Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25005)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las subvenciones de régimen general concedidas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales en el área de atención a mayores, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 162029

y Ayudas Públicas, ha propuesto al Instituto su inicio, en los términos establecidos en el artículo 51
de la LGS.
No obstante, no debe olvidarse que la IGSS solamente incluye en sus Planes de Auditoría y Control
Financiero de Subvenciones y Ayudas Públicas el control de una muestra de entidades que fueron
perceptoras de subvenciones. Como consecuencia, a la fecha de finalización de los trabajos de
fiscalización, la IGSS solamente había auditado el 4,44 % de las resoluciones de concesión del
IMSERSO de los últimos seis años (2014-2019), porcentaje que aumenta al 9,55 % en relación con
el importe auditado. En el siguiente cuadro se detallan las actuaciones de control realizadas por la
IGSS respecto de las últimas convocatorias de esta línea de ayudas y el alto porcentaje de
entidades a las que se solicita el reintegro con relación a la muestra analizada:
CUADRO Nº 6
INFORMES DE CONTROL FINANCIERO EFECTUADOS POR LA IGSS (2014-2019)
(euros)
CONVOCAT.

IMPORTE
CONCEDIDO

TOTAL
ENTIDADES
BENEFICIARIAS

PLAN DE
AUDITORÍA


ENTIDADES
AUDITADAS

IMPORTE
AUDITADO

%
AUDITADO

SOLICITUD
REINTEGRO/Nº
ENTIDADES (1)

2014

2.134.740,00

32

2017

3

802.678,00

37,60

2015

2.348.210,00

28

-

0

0

0,00

2016

2.348.210,00

30

2019

2

115.669,00

4,93

4.222,45 (1 ENT.)

2017

2.348.210,00

28

2020

1

158.833,05

6,76

4.459,33 (1 ENT.)

2018

2.348.208,01

30

2021

2

248.452,00

10,58

82.461,11 (2 ENT.)

2019

2.348.210,00

32

-

-

TOTAL

13.875.788,01

180

8

122.053,29 (3 ENT.)

0,00
1.325.632,05

9,55

213.196,18

Fuente: Elaboración propia a partir de la información proporcionada por el IMSERSO.
(1) Este importe se incrementó con los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha
de acuerdo de la procedencia del reintegro.

Todo lo anterior, debe valorarse considerando la debilidad del control interno del Instituto.

cve: BOE-A-2024-25005
Verificable en https://www.boe.es

Por último, el IMSERSO ha facilitado la documentación relativa a las devoluciones voluntarias
efectuadas a iniciativa del perceptor en las convocatorias correspondientes a los ejercicios 2019 y
2020, de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de la LGS y el artículo 8 de
las diferentes resoluciones de convocatoria. Dichos ingresos responden, tal y como declaran las
entidades, a las circunstancias coyunturales de la crisis socio-sanitaria del COVID-19, que les
impidió ejecutar los programas según lo previsto, y por tanto, no pudieron justificar un parcial de las
cuantías concedidas. El detalle de las devoluciones voluntarias producidas en las convocatorias de
2019 y 2020 se contiene en el siguiente cuadro: