Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25011)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa sobre la gestión de los bienes y derechos embargados por la Tesorería General de la Seguridad Social, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 162860

correspondientes depósitos de las DDPP, o si dicho precinto no se ha hecho efectivo y el bien sigue
en poder del deudor, a pesar de haber sido emitida una diligencia de embargo sobre el mismo.
II.1.2. Especial referencia al control de la gestión de vehículos y otros bienes muebles
embargados
En este subepígrafe se hace referencia a las incidencias e irregularidades detectadas sobre la
gestión y control de los bienes embargados por la TGSS, que han afectado esencialmente a los
vehículos y otros bienes muebles, no así a los inmuebles, sin perjuicio de que las incidencias
detectadas en el procedimiento de embargo de estos bienes se analizan en el subapartado II.2., en
el que también se hace referencia a otros procedimientos (cuentas corrientes, devoluciones
tributarias, salarios y pensiones).
II.1.2.1. GESTIÓN DE LOS VEHÍCULOS CUSTODIADOS EN LOS DEPÓSITOS DE LAS DDPP
Como se expone en el anexo 1 referido a la “Metodología de la Fiscalización”, se han realizado
actuaciones fiscalizadoras en los depósitos de bienes embargados situados en los municipios de
Coslada y San Martín de la Vega (DP de Madrid), Pallejá (DP de Barcelona) y Beniparrell (DP de
Valencia). Se han detectado las incidencias que se exponen a continuación en los dos depósitos de
la DP de Madrid, mientras que en los de las DDPP de Barcelona y Valencia no se han advertido
incidencias dignas de ser mencionadas.
II.1.2.1.a) Vehículos embargados y custodiados en el depósito de Coslada (DP de Madrid)
1. Aumento del precio del arrendamiento del depósito en el ejercicio 2021 respecto al ejercicio
anterior.

El informe proponiendo el arrendamiento, por contratación directa, fue emitido por la DP de
Madrid con fecha 14 de julio de 2020, en el cual se exponía que “… por tratarse de la opción
más ventajosa teniendo en cuenta la especial idoneidad del inmueble en cuestión por las
siguientes razones, la superficie arrendada de mayor tamaño permitiría hacer frente a
nuevas necesidades logísticas que pudieran surgir. Además, el coste del traslado de los
bienes depositados sería muy escaso atendiendo a la proximidad entre el módulo arrendado
y los nuevos a ocupar. Por último, las naves se hallan dentro de un complejo logístico
protegido 24 horas con vigilancia todos los días”.
El cambio propuesto para ampliar la superficie del depósito se justificó en el citado informe
señalando que, de acuerdo con la DP de Madrid, el anterior contrato “ha resultado

cve: BOE-A-2024-25011
Verificable en https://www.boe.es

La DP de Madrid cuenta con un depósito de vehículos en el municipio de Coslada, que
gestiona a través de un contrato de arrendamiento. El contrato (que comprende el
arrendamiento de la superficie disponible, su vigilancia, mantenimiento y seguros) fue
celebrado en diciembre de 2005 por una duración de cinco años y contemplaba inicialmente
una superficie arrendada de 3.203 m2. A su término, en diciembre de 2020, se firmó un nuevo
contrato, con la misma empresa, incrementándose dicha superficie a 6.417,75 m2. Este
depósito comprende actualmente una nave con capacidad para 120 vehículos en su interior
y otros 116 en el exterior. El contrato de arrendamiento, realizado mediante contratación
directa, fue autorizado por la SESSP, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real
Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el patrimonio de la Seguridad Social y supuso
una ampliación en un 100 por 100 de la capacidad con respecto al contrato anteriormente
vigente.