Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25011)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa sobre la gestión de los bienes y derechos embargados por la Tesorería General de la Seguridad Social, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 162867

CUADRO N.º 7
TIEMPO DE PERMANENCIA DE LOS VEHÍCULOS EMBARGADOS
Noviembre de 2021

MENOS DE UNO

N.º
61

%
38,13

SAN MARTÍN DE
LA VEGA
(DP de Madrid)
N.º
%
21
12,97

ENTRE UNO y DOS

31

19,38

91

ENTRE DOS y TRES

27

16,88

6

AÑOS

COSLADA
(DP de Madrid)

PALLEJÁ
(DP de Barcelona)
N.º
53

%
88,33

56,17

6

10,00

3,70

-

2,47

BENIPARRELL
(DP de Valencia)
N.º
54

%
96,43

-

2

3,57

-

-

-

-

-

-

ENTRE TRES y CUATRO

9

5,62

4

ENTRE CUATRO y SEIS

22

13,75

15

9,26

1

1,67

-

-

MÁS DE SEIS

9

5,62

25

15,43

-

-

-

-

1

0,62

-

160

100,00

162

56

100,00

SIN DATOS
TOTAL

100,00

60

100,00

Fuente: Elaboración propia con información proporcionada por la TGSS.

Los datos revelan que el tiempo que permanecen los vehículos en los depósitos de Coslada y San
Martín de la Vega son muy superiores al de permanencia en los de Pallejá y Beniparrell.
El 98,33 % y el 96,43 % de los vehículos depositados en Pallejá y Beniparrell, respectivamente,
tienen un tiempo de permanencia inferior a dos años, lo que contrasta con el 69,14 % de los
depositados en San Martín de la Vega y del 57,51 % de los de Coslada.
Llama especialmente la atención que 25 vehículos depositados en San Martín de la Vega (un
15,43 % del total), y 6 vehículos depositados en Coslada (un 5,62 %) tuvieran una permanencia
superior a seis años, situación que contrasta con la de los depósitos de Pallejá y Beniparrell, en los
que, salvo un vehículo depositado en Pallejá12, no consta ningún vehículo con un período de
permanencia superior a tres años.

En consecuencia, y por lo que se refiere a los depósitos de la DP de Madrid, el mantenimiento de
un porcentaje de vehículos por períodos tan largos de tiempo sin ninguna causa que lo justifique
supone un incumplimiento de los principios de eficiencia y de economía, puesto que los vehículos
en esta situación van depreciándose año tras año y, además, suponen un coste para la DP de
Madrid, que es el alquiler abonado al depositario de San Martín de la Vega por coche y mes (sumado
al coste de las plazas vacantes por las que se abona un precio fijo en el depósito de Coslada), por
lo que deberían adoptarse las medidas necesarias para proceder sin excesivas dilaciones a su
enajenación o, en su caso, achatarramiento.
Además, dado que los gastos derivados del depósito deben ser repercutidos al deudor de acuerdo
con el artículo 127 del RGRSS (si bien en la DP de Madrid no se repercuten estos gastos, como se

12

Se trataba de un semirremolque con fecha de entrada el 18 de mayo de 2017, que permanecía paralizado por orden
judicial.

cve: BOE-A-2024-25011
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A su vez, el 83,93 % y 58,33 % de vehículos en los depósitos de Pallejá y Beniparrell,
respectivamente, tienen un tiempo de permanencia inferior a seis meses frente a, únicamente, el
0,62 % de los depositados en San Martín de la Vega y el 21,87 % de los de Coslada. Todo ello pone
de manifiesto una menor diligencia en la gestión de las subastas públicas en las UREs de Madrid
frente a las de Barcelona o Valencia.