personal destinado a la ejecución de los trabajos previstos en el convenio.
La Administración de la Generalitat de Catalunya o sus entes instrumentales
destinarán el personal necesario para garantizar la correcta ejecución de las actuaciones
incluidas en la cláusula segunda. El coste de este personal estimado máximo previsto se
concreta en la cantidad de 4,7 millones de euros.
Sexta.
Obligaciones de la Administración General del Estado.
A) En el caso de las actuaciones de mejora de la conectividad de la AP-2 y la AP-7
recogidas en la tabla A del anexo, deberá aprobar los estudios y proyectos señalados en
la cláusula tercera de acuerdo con las previsiones de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de carreteras, elaborados por la Administración de la Generalitat de
Catalunya. Los proyectos incorporarán la delimitación de titularidades finales de los
activos resultantes.
Si la redacción de los proyectos de cualquiera de las actuaciones de dicha tabla se
encontrara en ejecución por parte del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible a
la fecha de la eficacia de este convenio, el Ministerio completará dicha redacción hasta
su aprobación definitiva. Asimismo, en este caso, la Administración de la Generalitat de
Catalunya designará a técnicos para el seguimiento y coordinación de la redacción de
los proyectos, y emitirá informe sobre los mismos con carácter previo a su aprobación
por parte del citado Ministerio, para que esta pueda continuar con la licitación de las
obras.
También deberá facilitar a la Administración de la Generalitat de Catalunya toda la
documentación necesaria, en los plazos y la periodicidad que se acuerde en la
Subcomisión Técnica prevista en el punto 11.2 de la cláusula undécima, para la
realización adecuada de las actividades acordadas, colaborando, en cualquier caso, con
los técnicos de la Administración de la Generalitat de Catalunya para que puedan llevar a
cabo todas las obligaciones derivadas de la citada cláusula tercera.
B) En el caso de las actuaciones de mejora de la conectividad de la AP-2 y la AP-7
con la red de carreteras de la Generalitat de Catalunya, recogidas en la tabla B del
anexo deberá emitir los informes preceptivos sobre los estudios y proyectos para la
ejecución de las actuaciones con carácter previo a su aprobación por parte de la
Administración de la Generalitat de Catalunya, y autorizar su ejecución con carácter
previo al inicio de las obras. Asimismo, podrá designar un técnico para el seguimiento de
los estudios y proyectos cuya redacción es realizada por la Administración de la
Generalitat de Catalunya.
C) Financiar íntegramente el coste de todos los trabajos realizados por la
Administración de la Generalitat de Catalunya descritos en la cláusula tercera, hasta un
cve: BOE-A-2024-25028
Verificable en https://www.boe.es
Corresponde al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible la realización de los
siguientes trabajos:
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163095
En este contexto, la Administración de la Generalitat de Catalunya presentará a la
Subcomisión Técnica prevista en la cláusula undécima, con la planificación que se
establezca en la misma, los documentos parciales que se vayan elaborando para
garantizar la coordinación de las actividades del presente convenio y el seguimiento del
avance de los trabajos.
Cuarta.
Medio propio personificado.
La Administración de la Generalitat de Catalunya podrá encargar a un medio propio
personificado la gestión del proceso de licitación y adjudicación de los contratos para la
redacción de proyectos y estudios, la ejecución de las obras y los servicios y asistencias
vinculados, así como formalizar los contratos con los adjudicatarios y gestionar el
seguimiento y la supervisión integral de las obras de las actuaciones desplegadas en
este convenio.
Quinta. Personal destinado a la ejecución de los trabajos previstos en el convenio.
La Administración de la Generalitat de Catalunya o sus entes instrumentales
destinarán el personal necesario para garantizar la correcta ejecución de las actuaciones
incluidas en la cláusula segunda. El coste de este personal estimado máximo previsto se
concreta en la cantidad de 4,7 millones de euros.
Sexta.
Obligaciones de la Administración General del Estado.
A) En el caso de las actuaciones de mejora de la conectividad de la AP-2 y la AP-7
recogidas en la tabla A del anexo, deberá aprobar los estudios y proyectos señalados en
la cláusula tercera de acuerdo con las previsiones de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de carreteras, elaborados por la Administración de la Generalitat de
Catalunya. Los proyectos incorporarán la delimitación de titularidades finales de los
activos resultantes.
Si la redacción de los proyectos de cualquiera de las actuaciones de dicha tabla se
encontrara en ejecución por parte del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible a
la fecha de la eficacia de este convenio, el Ministerio completará dicha redacción hasta
su aprobación definitiva. Asimismo, en este caso, la Administración de la Generalitat de
Catalunya designará a técnicos para el seguimiento y coordinación de la redacción de
los proyectos, y emitirá informe sobre los mismos con carácter previo a su aprobación
por parte del citado Ministerio, para que esta pueda continuar con la licitación de las
obras.
También deberá facilitar a la Administración de la Generalitat de Catalunya toda la
documentación necesaria, en los plazos y la periodicidad que se acuerde en la
Subcomisión Técnica prevista en el punto 11.2 de la cláusula undécima, para la
realización adecuada de las actividades acordadas, colaborando, en cualquier caso, con
los técnicos de la Administración de la Generalitat de Catalunya para que puedan llevar a
cabo todas las obligaciones derivadas de la citada cláusula tercera.
B) En el caso de las actuaciones de mejora de la conectividad de la AP-2 y la AP-7
con la red de carreteras de la Generalitat de Catalunya, recogidas en la tabla B del
anexo deberá emitir los informes preceptivos sobre los estudios y proyectos para la
ejecución de las actuaciones con carácter previo a su aprobación por parte de la
Administración de la Generalitat de Catalunya, y autorizar su ejecución con carácter
previo al inicio de las obras. Asimismo, podrá designar un técnico para el seguimiento de
los estudios y proyectos cuya redacción es realizada por la Administración de la
Generalitat de Catalunya.
C) Financiar íntegramente el coste de todos los trabajos realizados por la
Administración de la Generalitat de Catalunya descritos en la cláusula tercera, hasta un
cve: BOE-A-2024-25028
Verificable en https://www.boe.es
Corresponde al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible la realización de los
siguientes trabajos: