Consejo de Seguridad Nuclear. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24578)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con Sociedad Mercantil Science Engineering Associates, SL, para la evaluación de medidas experimentales de composición isotópica de combustible gastado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284

Lunes 25 de noviembre de 2024
Cuarta.

Sec. III. Pág. 158702

Presupuesto y financiación.

Los costes asociados a las actividades incluidas en este convenio se detallan en la
Memoria Económica que se incluye como anexo 2. Sobre la base de los conceptos y
cantidades que allí se detallan, se obtiene un coste total de doscientos treinta y nueve
mil cuarenta y cinco euros (239.045,00 euros). Según los criterios de reparto del coste
que se han acordado entre las partes para este proyecto, el CSN realizará una
aportación dineraria de ciento veintidós mil ciento trece euros con veinte céntimos
(122.113,20 euros), a la que se sumará una aportación en concepto de seguimiento del
proyecto que asciende a veintiún mil trescientos trece euros con ochenta céntimos
(21.313,80 euros). La aportación total del CSN corresponde a un 60 % del coste total
citado. SEA por su parte realizará una aportación económica total de noventa y cinco mil
seiscientos dieciocho euros (95.618,00 euros), lo que supone un 40 % del coste total del
proyecto.
Las aportaciones en metálico del CSN se llevarán a cabo durante cinco ejercicios
presupuestarios, correspondiendo a la aplicación presupuestaria con código 23.302.424M.640, y
abonándose cada uno de los pagos tras la correspondiente emisión por parte de SEA de los
requerimientos de pago, todo ello en la forma y plazos que se detallan en la Memoria
Económica.
Las citadas cantidades serán satisfechas por el CSN previa entrega y aceptación de
la documentación que se define en la Memoria Técnica y en la Memoria Económica, y se
abonarán condicionadas a la previa existencia de crédito específico y suficiente en cada
ejercicio, con cumplimiento de los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley General
Presupuestaria.
Estas condiciones económicas podrán ser revisadas en caso de producirse alguna
modificación de las bases del convenio y de sus contenidos técnicos y presupuestarios.
Ambas partes firmantes de este convenio realizan en el mercado abierto menos
del 20 % de las actividades objeto de la cooperación, atendiendo así a lo establecido en
el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Quinta. Seguimiento del convenio.
El seguimiento de este convenio se realizará a través de una Comisión en la que
habrá una representación paritaria de ambas partes firmantes. Las decisiones se
tomarán por consenso e irán encomendadas a la consecución de los objetivos descritos
en la cláusula primera.
Las personas que integren dicha Comisión serán designadas por cada una de las partes
respectivamente. El CSN designará a una persona de la Subdirección de Ingeniería.
Las personas designadas ejercerán la coordinación técnica y serán responsables de
controlar el desarrollo del convenio, y de adoptar, por mutuo acuerdo, las decisiones
necesarias para la buena marcha de las actividades contempladas en el mismo. Para
ello, podrán asesorarse por el personal experto que consideren oportuno.

Los términos del convenio se podrán revisar o modificar en cualquier momento a
petición de cualquiera de las partes, de manera que puedan introducirse, de mutuo
acuerdo, tales modificaciones o revisiones, mediante la suscripción de una adenda al
mismo formalizada antes de la finalización del convenio.
Séptima. Régimen jurídico y resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regulará por lo previsto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
El presente convenio está sujeto al derecho administrativo. La interpretación del
convenio se realizará bajo el principio de buena fe y confianza legítima entre las partes.

cve: BOE-A-2024-24578
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Modificación.