Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2024-24852)
Real Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Viernes 29 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 160652

mantendrá la adecuada coordinación con la Dirección General de Política Exterior y de
Seguridad.
3. Está adscrita a la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de
Europa la Comisión de Límites con Francia, Portugal y Andorra.
4. Las competencias que no correspondan a ninguno de los órganos indicados en
el apartado 2 serán ejecutadas directamente por la Dirección General.
Artículo 13. Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el
Mundo.
1. La Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo
es el órgano superior directamente responsable, bajo la dirección de la persona titular del
Departamento, de la formulación y ejecución de la política exterior de España en relación
con Iberoamérica y el Caribe; así como de la formulación, coordinación y ejecución de la
política exterior de España para la defensa y promoción del español en el mundo, sin
perjuicio de las competencias de los Ministerios de Cultura y Educación, Formación
Profesional y Deportes en este ámbito.
2. La Secretaría de Estado ejerce respecto de las unidades de ella dependientes
las atribuciones recogidas en el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en
particular le compete:
a) La formulación y ejecución de la política exterior de España en los ámbitos
geográficos de Iberoamérica y el Caribe.
b) La preparación y coordinación de las Cumbres Iberoamericanas y la planificación
e impulso de las actividades de la Comunidad Iberoamericana de Naciones; la
colaboración y el apoyo a las funciones de la Secretaría General Iberoamericana; y el
fomento y la coordinación de la presencia de España en la Organización de Estados
Americanos (en lo sucesivo, OEA) y en los distintos organismos y entidades
multilaterales de ámbito iberoamericano, sin perjuicio de las competencias de otros
departamentos.
c) La formulación, coordinación y ejecución de la política exterior para la defensa,
promoción, y expansión del español en el mundo.
3. De la Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el
Mundo dependen los siguientes órganos directivos:
La Dirección General para Iberoamérica y el Caribe.
La Dirección General del Español en el Mundo.

De las citadas direcciones generales dependerán, a su vez, los Embajadores y
Embajadoras en Misión Especial que se designen en los respectivos ámbitos
competenciales.
4. Como órgano de apoyo político y técnico de la persona titular de la Secretaría de
Estado existe un Gabinete, con nivel orgánico de subdirección general, y con la
estructura que se establece en el artículo 23.3 del Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre.
5. Está adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación,
a través de la Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el
Mundo, el Instituto Cervantes.
Artículo 14.

Dirección General para Iberoamérica y el Caribe.

1. Corresponde a la Dirección General para Iberoamérica y el Caribe el ejercicio de
las siguientes competencias:
a) La propuesta y ejecución de la política exterior de España en su área de
responsabilidad.

cve: BOE-A-2024-24852
Verificable en https://www.boe.es

a)
b)