Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25004)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las pensiones, prestaciones y ayudas justificadas en el ejercicio 2021 con cargo al Programa 231B «Acciones en favor de los emigrantes».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161914
Así, se constata que en ninguno de los ejercicios posteriores a la entrada en vigor de las
citadas instrucciones se han llevado a cabo actividades de control y seguimiento por parte de
esta Subdirección, poniendo de manifiesto las deficiencias y limitaciones en el proceso de
gestión y control de estas ayudas.
3. Durante el ejercicio 2021, las CTMSS ejecutaron el 94,32 % de los importes anuales
concedidos por la DGM para las ayudas asistenciales extraordinarias (1.107.161,29 euros con
el detalle por CTMSS que figura en el anexo 20) y otorgaron ayudas a un total de 1.205
beneficiarios. La totalidad de los importes no ejecutados, 66.698,81 euros, fueron
comunicados por las CTMSS a la DGM28.
Respecto al ejercicio 2020, tanto los importes ejecutados como el número de beneficiarios se
incrementaron en un 30,81 % y un 32,27 %, respectivamente29, ya que las limitaciones
existentes durante el año 2020 consecuencia de la pandemia de COVID-19, provocaron que
el número de solicitudes presentadas y concedidas fueran inferiores al habitual.
En cuanto al grado de ejecución de las ayudas, pese a ser un porcentaje elevado en su
totalidad (94,32 %), llama la atención que las CTMSS en Brasil y Canadá solo ejecutaran el
24,04 % y el 27,28 % de los importes asignados.
Por otro lado, es destacable la variabilidad respecto al número de beneficiarios y a los
importes concedidos y ejecutados por cada CTMSS resultado de las diferencias sociales y
sanitarias existentes entre los distintos países. Las CTMSS en Venezuela y Cuba con 537
(44,56 % sobre el total) y 274 (un 22,74 % sobre el total) beneficiarios respectivamente, son
las que otorgaron ayudas a mayor número de solicitantes.
4. Del examen de la documentación contenida en los 66 expedientes seleccionados de la
muestra correspondientes a estas ayudas solicitadas y resueltas en los ejercicios 2019 a
202130 se han observado las siguientes incidencias:
a) Ausencia de criterios homogéneos en la documentación solicitada por cada CTMSS para
la acreditación de la carencia de recursos o de la extraordinaria necesidad, y para la
justificación del gasto.
De esta forma, dependiendo del país, la documentación que acompaña al expediente
varía de forma significativa: para la acreditación de la carencia de recursos se exige
desde una simple relación de gastos e ingresos hasta certificados de ingresos y
movimientos de cuentas bancarias, mientras que para la justificación de los gastos los
documentos presentados varían desde simples listados con una relación de gastos que
es certificada por el/la Consejero/a o tiques de compra, a veces ilegibles, hasta facturas
acompañadas de un presupuesto detallado.
Cada CTMSS procede a comunicar la existencia de crédito no ejecutado y a la incorporación del remanente en la
cuenta de gestión correspondiente a los pagos librados del período siguiente al que se originó, conforme a lo dispuesto
en el Real Decreto 938/2005, de 29 de julio, por el que se dictan normas sobre el seguimiento y aplicación contable de
los fondos disponibles en los servicios exteriores.
29 En el ejercicio 2020 el importe de ayudas ejecutadas por las CTMSS ascendió a 846.409,54 euros y el número de
beneficiarios a 911.
30 Debido a que los expedientes no se cierran hasta que no se comprueba la justificación del gasto, pudiendo este
hecho producirse bastantes meses después de la fecha de solicitud de la ayuda, se ha procedido a seleccionar ayudas
concedidas en los ejercicios 2019, 2020 y 2021, concretamente: 5 expedientes del 2019 por importe de 9.200 euros, 10
expedientes del 2020 por importe de 15.085,11 euros y 51 expedientes del 2021 por importe de 69.413,53 euros.
cve: BOE-A-2024-25004
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161914
Así, se constata que en ninguno de los ejercicios posteriores a la entrada en vigor de las
citadas instrucciones se han llevado a cabo actividades de control y seguimiento por parte de
esta Subdirección, poniendo de manifiesto las deficiencias y limitaciones en el proceso de
gestión y control de estas ayudas.
3. Durante el ejercicio 2021, las CTMSS ejecutaron el 94,32 % de los importes anuales
concedidos por la DGM para las ayudas asistenciales extraordinarias (1.107.161,29 euros con
el detalle por CTMSS que figura en el anexo 20) y otorgaron ayudas a un total de 1.205
beneficiarios. La totalidad de los importes no ejecutados, 66.698,81 euros, fueron
comunicados por las CTMSS a la DGM28.
Respecto al ejercicio 2020, tanto los importes ejecutados como el número de beneficiarios se
incrementaron en un 30,81 % y un 32,27 %, respectivamente29, ya que las limitaciones
existentes durante el año 2020 consecuencia de la pandemia de COVID-19, provocaron que
el número de solicitudes presentadas y concedidas fueran inferiores al habitual.
En cuanto al grado de ejecución de las ayudas, pese a ser un porcentaje elevado en su
totalidad (94,32 %), llama la atención que las CTMSS en Brasil y Canadá solo ejecutaran el
24,04 % y el 27,28 % de los importes asignados.
Por otro lado, es destacable la variabilidad respecto al número de beneficiarios y a los
importes concedidos y ejecutados por cada CTMSS resultado de las diferencias sociales y
sanitarias existentes entre los distintos países. Las CTMSS en Venezuela y Cuba con 537
(44,56 % sobre el total) y 274 (un 22,74 % sobre el total) beneficiarios respectivamente, son
las que otorgaron ayudas a mayor número de solicitantes.
4. Del examen de la documentación contenida en los 66 expedientes seleccionados de la
muestra correspondientes a estas ayudas solicitadas y resueltas en los ejercicios 2019 a
202130 se han observado las siguientes incidencias:
a) Ausencia de criterios homogéneos en la documentación solicitada por cada CTMSS para
la acreditación de la carencia de recursos o de la extraordinaria necesidad, y para la
justificación del gasto.
De esta forma, dependiendo del país, la documentación que acompaña al expediente
varía de forma significativa: para la acreditación de la carencia de recursos se exige
desde una simple relación de gastos e ingresos hasta certificados de ingresos y
movimientos de cuentas bancarias, mientras que para la justificación de los gastos los
documentos presentados varían desde simples listados con una relación de gastos que
es certificada por el/la Consejero/a o tiques de compra, a veces ilegibles, hasta facturas
acompañadas de un presupuesto detallado.
Cada CTMSS procede a comunicar la existencia de crédito no ejecutado y a la incorporación del remanente en la
cuenta de gestión correspondiente a los pagos librados del período siguiente al que se originó, conforme a lo dispuesto
en el Real Decreto 938/2005, de 29 de julio, por el que se dictan normas sobre el seguimiento y aplicación contable de
los fondos disponibles en los servicios exteriores.
29 En el ejercicio 2020 el importe de ayudas ejecutadas por las CTMSS ascendió a 846.409,54 euros y el número de
beneficiarios a 911.
30 Debido a que los expedientes no se cierran hasta que no se comprueba la justificación del gasto, pudiendo este
hecho producirse bastantes meses después de la fecha de solicitud de la ayuda, se ha procedido a seleccionar ayudas
concedidas en los ejercicios 2019, 2020 y 2021, concretamente: 5 expedientes del 2019 por importe de 9.200 euros, 10
expedientes del 2020 por importe de 15.085,11 euros y 51 expedientes del 2021 por importe de 69.413,53 euros.
cve: BOE-A-2024-25004
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