Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2024-24852)
Real Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
30 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 160640

General de Asia Oriental. En segundo lugar, en el ámbito de la Secretaría General para
la Unión Europea, se crea un Gabinete como órgano de apoyo y asistencia directa a la
persona titular de la Secretaría General de la Unión Europea, con el nivel orgánico que
se determine en la relación de puestos de trabajo. En tercer lugar, en el ámbito de la
Secretaría de Estado de Cooperación internacional la División de Evaluación de Políticas
para el Desarrollo y Gestión del Conocimiento se convierte en la Oficina de Evaluación
de la Cooperación Española y pasa a depender directamente del titular de la Secretaría
de Estado; además, la Subdirección General de Planificación y de Coherencia de
Políticas pasa a denominarse Subdirección General de Planificación, Seguimiento y
Coherencia de Políticas para el Desarrollo Sostenible; y la Subdirección General de
Políticas de Desarrollo Multilateral y Europeas, pasa a denominarse Subdirección
General de Políticas de Desarrollo Multilaterales y Europeas. En cuarto lugar, en el
ámbito de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación se crea
la Oficina de protección de la información clasificada, con el nivel orgánico que se
determine en la relación de puestos de trabajo. Además, la Subdirección General de
Asuntos de Extranjería, pasa a denominarse Subdirección General de Visados y
Documentos de Viaje. Por último, en el ámbito de la Secretaría General Técnica, a las
Divisiones de Relaciones Institucionales y de Colaboración con las Comunidades
Autónomas y de Tratados y otros Acuerdos Internacionales se les atribuye la naturaleza
orgánica de Subdirecciones Generales.
Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación (necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia) conforme a los
cuales deben actuar las administraciones públicas en el ejercicio de la iniciativa
legislativa y la potestad reglamentaria, según establece el artículo 129.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Así, este real decreto atiende a la necesidad de adecuar la estructura orgánica del
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a la nueva estructura
orgánica básica dispuesta por el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y es
eficaz y proporcionado en el cumplimiento de este propósito, sin afectar en forma alguna
a los derechos y deberes de la ciudadanía. Asimismo, contribuye a dotar de mayor
seguridad jurídica a la organización y funcionamiento del Ministerio señalado, al adecuar
aquella a la estructura de órganos directivos actualmente existente. Cumple también con
el principio de transparencia ya que identifica claramente su propósito» y la memoria del
análisis de impacto normativa es accesible a la ciudadanía y ofrece una explicación
completa de su contenido. Por último, también es adecuado al principio de eficiencia, ya
que, entre otras cuestiones, no impone cargas administrativas adicionales y asigna los
recursos públicos de la mejor manera para alcanzar los objetivos programados.
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, a propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función
Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de
noviembre de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Organización general del Departamento.
1. Corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, de conformidad con las directrices del Gobierno y en aplicación del
principio de unidad de acción en el exterior, planificar, dirigir, ejecutar y evaluar la
política exterior del Estado y la política de cooperación internacional para el desarrollo
sostenible, con singular atención a las relacionadas con la Unión Europea y con
Iberoamérica, y coordinar y supervisar todas las actuaciones que en dichos ámbitos

cve: BOE-A-2024-24852
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 288