Comunidad Autónoma de Canarias. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24748)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se publican los Convenios con los Cabildos Insulares de Tenerife, Gran Canaria, La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura y Lanzarote, por los que se instrumentalizan la concesión de subvención directa, para la implementación de las inversiones vinculadas al Programa «01 Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el marco del componente 22, objetivos 323 y 470, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de noviembre de 2024

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del componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e
inclusión social» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La distribución de los fondos entre los distintos Cabildos se ha determinado por una
parte fija que consiste en la financiación que contempla las singularidades del territorio,
del sesenta por ciento, establecida en función de la doble insularidad, según establece el
artículo 53.2 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, y por
una parte variable que se estableció en función de los siguientes valores por Islas:
población dependiente o mayor o igual a 80 años; población potencialmente dependiente
estimada entre 65 y 79 años; población potencialmente dependiente menor o igual de 65
años; ratio de plazas disponibles en relación al índice de cobertura promovido por la
Organización Mundial de la Salud para personas mayores, y ratio de plazas disponibles,
índice modelo de cobertura del 5 % sobre el total de personas potencialmente
dependientes entre 0 y 64 años.
Tras aplicar el modelo se determinó la cantidad a percibir por cada Cabildo, cantidad
que se ha visto incrementada por Acuerdos de 24 de octubre y 30 de noviembre de 2023
del CTSSySAAD en una cantidad que se distribuyó linealmente entre todas las
corporaciones.
Así y de la aplicación del modelo y el ajuste del incremento, en el caso concreto de la
Isla de Gran Canaria le ha correspondido una cantidad que asciende a quince millones
trescientos ochenta y nueve mil ciento cincuenta y ocho euros con treinta y cinco
céntimos (15.389.158,35 euros).
Por lo tanto se concede una subvención directa por importe de quince millones
trescientos ochenta y nueve mil ciento cincuenta y ocho euros con treinta y cinco
céntimos (15.389.158,35 euros), de acuerdo con la planificación prevista para la
ejecución de estas acciones, en las condiciones y plazos recogidos en la cláusula
octava, las cantidades siguientes:
2024: Siete millones seiscientos noventa y cuatro mil quinientos setenta y nueve
euros con cuarentay tres céntimos de euro (7.694.579,43 euros).
2025: Cinco millones trescientos ochenta y seis mil doscientos cinco euros con
cincuenta y nueve céntimos de euro (5.386.205,59 euros).
2026: Dos millones trescientos ocho mil trescientos setenta y tres euros con ochenta
y tres céntimos de euro (2.308.373,83 euros).
Tercero. Prestar colaboración y asistencia al Cabildo Insular en el cumplimiento de
sus compromisos y obligaciones, resolviendo dudas y elevando en su caso, consultas al
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, facilitándole toda la
información adicional de la que disponga y que afecte a la ejecución de los créditos
concedidos, tanto desde un punto de vista jurídico-administrativo como técnico. Lo que
incluye facilitar los modelos para el intercambio de información y demás materiales
necesarios para el buen desarrollo de los proyectos, tanto en lo referente a la
justificación de la ejecución de los proyectos, como en lo correspondiente al
cumplimiento de los objetivos establecidos y, de acuerdo, a lo regulado en las Órdenes
del Ministerio de Hacienda 1030/2021 y 1031/2021, de 29 de septiembre, por las que se
configura el Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
y se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las
entidades del sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento del
cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las
Medidas de los Componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Cuarto. Reportar al Estado la información de seguimiento de las acciones que se le
requiera conforme a la normativa aplicable y las instrucciones que se hayan aprobado o
que se dicten con posterioridad y específicamente mantener el flujo de información con
el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a través de los sistemas y
procedimientos que establece como órgano decisor del Componente 22 del PRTyR.
Quinto. Cumplir las obligaciones que correspondan a la Comunidad Autónoma en
relación con la ejecución y seguimiento de los fondos contemplados en el presente

cve: BOE-A-2024-24748
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Núm. 286