Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25004)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las pensiones, prestaciones y ayudas justificadas en el ejercicio 2021 con cargo al Programa 231B «Acciones en favor de los emigrantes».
98 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161938
Por otro lado, del análisis de los expedientes de la muestra seleccionados se ha observado: la
ausencia de criterios homogéneos en relación con la documentación solicitada por cada
CTMSS para la acreditación de los requisitos necesarios para la concesión de la ayuda; la
ausencia de documentación necesaria para conformar el expediente administrativo; y la
existencia de deficiencias en la documentación aportada como justificante del gasto realizado,
en concreto, en 28 expedientes (un 42,42 % de la muestra) por importe de 40.087,62 euros
(epígrafe II.3.1).
9. Durante los ejercicios 2020 y 2021 la DGM no publicó ninguna de las subvenciones
concedidas en la Base Nacional de Subvenciones regulada en el artículo 18 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hecho que dificulta la comprobación
de la existencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad y que en su conjunto
no superen el coste de la actividad subvencionada (epígrafe II.3.2).
10. En relación con el proceso de tramitación, concesión y justificación de las subvenciones del
Programa de Asociaciones (subepígrafe II.3.2.1):
a) Las cuentas justificativas con los justificantes del gasto por importe de 11.033,52 euros
del ejercicio 2020, no habían sido presentadas en el plazo de tres meses desde la
finalización de la actividad subvencionada.
b) En 15 de los expedientes de la muestra analizados (un 88,24 % de la muestra) se
incumple el plazo de seis meses para la resolución de la concesión (desde la fecha de
publicación de la convocatoria), superando en seis de ellos los siete meses (un 35,29 %
de la muestra), sin que exista constancia de acuerdo de ampliación del plazo.
c) Se ha detectado la ausencia de parte de los formularios requeridos para la formación del
expediente administrativo de las cuentas justificativas en tres de los expedientes
analizados (un 16,67 % de la muestra).
11. En relación con el proceso de tramitación, concesión y justificación de las subvenciones del
Programa de Mayores y Dependientes debe destacarse (subepígrafe II.3.2.2):
a) El retraso en la revisión de las cuentas justificativas del gasto, hasta el punto de que,
durante el primer semestre del 2022, la DGM procedió a la revisión de las cuentas
correspondientes a ayudas concedidas en los ejercicios 2017 y 2018.
c) En 13 expedientes analizados (el 100 % de la muestra) se incumple el plazo de seis
meses de resolución de la concesión (desde la fecha de publicación de la convocatoria),
sin que exista constancia de acuerdo de ampliación del plazo.
d) En cuanto al análisis de las cuentas justificativas con aportación de justificantes del gasto
seleccionadas, se han detectado tres expedientes (un 23,08 % de la muestra) con
ausencia de los correspondientes justificantes por importe de 17.531,18 euros,
circunstancia que podría dar lugar a la posible exigencia del reintegro por parte de la
DGM en los términos establecidos en la LGS y en el RLGS.
cve: BOE-A-2024-25004
Verificable en https://www.boe.es
b) La existencia de un importe de 84.215 euros (3,43 %) concedido en el ejercicio 2020 que
no ha sido justificado ya que no han sido presentadas en el plazo de tres meses desde la
finalización de la actividad subvencionada las cuentas justificativas con los justificantes
del gasto.
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161938
Por otro lado, del análisis de los expedientes de la muestra seleccionados se ha observado: la
ausencia de criterios homogéneos en relación con la documentación solicitada por cada
CTMSS para la acreditación de los requisitos necesarios para la concesión de la ayuda; la
ausencia de documentación necesaria para conformar el expediente administrativo; y la
existencia de deficiencias en la documentación aportada como justificante del gasto realizado,
en concreto, en 28 expedientes (un 42,42 % de la muestra) por importe de 40.087,62 euros
(epígrafe II.3.1).
9. Durante los ejercicios 2020 y 2021 la DGM no publicó ninguna de las subvenciones
concedidas en la Base Nacional de Subvenciones regulada en el artículo 18 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hecho que dificulta la comprobación
de la existencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad y que en su conjunto
no superen el coste de la actividad subvencionada (epígrafe II.3.2).
10. En relación con el proceso de tramitación, concesión y justificación de las subvenciones del
Programa de Asociaciones (subepígrafe II.3.2.1):
a) Las cuentas justificativas con los justificantes del gasto por importe de 11.033,52 euros
del ejercicio 2020, no habían sido presentadas en el plazo de tres meses desde la
finalización de la actividad subvencionada.
b) En 15 de los expedientes de la muestra analizados (un 88,24 % de la muestra) se
incumple el plazo de seis meses para la resolución de la concesión (desde la fecha de
publicación de la convocatoria), superando en seis de ellos los siete meses (un 35,29 %
de la muestra), sin que exista constancia de acuerdo de ampliación del plazo.
c) Se ha detectado la ausencia de parte de los formularios requeridos para la formación del
expediente administrativo de las cuentas justificativas en tres de los expedientes
analizados (un 16,67 % de la muestra).
11. En relación con el proceso de tramitación, concesión y justificación de las subvenciones del
Programa de Mayores y Dependientes debe destacarse (subepígrafe II.3.2.2):
a) El retraso en la revisión de las cuentas justificativas del gasto, hasta el punto de que,
durante el primer semestre del 2022, la DGM procedió a la revisión de las cuentas
correspondientes a ayudas concedidas en los ejercicios 2017 y 2018.
c) En 13 expedientes analizados (el 100 % de la muestra) se incumple el plazo de seis
meses de resolución de la concesión (desde la fecha de publicación de la convocatoria),
sin que exista constancia de acuerdo de ampliación del plazo.
d) En cuanto al análisis de las cuentas justificativas con aportación de justificantes del gasto
seleccionadas, se han detectado tres expedientes (un 23,08 % de la muestra) con
ausencia de los correspondientes justificantes por importe de 17.531,18 euros,
circunstancia que podría dar lugar a la posible exigencia del reintegro por parte de la
DGM en los términos establecidos en la LGS y en el RLGS.
cve: BOE-A-2024-25004
Verificable en https://www.boe.es
b) La existencia de un importe de 84.215 euros (3,43 %) concedido en el ejercicio 2020 que
no ha sido justificado ya que no han sido presentadas en el plazo de tres meses desde la
finalización de la actividad subvencionada las cuentas justificativas con los justificantes
del gasto.