Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25004)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las pensiones, prestaciones y ayudas justificadas en el ejercicio 2021 con cargo al Programa 231B «Acciones en favor de los emigrantes».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161916
Tal y como se expone en el epígrafe II.3.1 de este Informe, no existe en el programa 231B una
partida presupuestaria específica para imputar de manera diferenciada las obligaciones
reconocidas de cada uno de los programas de subvenciones convocados en cada ejercicio, sino
que se imputan de forma conjunta con las obligaciones derivadas de la ejecución de las ayudas
asistenciales extraordinarias en el subconcepto 492.01 Otras ayudas en favor de los emigrantes
mayores, dependientes y jóvenes.
Asimismo, tal y como ocurre en las ayudas asistenciales extraordinarias, no existe una aplicación
o base de datos informatizada para la realización del proceso de tramitación, valoración,
resolución y justificación de los programas de subvenciones que recoja la totalidad de la
información y los expedientes administrativos digitalizados que se originan como consecuencia de
este proceso.
Por otra parte, ninguna de las convocatorias ni de las resoluciones de concesión de las
subvenciones de los ejercicios 2020 y 2021 fueron publicadas en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, tal y como estipula el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones (LGS), lo que dificulta la comprobación de que los beneficiarios no hubieran
recibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad y que, en
conjunto, no superasen, en ningún caso, el coste de la actividad subvencionada.
II.3.2.1. PROGRAMA DE ASOCIACIONES
El Programa de Asociaciones tiene por objeto:
1. Contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las federaciones, asociaciones
y centros de españoles en el exterior.
2. Subvencionar los gastos ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de los centros
e instalaciones de entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social,
sanitaria y socio cultural en favor de los españoles en el exterior.
La regulación jurídica, los requisitos para la concesión de estas subvenciones y el procedimiento
de gestión y posterior justificación se describen en el anexo 23.
En el ejercicio 2021 el importe máximo de crédito subvencionable correspondiente a estas ayudas
e imputado en el programa 231B del presupuesto de gastos fue de 1.335.000 euros.
1. La ausencia de una base de datos informatizada o aplicación donde se recoja toda la
información referente al proceso de tramitación y justificación de los programas de
subvenciones, determina que los archivos informáticos facilitados al Tribunal por la
SGCEEPR referentes a las ayudas concedidas en el ejercicio 2021 y a las justificadas en ese
mismo ejercicio, hayan sido elaborados “ex profeso” con la información comunicada por cada
CTMSS sin que exista uniformidad en los criterios de elaboración, con el consecuente riesgo
derivado de la integración manual de los datos materializado en la existencia de errores que
han tenido que ser subsanados o aclarados.
concesión de subvenciones destinadas al programa de Jóvenes de la Dirección General de Migraciones añade a los
programas ya existentes el Programa de Jóvenes.
cve: BOE-A-2024-25004
Verificable en https://www.boe.es
A continuación, se exponen los resultados más relevantes derivados del análisis del proceso de
tramitación, concesión y justificación de las subvenciones del Programa de Asociaciones:
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161916
Tal y como se expone en el epígrafe II.3.1 de este Informe, no existe en el programa 231B una
partida presupuestaria específica para imputar de manera diferenciada las obligaciones
reconocidas de cada uno de los programas de subvenciones convocados en cada ejercicio, sino
que se imputan de forma conjunta con las obligaciones derivadas de la ejecución de las ayudas
asistenciales extraordinarias en el subconcepto 492.01 Otras ayudas en favor de los emigrantes
mayores, dependientes y jóvenes.
Asimismo, tal y como ocurre en las ayudas asistenciales extraordinarias, no existe una aplicación
o base de datos informatizada para la realización del proceso de tramitación, valoración,
resolución y justificación de los programas de subvenciones que recoja la totalidad de la
información y los expedientes administrativos digitalizados que se originan como consecuencia de
este proceso.
Por otra parte, ninguna de las convocatorias ni de las resoluciones de concesión de las
subvenciones de los ejercicios 2020 y 2021 fueron publicadas en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, tal y como estipula el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones (LGS), lo que dificulta la comprobación de que los beneficiarios no hubieran
recibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad y que, en
conjunto, no superasen, en ningún caso, el coste de la actividad subvencionada.
II.3.2.1. PROGRAMA DE ASOCIACIONES
El Programa de Asociaciones tiene por objeto:
1. Contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las federaciones, asociaciones
y centros de españoles en el exterior.
2. Subvencionar los gastos ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de los centros
e instalaciones de entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social,
sanitaria y socio cultural en favor de los españoles en el exterior.
La regulación jurídica, los requisitos para la concesión de estas subvenciones y el procedimiento
de gestión y posterior justificación se describen en el anexo 23.
En el ejercicio 2021 el importe máximo de crédito subvencionable correspondiente a estas ayudas
e imputado en el programa 231B del presupuesto de gastos fue de 1.335.000 euros.
1. La ausencia de una base de datos informatizada o aplicación donde se recoja toda la
información referente al proceso de tramitación y justificación de los programas de
subvenciones, determina que los archivos informáticos facilitados al Tribunal por la
SGCEEPR referentes a las ayudas concedidas en el ejercicio 2021 y a las justificadas en ese
mismo ejercicio, hayan sido elaborados “ex profeso” con la información comunicada por cada
CTMSS sin que exista uniformidad en los criterios de elaboración, con el consecuente riesgo
derivado de la integración manual de los datos materializado en la existencia de errores que
han tenido que ser subsanados o aclarados.
concesión de subvenciones destinadas al programa de Jóvenes de la Dirección General de Migraciones añade a los
programas ya existentes el Programa de Jóvenes.
cve: BOE-A-2024-25004
Verificable en https://www.boe.es
A continuación, se exponen los resultados más relevantes derivados del análisis del proceso de
tramitación, concesión y justificación de las subvenciones del Programa de Asociaciones: