Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25010)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa sobre la gestión de las prestaciones económicas y sociales reconocidas por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, ejercicio 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 162839

III.4. CONCLUSIONES SOBRE EL ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LAS
RECOMENDACIONES FORMULADAS EN EL INFORME DE FISCALIZACIÓN
APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SESIÓN DE 30 DE
JUNIO DE 2005
11. No ha sido cumplida la recomendación dirigida al Ministerio de Defensa relativa a analizar la
conveniencia de iniciar el proceso de extinción definitiva del Fondo Especial del ISFAS, dada
la escasa cuantía de las prestaciones que concede, sin que ni siquiera se haya iniciado
actuación alguna tendente a cumplir esta recomendación (epígrafe II.5.1).
12. Tan solo ha sido cumplida parcialmente la recomendación dirigida al ISFAS relativa a la
necesidad de rediseñar las aplicaciones informáticas relacionadas con la gestión de los
expedientes y pagos de las prestaciones económicas y sociales, de forma que existan
interconexiones entre ellas, situación que refleja la ausencia total de adaptación a los
requerimientos actuales de la administración electrónica.
La recomendación formulada para mejorar en la conexión “on line” con el RPSP ha sido
cumplida solo parcialmente ya que, para las prestaciones descentralizadas, que son
gestionadas desde las Delegaciones del ISFAS no existe aún esta posibilidad de consulta.
Las demás recomendaciones formuladas han sido cumplidas(epígrafe II.5.2).
III.5. CONCLUSIONES SOBRE CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS PREVISIONES
CONTENIDAS EN LA LEY 19/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, DE TRANSPARENCIA,
ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y BUEN GOBIERNO
13. Respecto al cumplimiento por parte del ISFAS de las previsiones contenidas en la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, en relación con las prestaciones económicas y sociales se han
apreciado las siguientes incidencias (subapartado II.6):
a) La página web del Instituto no incluye su organigrama, ni contiene los planes y programas
anuales y plurianuales en los que se fijen objetivos concretos, así como las actividades,
medios y tiempo previsto para su consecución.
b) No ha publicado directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas
planteadas por los particulares u otros organismos.
RECOMENDACIONES
Teniendo en cuenta los resultados de la fiscalización y las conclusiones señaladas anteriormente,
cabe formular las siguientes recomendaciones, dirigidas tanto al Ministerio de Defensa como al
Instituto Social de las Fuerzas Armadas.

1. Debería establecerse un mayor control sobre la custodia y el registro de los dictámenes
emitidos por los órganos médico periciales de la Sanidad Militar, iniciando un proceso de
centralización e intercomunicación entre las Juntas Médico Periciales de manera que exista un
registro único que permita la integración de la totalidad de la información existente para una
mejor identificación y seguimiento de los dictámenes.

cve: BOE-A-2024-25010
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IV.1. RECOMENDACIONES DIRIGIDAS AL MINISTERIO DE DEFENSA