Comunidad Autónoma de Canarias. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24748)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se publican los Convenios con los Cabildos Insulares de Tenerife, Gran Canaria, La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura y Lanzarote, por los que se instrumentalizan la concesión de subvención directa, para la implementación de las inversiones vinculadas al Programa «01 Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el marco del componente 22, objetivos 323 y 470, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 159549
Séptima. Obligaciones, en materia de difusión, del Cabildo Insular de Gran Canaria y
de los perceptores finales.
Primera. Las relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. Las entidades receptoras de financiación de
la Unión Europea deben mencionar el origen de esta financiación y garantizar su
visibilidad, en particular cuando promuevan las acciones financiadas y sus resultados,
facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples
destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
Segunda. En particular, y en defecto de que se apruebe una previsión más
específica al respecto por el Ministerio de Hacienda o por la Secretaría de Estado de
Comunicación, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones que
desarrollan las inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y
electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa,
certificados, etc.) se deberán incluir los siguientes logos:
El emblema de la Unión Europea.
Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU» y el texto del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, el logotipo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030,
así como el logotipo oficial del Gobierno de Canarias.
Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados establecidos en
el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014, por el que se establecen
disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo
y del Consejo en lo que se refiere a las modalidades concretas de transferencia y gestión
de las contribuciones del programa, la presentación de información sobre los
instrumentos financieros, las características técnicas de las medidas de información y
comunicación de las operaciones y el sistema para el registro y el almacenamiento de
datos.
Puede consultarse la siguiente página http://publications.europa.eu/code/es/
es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del emblema en:
https://ec.europa.eu/regional_policy/information-sources/logo-download-center_en?
etrans=es.
Y para más información se pueden
planderecuperacion.gob.es/identidad-visual
y
identidadgrafica/.
consultar las páginas: https://
https://www.gobiernodecanarias.org/
Tercera. En caso de cofinanciación por otra administración, tal circunstancia deberá
reflejarse en la publicidad del las acciones.
Cuarta. Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien
visible y de acceso al público. En los lugares de ejecución de las acciones, se colocará al
menos un cartel identificativo en el que se mencionará la financiación a través del
presente convenio, que contendrá el nombre de la acción, plazo de ejecución, coste
total, importe asignado, entes financiadores y denominación de los fondos. Cada cartel
deberá tener un tamaño mínimo DINA1. Los carteles deberán permanecer visibles y en
buen estado hasta la finalización del plazo establecido para la conservación de la
documentación justificativa.
Quinta. Todos los elementos de informativos, publicidad y difusión incorporarán la
perspectiva de género y no contemplarán elementos de discriminación en el uso del
lenguaje y de la imagen.
cve: BOE-A-2024-24748
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 159549
Séptima. Obligaciones, en materia de difusión, del Cabildo Insular de Gran Canaria y
de los perceptores finales.
Primera. Las relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. Las entidades receptoras de financiación de
la Unión Europea deben mencionar el origen de esta financiación y garantizar su
visibilidad, en particular cuando promuevan las acciones financiadas y sus resultados,
facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples
destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
Segunda. En particular, y en defecto de que se apruebe una previsión más
específica al respecto por el Ministerio de Hacienda o por la Secretaría de Estado de
Comunicación, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones que
desarrollan las inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y
electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa,
certificados, etc.) se deberán incluir los siguientes logos:
El emblema de la Unión Europea.
Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU» y el texto del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, el logotipo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030,
así como el logotipo oficial del Gobierno de Canarias.
Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados establecidos en
el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014, por el que se establecen
disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo
y del Consejo en lo que se refiere a las modalidades concretas de transferencia y gestión
de las contribuciones del programa, la presentación de información sobre los
instrumentos financieros, las características técnicas de las medidas de información y
comunicación de las operaciones y el sistema para el registro y el almacenamiento de
datos.
Puede consultarse la siguiente página http://publications.europa.eu/code/es/
es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del emblema en:
https://ec.europa.eu/regional_policy/information-sources/logo-download-center_en?
etrans=es.
Y para más información se pueden
planderecuperacion.gob.es/identidad-visual
y
identidadgrafica/.
consultar las páginas: https://
https://www.gobiernodecanarias.org/
Tercera. En caso de cofinanciación por otra administración, tal circunstancia deberá
reflejarse en la publicidad del las acciones.
Cuarta. Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien
visible y de acceso al público. En los lugares de ejecución de las acciones, se colocará al
menos un cartel identificativo en el que se mencionará la financiación a través del
presente convenio, que contendrá el nombre de la acción, plazo de ejecución, coste
total, importe asignado, entes financiadores y denominación de los fondos. Cada cartel
deberá tener un tamaño mínimo DINA1. Los carteles deberán permanecer visibles y en
buen estado hasta la finalización del plazo establecido para la conservación de la
documentación justificativa.
Quinta. Todos los elementos de informativos, publicidad y difusión incorporarán la
perspectiva de género y no contemplarán elementos de discriminación en el uso del
lenguaje y de la imagen.
cve: BOE-A-2024-24748
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 286