Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2024-24853)
Real Decreto 1185/2024, de 28 de noviembre, por el que se modifican el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 160674

la estructura que se establece en el artículo 23 del Real Decreto 1009/2023, de 5
de diciembre.
5. Para el asesoramiento jurídico de la Secretaría de Estado de Digitalización
e Inteligencia Artificial existirá una Abogacía del Estado, integrada orgánicamente
en la del departamento.
6. Se adscribe al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia
Artificial, la Entidad pública empresarial Red.es., M.P., cuya presidencia
corresponderá a la persona titular de la Secretaría de Estado.
7. Se adscribe al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia
Artificial, la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA).»
Tres. Se modifica el artículo 3, que queda redactado como sigue:
«Artículo 3. Dirección General de Ordenación de los Servicios de Digitalización y
de Comunicación Audiovisual.
1. La Dirección General de Ordenación de los Servicios de Digitalización y de
Comunicación Audiovisual tiene como misión la ordenación de los servicios de
digitalización y de comunicación audiovisual, además del impulso a los mismos,
así como el desarrollo de las actuaciones necesarias para la consecución de una
digitalización plena en nuestro país garantizando los derechos de la ciudadanía en
el ámbito digital y el impulso del emprendimiento y la generación de talento. En
particular, llevará a cabo las siguientes funciones:
a) El control e impulso del libre flujo de datos no personales, su portabilidad,
y la elaboración de códigos de conducta armonizados con la Unión Europea y
otros foros de carácter internacional, así como la elaboración y propuesta de
normativa en materia de gobernanza, acceso y compartición de datos, en
coordinación con la Dirección General del Dato y en línea con las directrices
estratégicas establecidas por la Secretaría de Estado de Digitalización e
Inteligencia Artificial.
b) La elaboración y propuesta de normativa en materia de servicios digitales
y sus prestadores, en particular sobre identificación electrónica y servicios
electrónicos de confianza, comercio electrónico y nombres de dominio de Internet.
c) La elaboración de normativa, en colaboración con otros departamentos,
referente a la regulación de las plataformas e intermediarios digitales, entre otras,
la relativa a su responsabilidad y obligaciones, la privacidad y protección de la
información, así como a la garantía de equidad y respeto a los derechos digitales
de usuarios y empresas.
d) La supervisión, control, inspección y sanción en materia de la sociedad
digital, de conformidad con la legislación aplicable, incluyendo la gestión de la lista
de prestadores de servicios de confianza cualificados.
e) La participación en comisiones, grupos de trabajo y otros foros de carácter
técnico internacional o nacional, tanto públicos como privados, en materia de
sociedad digital, así como el seguimiento y participación en iniciativas y foros
relacionados con la Gobernanza de Internet, en línea con las directrices
estratégicas establecidas por la Secretaría de Estado de Digitalización e
Inteligencia Artificial.
f) El impulso, fomento, coordinación y apoyo de las iniciativas para la
capacitación profesional en el ámbito de las tecnologías de la información y las
comunicaciones (TIC), y de programas de atracción, desarrollo y retención del
talento digital.
g) La elaboración, gestión y seguimiento de planes, proyectos y programas
de actuaciones orientados al desarrollo de habilidades digitales en coordinación

cve: BOE-A-2024-24853
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Núm. 288