Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25011)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa sobre la gestión de los bienes y derechos embargados por la Tesorería General de la Seguridad Social, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 162866
para la TGSS puesto que, además de perder valor de mercado los vehículos, lleva aparejado
un coste directo para la TGSS.
Así, se ha efectuado un análisis para determinar el valor de mercado de los citados 162
vehículos, utilizando el servicio de valoraciones de la página web de la Comunidad de Madrid
referido anteriormente, con el siguiente resultado:
CUADRO N.º 6
ESTIMACIÓN DEL VALOR ACTUAL DE LOS VEHÍCULOS EMBARGADOS Y
DEPOSITADOS EN SAN MARTÍN DE LA VEGA
Noviembre de 2021
IMPORTE
VEHÍCULOS
%
De 0 a 2.000
92
56,79
De 2.001 a 4.000
45
27,78
De 4.001 a 6.000
8
4,94
NO TASADO
17
10,49
TOTAL
162
100,00
Fuente: Elaboración propia con información proporcionada por la TGSS.
Tal y como refleja el cuadro, el 84,57 % de los vehículos depositados tenían un valor de
mercado inferior a 4.000 euros, de los que un 56,79 % no superaban los 2.000 euros.
II.1.2.1.c) Análisis sobre el tiempo de permanencia de los vehículos embargados en los
depósitos de las direcciones provinciales fiscalizadas
Los vehículos embargados se depositan en los locales de la propia TGSS o de un tercero hasta que
son enajenados, generalmente, mediante subasta pública.
Una vez celebrada la primera y segunda subasta pública y, en su caso, la adjudicación directa a la
TGSS, la URE debe poner dichos vehículos a disposición de los apremiados o, en su caso, a quien
conste como titular del bien.
En el cuadro siguiente se muestra el tiempo de permanencia de los vehículos en los depósitos de
las DDPP fiscalizadas, independientemente de la antigüedad de estos:
11
Conforme al artículo 106 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,
aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.
cve: BOE-A-2024-25011
Verificable en https://www.boe.es
Transcurrido un mes desde la recepción por parte del interesado de la comunicación de puesta a
disposición, o desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que el apremiado
comparezca en las instalaciones de la DDPP y se haga cargo del vehículo, se le debe realizar un
nuevo requerimiento formal, para que en el plazo de un mes, comparezca en las citadas
instalaciones y se haga cargo del vehículo correspondiente, con la advertencia de que si no procede
a su retirada en el plazo señalado desde la fecha de recepción del citado requerimiento, se solicitará
a la Jefatura Provincial de Tráfico el tratamiento residual del mismo, procediéndose a la entrega a
un Centro Autorizado de Tratamiento para su posterior destrucción y descontaminación11.
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 162866
para la TGSS puesto que, además de perder valor de mercado los vehículos, lleva aparejado
un coste directo para la TGSS.
Así, se ha efectuado un análisis para determinar el valor de mercado de los citados 162
vehículos, utilizando el servicio de valoraciones de la página web de la Comunidad de Madrid
referido anteriormente, con el siguiente resultado:
CUADRO N.º 6
ESTIMACIÓN DEL VALOR ACTUAL DE LOS VEHÍCULOS EMBARGADOS Y
DEPOSITADOS EN SAN MARTÍN DE LA VEGA
Noviembre de 2021
IMPORTE
VEHÍCULOS
%
De 0 a 2.000
92
56,79
De 2.001 a 4.000
45
27,78
De 4.001 a 6.000
8
4,94
NO TASADO
17
10,49
TOTAL
162
100,00
Fuente: Elaboración propia con información proporcionada por la TGSS.
Tal y como refleja el cuadro, el 84,57 % de los vehículos depositados tenían un valor de
mercado inferior a 4.000 euros, de los que un 56,79 % no superaban los 2.000 euros.
II.1.2.1.c) Análisis sobre el tiempo de permanencia de los vehículos embargados en los
depósitos de las direcciones provinciales fiscalizadas
Los vehículos embargados se depositan en los locales de la propia TGSS o de un tercero hasta que
son enajenados, generalmente, mediante subasta pública.
Una vez celebrada la primera y segunda subasta pública y, en su caso, la adjudicación directa a la
TGSS, la URE debe poner dichos vehículos a disposición de los apremiados o, en su caso, a quien
conste como titular del bien.
En el cuadro siguiente se muestra el tiempo de permanencia de los vehículos en los depósitos de
las DDPP fiscalizadas, independientemente de la antigüedad de estos:
11
Conforme al artículo 106 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,
aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.
cve: BOE-A-2024-25011
Verificable en https://www.boe.es
Transcurrido un mes desde la recepción por parte del interesado de la comunicación de puesta a
disposición, o desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que el apremiado
comparezca en las instalaciones de la DDPP y se haga cargo del vehículo, se le debe realizar un
nuevo requerimiento formal, para que en el plazo de un mes, comparezca en las citadas
instalaciones y se haga cargo del vehículo correspondiente, con la advertencia de que si no procede
a su retirada en el plazo señalado desde la fecha de recepción del citado requerimiento, se solicitará
a la Jefatura Provincial de Tráfico el tratamiento residual del mismo, procediéndose a la entrega a
un Centro Autorizado de Tratamiento para su posterior destrucción y descontaminación11.