Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25004)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las pensiones, prestaciones y ayudas justificadas en el ejercicio 2021 con cargo al Programa 231B «Acciones en favor de los emigrantes».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 161898

tengan un mayor grado de necesidad. El anexo 8 recoge el marco jurídico de esta prestación y los
requisitos para su percepción.

El artículo 13 de la Orden TAS/1967/2005, de 24 de junio, establece las competencias para la
instrucción del procedimiento en función del país de residencia del solicitante: a) la SGCEEPR en
el caso de ciudadanos retornados y residentes en España y b) las CTMSS cuando son residentes
en el extranjero8. En ambos supuestos la gestión del procedimiento se realiza a través de la
aplicación SGPRN.

En el análisis efectuado sobre la gestión de esta prestación económica se han observado las
siguientes incidencias:
1. Al final del ejercicio 2021 el número de beneficiarios de la prestación económica para “Niños
de la Guerra” ascendió a 792 y el importe de obligaciones reconocidas netas imputadas a
presupuesto fue de 4.005.610,77 euros (3.606.213,75 euros corresponden a 707 beneficiarios
residentes en el exterior y 399.397,02 euros a 85 beneficiarios retornados y residentes en
España).

Del detalle mostrado en el anexo 9 referente a beneficiarios residentes en el extranjero (26
países) que percibieron esta prestación económica en el ejercicio 2021, se observa que los
países donde reside un mayor número de perceptores son los Estados Unidos Mexicanos
(México), Argentina y República de Chile (Chile), que suponen el 35,22 %, el 16,69 % y el
11,17 % respectivamente. Por el contrario, existen países en los que el número de perceptores
es muy bajo, existiendo un único beneficiario en cinco países y dos en otros cinco.

Al igual que sucede con las prestaciones económicas por razones de necesidad, en estas prestaciones económicas
existen tres tipos de solicitudes: nuevas, renovaciones y herederos.
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cve: BOE-A-2024-25004
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2. Si se observa la evolución del número de beneficiarios de la prestación desde su inicio en
2005 hasta el ejercicio 2021, tal y como se muestra en el siguiente gráfico, y se detalla en el
anexo 10, existe una clara tendencia decreciente en el número de perceptores como lógica
consecuencia de la elevada edad de los beneficiarios y del número irrelevante de nuevas
solicitudes que se presentan cada año que, como se verá a continuación, son en su mayor
parte solicitudes de renovación.