Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-24738)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de pilotos de Norwegian Air Resources Spain, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Miércoles 27 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 159471

out programada de dicho vuelo, nunca podrá ser posterior a la hora de finalización
original.
– La firma del/de la piloto debe estar dentro del período de imaginaria programado.
– En el caso de una imaginaria programada en el primer día de trabajo de un bloque
de servicio, es la hora de inicio de la programación original, la que determina si el último
día debe considerarse un check-in temprano de acuerdo al artículo 10.
– No se programará o asignarán imaginarias el último día antes de vacaciones, días
libres (DO) inmediatamente anteriores a las vacaciones o antes del comienzo de la
licencia de maternidad/paternidad, salvo que se acuerde lo contrario con JWC.
9.1 En el caso de que un Piloto no atienda una llamada de imaginaria, el/la Piloto
en cuestión tiene 10 minutos para ponerse en contacto con el OCC correspondiente para
confirmar su disponibilidad. El tiempo de check-in sigue siendo de 90 minutos a partir de
la hora de la llamada original.
10. Check-in y check-out en relación con los períodos de tiempo libre: La hora de
check-in del último día corresponde al check-in o inicio del servicio de imaginaria del
primer día. Si se programa un servicio temprano el primer día, se le programará un
servicio temprano el último día. El servicio temprano se define como un comienzo antes
de las 10:00 hora local. Si el último día de servicio es un regreso desde un destacamento
a la base original del/de la piloto, el servicio se basa en la disponibilidad de vuelos.
El departamento de programación puede programar al/a la piloto en un servicio
posterior, no obstante lo anterior, estará sujeto al pago de un (1) HDB.
El/La piloto puede rechazar este servicio notificándoselo al departamento de
planificación dentro de los 7 días posteriores a la publicación de la programación.
11.

Vuelos nocturnos:

Definición: Vuelos que cubren el intervalo de tiempo comprendido entre las 02:00
hora local y las 05:00 hora local.

12. Operaciones back-to-back: Las operaciones back-to-back podrán programarse
de acuerdo con las normas establecidas en los Manuales de Operaciones aplicables,
siempre que esto incluya la provisión de alojamiento en un hotel en la Base de
Operaciones del/de la Piloto.
En el caso de operaciones programadas back-to-back, el uso de este servicio se
limita, de acuerdo con la FTL, a una parada nocturna en Home Base en cualquier
período de trabajo entre períodos de descanso prolongados, y dos veces en cualquier
mes calendario.
13. Período máximo de servicio: Ningún período de servicio total previsto excederá
de 18 horas en total.
En el caso de un servicio fraccionado (Split duty), este no será superior a 18 horas,
más el tiempo de descanso parcial en tierra o superior a la FDP (Período de actividad
aérea) más 6 horas para vuelos con tripulación aumentada.
En caso de que el período de servicio supere las 15 horas después de la hora del
check-in, los pilotos pueden solicitar alojamiento en un hotel a su regreso en la base de
operaciones.
Para evitar dudas, todo lo anterior incluye las horas de imaginaria.
14. Período de servicio. Hora de la firma más temprano después de VAC: Tras un
período de vacaciones (VAC) o días libres asignados después de vacaciones, no se

cve: BOE-A-2024-24738
Verificable en https://www.boe.es

– A lo/as pilotos programado/as para vuelos nocturnos consecutivos se les
proporcionará alojamiento en un hotel en la base de operaciones, previa solicitud.
– Un/a piloto no podrá ser trasladado/a de un turno de noche, más de una vez en
cada período de trabajo.
– Los vuelos nocturnos tendrán imaginarias creadas específicamente para cubrir
dichos turnos.