Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2024-24822)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se resuelve la convocatoria para la selección de proyectos de formación para el empleo promovidos por entidades locales, financiados por el Programa de Empleo, Educación, Formación y Economía Social, del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) del periodo de programación 2021-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Jueves 28 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 160327

para realizar las actuaciones de los proyectos subvencionados hasta el 31 de diciembre
de 2026, entendiendo como plazo de ejecución el periodo comprendido entre el inicio y
la finalización de las actuaciones del proyecto.
Si la entidad ha comenzado la ejecución del proyecto con anterioridad a la resolución
de la concesión de la ayuda, podrá incluir como gastos elegibles aquéllos que
correspondan a actuaciones subvencionables contempladas en el mismo, realizadas a
partir del 1 de enero de 2021, siempre que la ejecución no haya finalizado en el
momento de concesión de la ayuda y cumplan los requisitos de esta convocatoria, todo
ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63.6 del Reglamento (UE) 2021/1060
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 (RDC).
Senda financiera.
En cumplimiento de la regla de descompromiso automático o regla n+3 establecida
en el artículo 105.1 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 24 de junio de 2021 (RDC), para el Programa Operativo (EFESO) las
entidades beneficiarias deberán cumplir la senda financiera incluida en el anexo III de la
convocatoria de ayudas, con el siguiente detalle:
2022

Euros

2023

Euros

2024

Euros

2025

Euros

Total senda convocada

Euros

3.356.440,32

3.410.419,20

3.465.488,64

3.412.753,17

13.645.101,33

Transición.

16.979.446,08

17.252.513,28

17.531.095,68

17.264.316,96

69.027.372,00

Menos desarrolladas.

28.860.383,04

29.324.520,96

29.798.033,28

29.344.589,39

117.327.526,67

49.196.269,44

49.987.453,44

50.794.617,60

50.021.659,52

200.000.000,00

Categoría de región

Más desarrolladas.

Las entidades que no hayan cumplido los compromisos derivados de la senda
financiera podrán perder la parte de la ayuda correspondiente a dicho incumplimiento.
Método aplicable para determinar los costes del proyecto y la justificación de los gastos.
1. De acuerdo con lo dispuesto en la orden por la que se aprueban las bases
reguladoras y el artículo 53.1.b) del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 (RDC) para determinar el importe del
gasto ejecutado del proyecto, se aplicará a las actuaciones subvencionables realizadas
el baremo estándar de costes unitarios incluido en el anexo II de la convocatoria, del
siguiente modo:
A. Coste de formación de los itinerarios de inserción. Mediante el producto del
número total de personas formadas por el número total de horas de duración del
itinerario desarrollado y por el coste unitario de la modalidad formativa (coste por
persona/hora de formación).
B. Coste de la beca de formación a los participantes en los itinerarios. Mediante el
producto del número total de personas formadas con derecho a la ayuda, por el número
total de días lectivos de duración del itinerario desarrollado y por el coste unitario (coste
por persona/día lectivo del itinerario). A estos efectos, el número máximo de días lectivos
a computar no excederá del resultado de dividir el número total de horas de duración del
itinerario impartido entre cinco.
C. Coste de las jornadas. Mediante el producto del número total de las jornadas
realizadas por el coste unitario (coste por jornada). El gasto en concepto de jornadas no
podrá exceder de los límites previstos en esta convocatoria.
D. Coste de elaboración del proyecto. Aplicando el coste unitario correspondiente.

cve: BOE-A-2024-24822
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