Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25001)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación celebrada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 161621

en el artículo 147 de la LCSP. Además de lo anterior, en ocho expedientes se valora como criterio
objetivo de adjudicación el compromiso de la empresa adjudicataria de “… contratar personal
femenino para los casos de sustituciones por vacaciones, licencias, permisos …” o la existencia de
un “…plan de igualdad entre mujeres y hombres en la empresa licitadora…”, y en 9 expedientes se
ha incluido como condición especial de ejecución el compromiso de la empresa contratista de
adoptar medidas que fomenten la igualdad en el trabajo, si bien no se concretan medidas
específicas que permitan verificar su cumplimiento durante la ejecución del contrato12. Ambas
cuestiones se han analizado en el epígrafe II.2.2 del presente informe.
II.4.3. Cuestiones relacionadas con la sostenibilidad ambiental
En 2 expedientes (números 26 y 53 del anexo 2) se estableció en el PPT como parte de las
obligaciones de la empresa contratista que se utilizaran “…productos de limpieza catalogados con
etiqueta ECOLABEL…biodegradables y exentos de sustancias peligrosas…”, “…materiales …
reciclables al 100 %” o “…recogida selectiva de residuos y su depósito en los puntos limpios
existentes…”, y otros similares.
Asimismo, en los PCAP de 7 expedientes (1, 2, 4, 61, 63, 64 y 66 del anexo 2), se han incluido
condiciones especiales de ejecución relacionadas con la sostenibilidad ambiental, tales como, la
obligación de “…adoptar, durante el plazo de ejecución del contrato, las medidas necesarias para
el mantenimiento o mejora de los valores medioambientales …” exigiéndose, en unos casos, que,
al menos una parte, “… de los productos retirados en la ejecución sean reciclados…”, (expedientes
números 1 y 4 del anexo 2) y, en otros casos, “… la instalación de al menos dos medidas de
reducción de consumo de energía durante la ejecución del contrato…” (expedientes números 2 y 4
del anexo 2), extremos que fueron acreditados por la empresa contratista.
II.5. SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES FORMULADAS EN EL INFORME DE
FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA POR LAS ENTIDADES GESTORAS Y
SERVICIOS COMUNES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ADSCRITOS A LA SECRETARÍA DE
ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, EJERCICIO 2018
En el Informe de fiscalización de la contratación celebrada por las Entidades Gestoras y Servicios
Comunes de la Seguridad Social, adscritos a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social,
ejercicio 2018, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas, en sesión de 29 de octubre de 2020,
se formularon distintas recomendaciones que afectaban al INSS. A continuación, se exponen
sintéticamente dichas recomendaciones, así como el resultado extraído del seguimiento realizado
de su cumplimiento sobre la muestra de contratos fiscalizados.

Tras el análisis de los contratos fiscalizados se ha comprobado que la necesidad de contratar y el
estudio económico aportado se encuentran suficientemente justificados y documentados y, por
tanto, la recomendación se considera íntegramente cumplida.
Recomendación 2: Justificar debidamente en el expediente los motivos de no dividir en lotes el
objeto de los contratos, dejando constancia expresa de las razones concurrentes que dificultan
12

Ver nota a pie de página número 8.

cve: BOE-A-2024-25001
Verificable en https://www.boe.es

Recomendación 1: Justificar en el expediente, con la suficiente precisión, la necesidad concreta que
pretende cubrirse con el contrato proyectado, sus características y extensión, así como elaborar
una memoria, estimación o estudio económico.