Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25006)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los contratos de la Administración General del Estado vinculados a las Políticas de gasto 13 «Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias», 31 «Sanidad» y 32 «Educación», ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 162079
INCIDENCIAS ESPECÍFICAS DE CONTRATOS DE OBRAS: ACTA DE COMPROBACIÓN DEL
REPLANTEO
El contrato n.º 542 se formaliza el 12 de agosto de 2021 y el 14 de octubre de 2021, ya vencido el
plazo del mes impuesto por la normativa, se firma un acuerdo por el que se retrasa la firma del acta de
comprobación de replanteo y con ello del inicio de la obra 4 meses, con fundamento en la necesidad
de organizar la forma de realizar y definir las demoliciones de forjados, y la necesidad de coordinar
con la comunidad de propietarios determinadas actuaciones pese a que debían de estar previstas
pues se habían valorado como criterios de adjudicación38.
Ejecución y Pago
A.- Ejecución
A.1.- CONTROL DE LA EJECUCIÓN
En los contratos examinados se han detectado una serie de incidencias y eventualidades producidas
en su ejecución, así como en el control que debería haberse llevado a cabo al objeto de comprobar la
correcta ejecución, que resultan ser:
En el contrato n.º 532 el PPT en su clausula 4.2.4, establece el control a efectuar a la recepción de los
suministros y en la cláusula 4.6 del mismo, el control y seguimiento del contrato.
En este sentido se remiten albaranes de recepción con distintas firmas, de gestión económica, del
departamento de cocina y conforme al PPT únicamente estarán autorizados para firmar la conformidad
en los albaranes, por parte de FREMAP, el responsable de cocina o aquellos designados
expresamente por éstos. Además, de ellos no se deduce haberse seguido el procedimiento de
reconocimiento de alimentos previsto en el PPT, ni los albaranes se acompañan de la etiqueta de
registro sanitario, fecha de pedido y fecha y hora de entrega como exige el PPT.
En dicho contrato se nombra responsable del contrato, sin que consten realizados los controles ni
solicitados al adjudicatario los informes de gestión previstos en la cláusula 4.6 del PPT.
En el contrato n.º 533, de suministro de material de ortopedia para pacientes de FREMAP, fuera de la
designación del responsable del contrato, no consta actuación alguna, de las previstas en la cláusula
5.1 y 2 del PPT, en orden a controlar la ejecución del contrato de suministro.
En el contrato n.º 535 se prevé en la cláusula 3 del PPT la designación de un responsable del contrato
y de un responsable del control y seguimiento del contrato, debiendo controlar y verificar las
realizaciones.
Estos nombramientos constan efectuados, sin embargo, no consta actuación alguna por parte de los
mismos, en orden a controlar la ejecución del contrato, pese a que la cláusula 7 del PPT dispone que
la Mutua se reserva el derecho a inspeccionar, sin previo aviso, el servicio y extender las
correspondientes actas al efecto, que se trasladarán a la empresa adjudicataria, viéndose obligada a
subsanar las deficiencias que en las mismas se contemplen, indicando las actuaciones que en orden a
controlar la efectiva prestación del servicio puede efectuar la Mutua. Esta falta de actuación de los
responsables del contrato se ha observado también en los contratos 539, 547, 552 y 556.
38
Lo alegado no desvirtúa el contenido del informe.
cve: BOE-A-2024-25006
Verificable en https://www.boe.es
En el contrato n.º 536, el acta de comprobación de replanteo se firma el 8 de septiembre de 2021,
estando la primera certificación de la obra fechada el 4 de julio de 2021, por importe de 375.037,85, si
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 162079
INCIDENCIAS ESPECÍFICAS DE CONTRATOS DE OBRAS: ACTA DE COMPROBACIÓN DEL
REPLANTEO
El contrato n.º 542 se formaliza el 12 de agosto de 2021 y el 14 de octubre de 2021, ya vencido el
plazo del mes impuesto por la normativa, se firma un acuerdo por el que se retrasa la firma del acta de
comprobación de replanteo y con ello del inicio de la obra 4 meses, con fundamento en la necesidad
de organizar la forma de realizar y definir las demoliciones de forjados, y la necesidad de coordinar
con la comunidad de propietarios determinadas actuaciones pese a que debían de estar previstas
pues se habían valorado como criterios de adjudicación38.
Ejecución y Pago
A.- Ejecución
A.1.- CONTROL DE LA EJECUCIÓN
En los contratos examinados se han detectado una serie de incidencias y eventualidades producidas
en su ejecución, así como en el control que debería haberse llevado a cabo al objeto de comprobar la
correcta ejecución, que resultan ser:
En el contrato n.º 532 el PPT en su clausula 4.2.4, establece el control a efectuar a la recepción de los
suministros y en la cláusula 4.6 del mismo, el control y seguimiento del contrato.
En este sentido se remiten albaranes de recepción con distintas firmas, de gestión económica, del
departamento de cocina y conforme al PPT únicamente estarán autorizados para firmar la conformidad
en los albaranes, por parte de FREMAP, el responsable de cocina o aquellos designados
expresamente por éstos. Además, de ellos no se deduce haberse seguido el procedimiento de
reconocimiento de alimentos previsto en el PPT, ni los albaranes se acompañan de la etiqueta de
registro sanitario, fecha de pedido y fecha y hora de entrega como exige el PPT.
En dicho contrato se nombra responsable del contrato, sin que consten realizados los controles ni
solicitados al adjudicatario los informes de gestión previstos en la cláusula 4.6 del PPT.
En el contrato n.º 533, de suministro de material de ortopedia para pacientes de FREMAP, fuera de la
designación del responsable del contrato, no consta actuación alguna, de las previstas en la cláusula
5.1 y 2 del PPT, en orden a controlar la ejecución del contrato de suministro.
En el contrato n.º 535 se prevé en la cláusula 3 del PPT la designación de un responsable del contrato
y de un responsable del control y seguimiento del contrato, debiendo controlar y verificar las
realizaciones.
Estos nombramientos constan efectuados, sin embargo, no consta actuación alguna por parte de los
mismos, en orden a controlar la ejecución del contrato, pese a que la cláusula 7 del PPT dispone que
la Mutua se reserva el derecho a inspeccionar, sin previo aviso, el servicio y extender las
correspondientes actas al efecto, que se trasladarán a la empresa adjudicataria, viéndose obligada a
subsanar las deficiencias que en las mismas se contemplen, indicando las actuaciones que en orden a
controlar la efectiva prestación del servicio puede efectuar la Mutua. Esta falta de actuación de los
responsables del contrato se ha observado también en los contratos 539, 547, 552 y 556.
38
Lo alegado no desvirtúa el contenido del informe.
cve: BOE-A-2024-25006
Verificable en https://www.boe.es
En el contrato n.º 536, el acta de comprobación de replanteo se firma el 8 de septiembre de 2021,
estando la primera certificación de la obra fechada el 4 de julio de 2021, por importe de 375.037,85, si