Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25009)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización integral de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

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gastos de los ejercicios 2018 y 2019. No obstante, en la fiscalización se ha analizado cuanta
documentación, hechos y actuaciones, anteriores y posteriores a dichos ejercicios, se han
considerado oportunos para la consecución de los objetivos fijados para esta fiscalización.
I.3.

OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN

De acuerdo con las Directrices Técnicas aprobadas por el Pleno del Tribunal de Cuentas en
sesión de 25 de junio de 2020, se ha realizado una fiscalización integral, de conformidad con lo
previsto en la Norma Técnica 7.b) de las Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas,
aprobadas por su Pleno en sesión de 23 de diciembre de 2013, con el fin de verificar el
cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias a que está sometida la gestión
económico-financiera de la GISS, analizar sus estados financieros emitiendo una opinión sobre la
fiabilidad de la información que suministran los mismos en función de su adecuación a los
principios, criterios y normas contables que le resultan de aplicación, y examinar los
procedimientos de gestión, seguimiento y control implantados por este servicio común para el
desarrollo de sus competencias y funciones, verificando su sometimiento a los principios de buena
gestión.
Los objetivos específicos de la fiscalización han sido los siguientes:
1. Analizar y evaluar los procedimientos de gestión, seguimiento y control implantados por la
GISS tendentes a garantizar el cumplimiento de las funciones asignadas a este servicio común,
con el fin de verificar su sometimiento a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia y
economía.
2. Analizar el proceso de subrogación de la GISS en los derechos y obligaciones derivados de las
relaciones jurídicas previamente asumidas por la Tesorería General de la Seguridad Social
(TGSS) para el desempeño de las funciones atribuidas a la GISS.
3. Verificar la gestión de personal, evaluando los sistemas y procedimientos de control interno
implantados al respecto, y analizar si su estructura garantiza el cumplimiento de las funciones
encomendadas a dicho servicio común.
4. Analizar y evaluar si sus estados financieros han sido elaborados de conformidad con lo
previsto en las normas presupuestarias y contables que les resultan de aplicación, reflejando
fielmente su situación económica, financiera y patrimonial.
5. Evaluar el mantenimiento, gestión y control de los inventarios de los activos que conforman el
inmovilizado intangible y material de la GISS, con especial referencia a aquellos relacionados
con las aplicaciones y equipos informáticos que conforman los sistemas de información del
sistema de Seguridad Social (SISS).

7. Examinar los convenios de colaboración suscritos y las subvenciones y fondos recibidos por la
GISS para el desempeño de sus funciones.
8. Analizar las actuaciones desarrolladas por la GISS tendentes a garantizar la custodia y
administración de las bases de datos corporativas del sistema de Seguridad Social, así como

cve: BOE-A-2024-25009
Verificable en https://www.boe.es

6. Analizar la contratación celebrada por este servicio común verificando, fundamentalmente, la
contratación referida al suministro de elementos informáticos y en especial la adecuada
ejecución, seguimiento y control de los contratos de servicios de desarrollo y mantenimiento de
aplicaciones informáticas.