Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25001)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación celebrada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 161618

del precio del contrato, en lugar de la garantía ordinaria del 5 %, lo que, lógicamente, resultó
más gravoso para el contratista10.
II.2.3. Publicidad y otros aspectos formales
-

En el expediente número 3 del anexo 2, la publicación de la formalización del contrato en el BOE
se produjo transcurridos trescientos setenta y tres días desde su perfeccionamiento (artículo
154.1 de la LCSP).

-

En los expedientes 11 y 28 del anexo 2, se omitió la publicación del contrato en el DOUE
resultando obligatorio por tratarse de contratos sujetos a regulación armonizada.

-

En 11 expedientes de los 66 analizados (el 16,67 %) no aparecen publicados en la Plataforma
de Contratos del Sector público algunos de los documentos que resultan obligatorios en virtud
del artículo 63.3 de la LCSP. Así, a modo de ejemplo, en los expedientes 37, 44, 45, 50 y 51 del
anexo 2, no consta la publicación de la memoria justificativa del contrato, el informe de
insuficiencia de medios y la aprobación del expediente; en los expedientes 12, 17, 36, 37, 42 y
50 del anexo 2, faltan las actas de la mesa de contratación y los informes de valoración de las
ofertas, y, en los expedientes números 37 y 50 del anexo 2, no figura la composición de la mesa
de contratación.

-

En 32 expedientes (el 48,48 %), la designación efectuada tanto del responsable del contrato
como del coordinador de la empresa adjudicataria se realizó con posterioridad a la fecha de
formalización del contrato, incumpliendo lo previsto en los PCAP que establecen que “La
designación…, tanto del responsable del contrato como del coordinador de la empresa
contratista, será formalizada por escrito y facilitada por ambas partes en el momento de la
formalización del contrato…” (expedientes números 1, 4, 7, 10, 12, 13, 14, 16, 17, 22, 25, 27,
28, 29, 32, 34, 39, 40, 41, 43, 44, 45, 47, 48, 49, 52, 53, 55, 57, 58, 59 y 63 del anexo 2).

II.3. ANÁLISIS DE LA EJECUCIÓN Y PAGO DE LOS CONTRATOS

-

En el expediente número 1 del anexo 2, consta una ampliación del plazo inicial de 6 meses en
otros 6 meses adicionales, así como el acta de comprobación del replanteo de un proyecto
modificado del contrato, de fecha 8 de junio de 2022, por un importe máximo de 107.280,22
euros, que incrementa el 13,2 % la cuantía del contrato y amplía en dos meses el plazo, sin que
conste en el expediente información al respecto de las causas que dieron lugar a dicho
modificado, habiendo sido solicitada por este Tribunal.

-

En el expediente número 3 del anexo 2, las obras de reforma y acondicionamiento del CAISS
de El Ejido (Almería), tenían fijado un plazo inicial de seis meses, debiendo terminar el 7 de
enero de 2022. El plazo de ejecución previsto fue ampliado en 2 meses como consecuencia de
una modificación del contrato. Tras esta primera modificación se sucedieron 3 ampliaciones de
plazo adicionales, retrasándose la finalización de las obras hasta el 25 de mayo de 2022. Sin
embargo, no finalizaron de hecho hasta el 6 de julio de 2022, tras concederse a la empresa
contratista una nueva ampliación final del plazo. Como consecuencia del retraso (que en total

10

La Directora General del INSS informa, en el trámite de alegaciones, que “…a partir del 17 de enero de 2022…” se
han aprobado “…nuevos pliegos tipo, en los que ha sido modificado el criterio para apreciar las ofertas anormalmente
bajas para el caso de presentarse a la licitación una única empresa…”.

cve: BOE-A-2024-25001
Verificable en https://www.boe.es

II.3.1. Ejecución