Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25000)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización ¿Han adaptado las Comunidades Autónomas de Cantabria y Extremadura sus planes de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales a las condiciones actuales de expansión y de desestacionalización de los incendios?
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161554
carecían de Órgano de Control Externo, las que, con gran diferencia, presentaron un mayor
porcentaje respecto del total nacional de incendios forestales en el período 2012 a 2022. En
concreto, un 15,72 % Cantabria, y un 10,09 % Extremadura, frente al 0,59 % de Murcia y al 0,47
% de La Rioja, de acuerdo con los datos facilitados por el TED.
Esta fiscalización se enmarca en los siguientes objetivos específicos y medidas del vigente Plan
Estratégico del Tribunal de Cuentas:
Cuadro 2.
MEDIDAS Y OBJETIVOS DEL PLAN ESTRATÉGICO EN LAS QUE SE
ENCUADRA LA ACTUACIÓN FISCALIZADORA
OBJETIVO ESTRATÉGICO 1: Contribuir al buen gobierno y a la mejora de la actividad económico-financiera del
sector público
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.2: Fomentar buenas prácticas de organización, gestión y control de las entidades
públicas
M 1: Desarrollar fiscalizaciones en las que se determinen las irregularidades y deficiencias detectadas en la
organización, gestión y control de las entidades públicas fiscalizadas, así como los progresos y buenas prácticas de
gestión observadas.
M 3: Fiscalizar actuaciones económico-financieras de relevancia y actualidad.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.4: Incrementar las fiscalizaciones operativas
M 4: Impulsar la realización de fiscalizaciones medioambientales.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.5: Agilizar la tramitación de los procedimientos fiscalizadores
M 1: Acortar los plazos de ejecución de las fiscalizaciones.
El ámbito subjetivo de esta fiscalización está constituido por las CCAA de Cantabria y
Extremadura, integrando el ámbito objetivo las actuaciones efectuadas por dichas Comunidades
para dar cumplimiento al Real Decreto-ley 15/2022.
La fiscalización se ha extendido a las actuaciones comprendidas entre el 3 de agosto de 2022,
fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 15/2022, y el 31 de diciembre de 2022, fecha límite
para que las CCAA adoptaran las medidas establecidas en la citada norma, sin perjuicio del
análisis de cuantos hechos y operaciones anteriores o posteriores se ha considerado oportuno
realizar para el adecuado cumplimiento de los objetivos fijados para esta fiscalización.
cve: BOE-A-2024-25000
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con las Directrices Técnicas, se ha realizado una fiscalización de cumplimiento, y
operativa, únicamente en lo que concierne al segundo de los objetivos de la fiscalización, que han
sido los siguientes:
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161554
carecían de Órgano de Control Externo, las que, con gran diferencia, presentaron un mayor
porcentaje respecto del total nacional de incendios forestales en el período 2012 a 2022. En
concreto, un 15,72 % Cantabria, y un 10,09 % Extremadura, frente al 0,59 % de Murcia y al 0,47
% de La Rioja, de acuerdo con los datos facilitados por el TED.
Esta fiscalización se enmarca en los siguientes objetivos específicos y medidas del vigente Plan
Estratégico del Tribunal de Cuentas:
Cuadro 2.
MEDIDAS Y OBJETIVOS DEL PLAN ESTRATÉGICO EN LAS QUE SE
ENCUADRA LA ACTUACIÓN FISCALIZADORA
OBJETIVO ESTRATÉGICO 1: Contribuir al buen gobierno y a la mejora de la actividad económico-financiera del
sector público
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.2: Fomentar buenas prácticas de organización, gestión y control de las entidades
públicas
M 1: Desarrollar fiscalizaciones en las que se determinen las irregularidades y deficiencias detectadas en la
organización, gestión y control de las entidades públicas fiscalizadas, así como los progresos y buenas prácticas de
gestión observadas.
M 3: Fiscalizar actuaciones económico-financieras de relevancia y actualidad.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.4: Incrementar las fiscalizaciones operativas
M 4: Impulsar la realización de fiscalizaciones medioambientales.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.5: Agilizar la tramitación de los procedimientos fiscalizadores
M 1: Acortar los plazos de ejecución de las fiscalizaciones.
El ámbito subjetivo de esta fiscalización está constituido por las CCAA de Cantabria y
Extremadura, integrando el ámbito objetivo las actuaciones efectuadas por dichas Comunidades
para dar cumplimiento al Real Decreto-ley 15/2022.
La fiscalización se ha extendido a las actuaciones comprendidas entre el 3 de agosto de 2022,
fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 15/2022, y el 31 de diciembre de 2022, fecha límite
para que las CCAA adoptaran las medidas establecidas en la citada norma, sin perjuicio del
análisis de cuantos hechos y operaciones anteriores o posteriores se ha considerado oportuno
realizar para el adecuado cumplimiento de los objetivos fijados para esta fiscalización.
cve: BOE-A-2024-25000
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con las Directrices Técnicas, se ha realizado una fiscalización de cumplimiento, y
operativa, únicamente en lo que concierne al segundo de los objetivos de la fiscalización, que han
sido los siguientes: