Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25002)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación celebrada en ejecución del Programa 261O «Ordenación y fomento de la edificación», ejercicio 2021.
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161665
fabricación de ciertos materiales y elementos singulares …", por el "tiempo necesario para la
comprobación, revisión y verificación de todas las instalaciones y pruebas necesarias en los
diversos elementos y mecanismos que componen la obra" y los "numerosos retrasos en el
suministro y colocación de diversos materiales y componentes …". Dichos motivos aducidos
reiteradamente en las sucesivas ampliaciones solicitadas resultan imprecisos ya que no se
indica a qué tipo de suministros se refiere o en qué consisten las dificultades en la
colocación de los materiales que justifican las ampliaciones del plazo.
•
En el contrato cuyo objeto fue la realización de las obras en un nuevo centro de
interpretación del románico, la restauración de la fachada consistorial y la reforma de la
Plaza Ildefonso San Millán, en Treviana (La Rioja) (expediente número 3 del anexo 1), se
produjeron las siguientes incidencias:
•
Las obras se iniciaron el 21 de mayo de 2021, estando prevista su finalización el 21 de
noviembre de 2022 (en un plazo de 18 meses). Sin embargo, 2 meses después de su inicio,
el 28 julio de 2021, se acordó la suspensión de la obra y el 8 de septiembre 2021 fue
firmada el acta de suspensión temporal total, habiéndose ejecutado únicamente un 4 % del
importe total del contrato, siendo necesario tramitar un modificado del proyecto inicial para
poder continuar la ejecución de las obras. La necesidad de aprobar el modificado, según
consta en el expediente, se debe a que "Tras la primera fase de las demoliciones, que
incluyó la retirada de la cubierta y del forjado bajocubierta, así como la limpieza interior del
inmueble, se ha observado el estado y las dimensiones reales de los muros de fachada
existentes y surgen dudas respecto a su correspondencia con la resistencia prevista para el
cálculo general de las estructuras del edificio”. Se indica además que la “…situación es
crítica ya que la solución constructiva pasa por sustentar los forjados de hormigón armado,
los muros de hormigón de arranque de la cubierta y la propia cubierta, sobre las fachadas
existentes". Estas circunstancias hacen necesario “…ejecutar nuevas unidades de obra, no
incluidas en el proyecto, algunas de las cuales se consideran críticas para asegurar la
estabilidad del inmueble y cuya definición requiere un estudio de las condiciones reales en
las que se encuentra la estructura muraria existente y la propuesta de una solución
alternativa de apoyo para la nueva estructura horizontal prevista en proyecto.”
Adicionalmente, cabe señalar que en el oficio que consta en el expediente dirigido desde la
Subdirección General de la Arquitectura y Edificación (SGAE) a la dirección facultativa, de
fecha 1 de febrero de 2022, se indica que existen algunos incumplimientos del Código
Técnico de Edificación (CTE) en el proyecto, con respecto a la “…plaza a reformar…” y “…la
escalera en el interior del inmueble…”.
•
Asimismo, según se desprende de la documentación incorporada al expediente, durante la
tramitación del citado modificado se produjeron discrepancias entre la DGAUA y la dirección
facultativa de las obras en relación con las posibles soluciones a adoptar que retrasaron
cve: BOE-A-2024-25002
Verificable en https://www.boe.es
j)
Asimismo, consta un acta de recepción de las obras con observaciones, de 3 de febrero de
2022, de la que se deduce, según la documentación que se adjunta, que quedaban partidas
pendientes de ejecutar. El acta de recepción positiva es de 1 de junio de 2022, si bien
figuran recepcionadas obras por un importe de 136.718,73 euros que resulta inferior al
contratado, cuya cuantía es de 156. 494,09 euros. Dicha circunstancia es indicativa de que
las obras podrían no haberse ejecutado en su totalidad teniendo en cuenta que, en el mes
de noviembre de 2022, fecha de remisión de la documentación relativa al expediente
solicitada a la DGAUA por este Tribunal, no había sido aprobada la certificación final de las
obras (artículo 243.1 de la LCSP). Cabe añadir al respecto que se dio la circunstancia de
que la empresa adjudicataria había estado incursa inicialmente en presunción de
anormalidad.
