Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25003)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
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Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161730
Contrato 18/2021, adjudicado por la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, por
importe de 4.681.388,58 euros y cuyo objeto es la guarda y atención integral a menores
en el centro educativo residencial de menores Fuerte de la Purísima Concepción.
La prestación contratada se venía realizando en virtud del contrato formalizado en 2018 con el
mismo objeto, cuyo importe de adjudicación fue de 8.765.292 euros y que tenía plazo de
ejecución de 2 años, prorrogable por 2 años más, es decir, resultaba prorrogable hasta 2022.
En enero de 2021, el órgano de contratación planteó la prórroga del contrato; sin embargo, ante
la falta del preceptivo pronunciamiento sobre la misma de la Comisión de Distritos, Juventud,
Participación Ciudadana, Familia y Menor, se adjudicó por procedimiento de emergencia el
contrato analizado.
Al igual que en el contrato anterior, la falta de planificación y adecuada gestión administrativa
en la atención de necesidades ya conocidas no justifican la tramitación por emergencia, por lo
que se vulneró, también en este caso, el artículo 120 de la LCSP.
•
Contrato 19/2021 y contrato 20/2021, por importes, respectivamente de 285.360 y 270.480
euros. Ambos adjudicados por la Empresa de Vivienda y Suelo de Melilla, S.A. El primero
para el control de acceso, mantenimiento y limpieza del aparcamiento de Isla Talleres y
el segundo, para llevar a cabo el mismo objeto en el aparcamiento de Plaza de las
Culturas. Los dos aparcamientos son propiedad de la empresa adjudicataria.
Estos dos contratos tienen calificación SARA (Sujeto a Regulación Armonizada), por lo que
están sujetos a publicidad estatal y autonómica, así como en el Diario Oficial de la Unión
Europea (DOUE), de conformidad con el artículo 22 de la LCSP. Sin embargo, como
consecuencia de un error de calificación no se ha procedido a su publicación en los diarios
europeos. Esta omisión ha provocado una limitación en la publicidad y en la concurrencia en la
licitación.
II.2.4. Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliegos de Prescripciones
Técnicas
En el análisis de la tramitación de los contratos se ha considerado de especial interés verificar la
conformidad de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de los pliegos de
prescripciones técnicas a los artículos 122 y 126 de la LCSP, así como al artículo 68 del Reglamento
General Ley Contratos Administraciones Públicas (RGLCAP), respectivamente.
Comunidad Autónoma de Cantabria
Contrato 3/2021, adjudicado por la Consejería de obras Públicas, Ordenación del
Territorio y Urbanismo, por importe de 1.334.527,27 euros, para reparaciones puntuales
mediante doble tratamiento superficial en carreteras autonómicas de las zonas CentroOriental y Sur.
Se designó responsable del contrato al Servicio de Carreteras Autonómicas, lo que contravino
el artículo 62.2 de la LCSP, que exige que en los contratos de obras las facultades del
responsable del contrato sean ejercidas por el Director Facultativo, a quien, en este caso, no se
atribuyó esta función. Ello sin perjuicio de que en las certificaciones de obras consta que estas
facultades fueron ejercidas por el Director Facultativo.
cve: BOE-A-2024-25003
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 289
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Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161730
Contrato 18/2021, adjudicado por la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, por
importe de 4.681.388,58 euros y cuyo objeto es la guarda y atención integral a menores
en el centro educativo residencial de menores Fuerte de la Purísima Concepción.
La prestación contratada se venía realizando en virtud del contrato formalizado en 2018 con el
mismo objeto, cuyo importe de adjudicación fue de 8.765.292 euros y que tenía plazo de
ejecución de 2 años, prorrogable por 2 años más, es decir, resultaba prorrogable hasta 2022.
En enero de 2021, el órgano de contratación planteó la prórroga del contrato; sin embargo, ante
la falta del preceptivo pronunciamiento sobre la misma de la Comisión de Distritos, Juventud,
Participación Ciudadana, Familia y Menor, se adjudicó por procedimiento de emergencia el
contrato analizado.
Al igual que en el contrato anterior, la falta de planificación y adecuada gestión administrativa
en la atención de necesidades ya conocidas no justifican la tramitación por emergencia, por lo
que se vulneró, también en este caso, el artículo 120 de la LCSP.
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Contrato 19/2021 y contrato 20/2021, por importes, respectivamente de 285.360 y 270.480
euros. Ambos adjudicados por la Empresa de Vivienda y Suelo de Melilla, S.A. El primero
para el control de acceso, mantenimiento y limpieza del aparcamiento de Isla Talleres y
el segundo, para llevar a cabo el mismo objeto en el aparcamiento de Plaza de las
Culturas. Los dos aparcamientos son propiedad de la empresa adjudicataria.
Estos dos contratos tienen calificación SARA (Sujeto a Regulación Armonizada), por lo que
están sujetos a publicidad estatal y autonómica, así como en el Diario Oficial de la Unión
Europea (DOUE), de conformidad con el artículo 22 de la LCSP. Sin embargo, como
consecuencia de un error de calificación no se ha procedido a su publicación en los diarios
europeos. Esta omisión ha provocado una limitación en la publicidad y en la concurrencia en la
licitación.
II.2.4. Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliegos de Prescripciones
Técnicas
En el análisis de la tramitación de los contratos se ha considerado de especial interés verificar la
conformidad de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de los pliegos de
prescripciones técnicas a los artículos 122 y 126 de la LCSP, así como al artículo 68 del Reglamento
General Ley Contratos Administraciones Públicas (RGLCAP), respectivamente.
Comunidad Autónoma de Cantabria
Contrato 3/2021, adjudicado por la Consejería de obras Públicas, Ordenación del
Territorio y Urbanismo, por importe de 1.334.527,27 euros, para reparaciones puntuales
mediante doble tratamiento superficial en carreteras autonómicas de las zonas CentroOriental y Sur.
Se designó responsable del contrato al Servicio de Carreteras Autonómicas, lo que contravino
el artículo 62.2 de la LCSP, que exige que en los contratos de obras las facultades del
responsable del contrato sean ejercidas por el Director Facultativo, a quien, en este caso, no se
atribuyó esta función. Ello sin perjuicio de que en las certificaciones de obras consta que estas
facultades fueron ejercidas por el Director Facultativo.
cve: BOE-A-2024-25003
Verificable en https://www.boe.es
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