Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25005)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las subvenciones de régimen general concedidas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales en el área de atención a mayores, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161990
CUADRO Nº 1
OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS EN LAS CONVOCATORIAS 2019 Y 2020
(euros)
OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS
(SUBV. RÉGIMEN GENERAL)
CONVOCATORIA
2019.- Resolución de 26 de abril de 2019
2.348.209,90
2020.- Resolución de 9 de septiembre de 2020
2.348.196,30
Fuente: Presupuestos de Gastos del IMSERSO.
El número de solicitudes presentadas en las diferentes convocatorias, así como el de las concedidas
y denegadas y su importe, se detallan en el siguiente cuadro:
CUADRO Nº 2
NÚMERO DE SOLICITUDES, DENEGACIONES Y CONCESIONES EN LAS CONVOCATORIAS
2019 Y 2020
(euros)
SOLICITUD
CONVOCATORIA
DENEGACIÓN
CONCESIÓN
Nº
IMPORTE
SOLICITADO
Nº
IMPORTE
SOLICITADO
Nº
IMPORTE
SOLICITADO
IMPORTE
CONCEDIDO
2019
39
6.214.388,24
7
408.992,49
32
5.805.395,75
2.348.210,00
2020
43
6.132.613,93
11
330.960,72
32
5.801.653,21
2.348.196,30
Fuente: Información proporcionada por el IMSERSO.
En el Anexo 2 se identifican los expedientes relativos a las entidades beneficiarias de la subvención
para cada una de las convocatorias, con el detalle del importe concedido, en el que puede
apreciarse que, en ambas, el IMSERSO resolvió la concesión de subvención a favor de 32
entidades.
Por último, debe señalarse que, en el año 2020, el Área de Gestión de programas de Mayores de
la Subdirección General de Gestión, que era la unidad encargada de la gestión de estas ayudas,
disponía, exclusivamente, de una Jefa de Área (NCD 28, a partir de 2021), de un Jefe de Servicio
(NCD 26) y de un Jefe de Sección (NCD 22, puesto que quedó vacante tras su jubilación en enero
de 2021). A la vista de todas las tareas que deben desarrollarse para la concesión y gestión de las
ayudas, como se detalla en los apartados siguientes de este informe, parece que esta dotación de
personal puede resultar insuficiente, lo que ha podido influir en la existencia de las múltiples
incidencias en el procedimiento que se ponen de manifiesto a lo largo del mismo.
cve: BOE-A-2024-25005
Verificable en https://www.boe.es
Por otra parte, cabe destacar que si bien el artículo 29 del Reglamento de la Ley General de
Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (RLGS) prevé la posibilidad de
creación por la administración concedente de un registro de solicitantes donde voluntariamente se
inscriban y donde se aporte la documentación acreditativa, el IMSERSO no tiene implementada
esta previsión.
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161990
CUADRO Nº 1
OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS EN LAS CONVOCATORIAS 2019 Y 2020
(euros)
OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS
(SUBV. RÉGIMEN GENERAL)
CONVOCATORIA
2019.- Resolución de 26 de abril de 2019
2.348.209,90
2020.- Resolución de 9 de septiembre de 2020
2.348.196,30
Fuente: Presupuestos de Gastos del IMSERSO.
El número de solicitudes presentadas en las diferentes convocatorias, así como el de las concedidas
y denegadas y su importe, se detallan en el siguiente cuadro:
CUADRO Nº 2
NÚMERO DE SOLICITUDES, DENEGACIONES Y CONCESIONES EN LAS CONVOCATORIAS
2019 Y 2020
(euros)
SOLICITUD
CONVOCATORIA
DENEGACIÓN
CONCESIÓN
Nº
IMPORTE
SOLICITADO
Nº
IMPORTE
SOLICITADO
Nº
IMPORTE
SOLICITADO
IMPORTE
CONCEDIDO
2019
39
6.214.388,24
7
408.992,49
32
5.805.395,75
2.348.210,00
2020
43
6.132.613,93
11
330.960,72
32
5.801.653,21
2.348.196,30
Fuente: Información proporcionada por el IMSERSO.
En el Anexo 2 se identifican los expedientes relativos a las entidades beneficiarias de la subvención
para cada una de las convocatorias, con el detalle del importe concedido, en el que puede
apreciarse que, en ambas, el IMSERSO resolvió la concesión de subvención a favor de 32
entidades.
Por último, debe señalarse que, en el año 2020, el Área de Gestión de programas de Mayores de
la Subdirección General de Gestión, que era la unidad encargada de la gestión de estas ayudas,
disponía, exclusivamente, de una Jefa de Área (NCD 28, a partir de 2021), de un Jefe de Servicio
(NCD 26) y de un Jefe de Sección (NCD 22, puesto que quedó vacante tras su jubilación en enero
de 2021). A la vista de todas las tareas que deben desarrollarse para la concesión y gestión de las
ayudas, como se detalla en los apartados siguientes de este informe, parece que esta dotación de
personal puede resultar insuficiente, lo que ha podido influir en la existencia de las múltiples
incidencias en el procedimiento que se ponen de manifiesto a lo largo del mismo.
cve: BOE-A-2024-25005
Verificable en https://www.boe.es
Por otra parte, cabe destacar que si bien el artículo 29 del Reglamento de la Ley General de
Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (RLGS) prevé la posibilidad de
creación por la administración concedente de un registro de solicitantes donde voluntariamente se
inscriban y donde se aporte la documentación acreditativa, el IMSERSO no tiene implementada
esta previsión.