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161665
fabricación de ciertos materiales y elementos singulares …", por el "tiempo necesario para la
comprobación, revisión y verificación de todas las instalaciones y pruebas necesarias en los
diversos elementos y mecanismos que componen la obra" y los "numerosos retrasos en el
suministro y colocación de diversos materiales y componentes …". Dichos motivos aducidos
reiteradamente en las sucesivas ampliaciones solicitadas resultan imprecisos ya que no se
indica a qué tipo de suministros se refiere o en qué consisten las dificultades en la
colocación de los materiales que justifican las ampliaciones del plazo.
•
En el contrato cuyo objeto fue la realización de las obras en un nuevo centro de
interpretación del románico, la restauración de la fachada consistorial y la reforma de la
Plaza Ildefonso San Millán, en Treviana (La Rioja) (expediente número 3 del anexo 1), se
produjeron las siguientes incidencias:
•
Las obras se iniciaron el 21 de mayo de 2021, estando prevista su finalización el 21 de
noviembre de 2022 (en un plazo de 18 meses). Sin embargo, 2 meses después de su inicio,
el 28 julio de 2021, se acordó la suspensión de la obra y el 8 de septiembre 2021 fue
firmada el acta de suspensión temporal total, habiéndose ejecutado únicamente un 4 % del
importe total del contrato, siendo necesario tramitar un modificado del proyecto inicial para
poder continuar la ejecución de las obras. La necesidad de aprobar el modificado, según
consta en el expediente, se debe a que "Tras la primera fase de las demoliciones, que
incluyó la retirada de la cubierta y del forjado bajocubierta, así como la limpieza interior del
inmueble, se ha observado el estado y las dimensiones reales de los muros de fachada
existentes y surgen dudas respecto a su correspondencia con la resistencia prevista para el
cálculo general de las estructuras del edificio”. Se indica además que la “…situación es
crítica ya que la solución constructiva pasa por sustentar los forjados de hormigón armado,
los muros de hormigón de arranque de la cubierta y la propia cubierta, sobre las fachadas
existentes". Estas circunstancias hacen necesario “…ejecutar nuevas unidades de obra, no
incluidas en el proyecto, algunas de las cuales se consideran críticas para asegurar la
estabilidad del inmueble y cuya definición requiere un estudio de las condiciones reales en
las que se encuentra la estructura muraria existente y la propuesta de una solución
alternativa de apoyo para la nueva estructura horizontal prevista en proyecto.”
Adicionalmente, cabe señalar que en el oficio que consta en el expediente dirigido desde la
Subdirección General de la Arquitectura y Edificación (SGAE) a la dirección facultativa, de
fecha 1 de febrero de 2022, se indica que existen algunos incumplimientos del Código
Técnico de Edificación (CTE) en el proyecto, con respecto a la “…plaza a reformar…” y “…la
escalera en el interior del inmueble…”.
•
Asimismo, según se desprende de la documentación incorporada al expediente, durante la
tramitación del citado modificado se produjeron discrepancias entre la DGAUA y la dirección
facultativa de las obras en relación con las posibles soluciones a adoptar que retrasaron
cve: BOE-A-2024-25002
Verificable en https://www.boe.es
j)
Asimismo, consta un acta de recepción de las obras con observaciones, de 3 de febrero de
2022, de la que se deduce, según la documentación que se adjunta, que quedaban partidas
pendientes de ejecutar. El acta de recepción positiva es de 1 de junio de 2022, si bien
figuran recepcionadas obras por un importe de 136.718,73 euros que resulta inferior al
contratado, cuya cuantía es de 156. 494,09 euros. Dicha circunstancia es indicativa de que
las obras podrían no haberse ejecutado en su totalidad teniendo en cuenta que, en el mes
de noviembre de 2022, fecha de remisión de la documentación relativa al expediente
solicitada a la DGAUA por este Tribunal, no había sido aprobada la certificación final de las
obras (artículo 243.1 de la LCSP). Cabe añadir al respecto que se dio la circunstancia de
que la empresa adjudicataria había estado incursa inicialmente en presunción de
anormalidad.