Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-24773)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo de los Grupos Profesionales 1, 3 y 4 del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 28 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 159954

3.11 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona
interesada.
4.

Admisión de personas aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de
personas admitidas y personas excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en
el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas
al público las listas certificadas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas,
señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer
ejercicio de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales.
4.3 Sin perjuicio de que, a la finalización del proceso selectivo, se requiera a
quienes hayan superado el mismo la acreditación documental del cumplimiento de los
requisitos de participación, en cualquier momento del proceso selectivo el órgano
convocante podrá requerir a las personas aspirantes que acrediten el cumplimiento de
los requisitos exigidos, y de no acreditar los mismos, acordar su exclusión.
4.4 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.
5.

Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo está compuesto por las
personas que figuran en el anexo III de esta convocatoria.
La convocatoria contendrá una habilitación para que el órgano de selección adopte
las medidas necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las
pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios.
5.2 En la página web del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional,
https://www.patrimonionacional.es/empleo-publico, se publicará un breve currículum de
los miembros del Tribunal, así como un cronograma aproximado del desarrollo del
proceso.
5.3 La pertenencia al órgano de selección será siempre a título personal, no
pudiendo ostentarse dicha pertenencia en representación o por cuenta de nadie.
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes.
5.5 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velarán
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos
sexos.
5.7 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Palacio Real, calle Bailén, s/n, 28071 Madrid, y dirección de correo electrónico
convocatorias@patrimonionacional.es.

cve: BOE-A-2024-24773
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 287