Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25009)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización integral de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 162598

como la integración y explotación avanzada de información a gran escala proveniente de fuentes y
organismos externos. Estos resultados serán el punto de partida para la revisión de indicadores, la
definición de objetivos y el diseño de estrategias, políticas y programas, a través de una toma de
decisión basada en datos, con la finalidad de reducir la pobreza y la desigualdad, favorecer la
migración legal y promover un crecimiento inclusivo.
Estas mismas políticas se recogen en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en
cuya Política 4 “Una Administración para el siglo XXI” se recogen proyectos de modernización de
las administraciones públicas, donde se incluyen líneas de actuación dirigidas a la digitalización de
la Administración y el refuerzo y despliegue de la ciberseguridad en los sistemas de información.
Estos nuevos retos, de acuerdo con las competencias reconocidas actualmente (entre ellas “la
elaboración y proposición a las Entidades Gestoras, Tesorería General de la Seguridad Social e
Intervención General de la Seguridad Social de los planes directivos de sistemas de tecnologías
de la información y de las telecomunicaciones (…)” y “La propuesta de creación, desarrollo y
modificación de los sistemas de información”), serán asumidos por la GISS como servicio común
competente para la gestión y administración de las TIC en el sistema de Seguridad Social,
provocando un incremento en su presupuesto de gastos, así como en sus funciones y, con ello, un
aumento del volumen de contratación de personal externo debido a la escasa plantilla (tanto
informática como de gestión) con que se encuentra dotada actualmente la GISS.
Por todo ello, atendiendo a la relevancia y transcendencia que, para el sistema de la Seguridad
Social, tienen las diversas funciones encomendadas a la GISS en la antes mencionada DF cuarta
del Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, este Tribunal considera que el Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones debería efectuar las actuaciones oportunas tendentes a agilizar la
tramitación y posterior aprobación, por parte del Gobierno, del Real Decreto de estructura y
competencias de la GISS, cuyo mandato se encuentra recogido en los precitados Reales
Decretos, con el fin de regular, con el rango normativo adecuado, entre otras cuestiones, las
competencias y funciones asignadas a este servicio común, así como su distribución entre las
distintas unidades y el nivel orgánico de estas. Igualmente, en este contexto, debería evaluarse la
posibilidad de elevar el rango orgánico de la GISS al de Dirección General, de acuerdo con el
artículo 58.3 de la LRJSP.
II.2. ESTADOS FINANCIEROS
El artículo 125.3 de la LGP dispone que la Intervención General de la Administración del Estado
(IGAE) ejercerá las funciones directivas y gestoras de la contabilidad pública en el ámbito de las
entidades que integran el sistema de la Seguridad Social a través de la IGSS, entre las que se
encuentra, tal y como recoge su letra b), la de elaborar la adaptación del Plan General de
Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social y someterlo
para su aprobación a la IGAE.

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Esta Resolución ha sido modificada con posterioridad mediante diferentes Resoluciones de la IGAE de 9 de mayo de
2012, 5 de julio de 2016, 9 de febrero de 2017 y 13 de abril de 2020.

cve: BOE-A-2024-25009
Verificable en https://www.boe.es

En base a las competencias anteriores, mediante Resolución de 1 de julio de 20113, de la IGAE,
se aprobó la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública (aprobado por Orden
EHA/1037/2010, de 13 de abril), a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
(APGCPSS), constituyendo el marco normativo básico por el que se regulan las obligaciones de
información y gestión contable relativas a las actividades financieras desarrolladas por la GISS.