Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-24505)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Conjunto de proyectos para la creación de humedales seminaturales en la franja perimetral del Mar Menor».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 158147

un peso específico de 160 kg/m3. Las operaciones de retirada de carrizo no afectarán a
la vegetación implantada de recuperación del HIC 1420.
En respuesta a la Dirección General del Medio Natural de la Región de Murcia, el
promotor incorpora una batería de controles específicos en relación con los elementos
de la Red Natura 2000 en los que pueden producirse afecciones. En el caso del humedal
de Bocarrambla, los seguimientos incorporados son:
– En relación con los hábitats de saladares y estepas salinas de la ZEC «Espacios
Abiertos e Islas del Mar Menor»:
● Control de emisiones de polvo, partículas y contaminantes en la banda de 100 m
colindante con la carretera N-332 dentro del paraje del Carmolí.
● Realizar inspecciones visuales del entorno de las obras. Si se detectan afecciones
a la calidad de las aguas, se realizará un análisis aguas arriba y abajo de las obras, con
especial atención a la Rambla del Albujón y los drenajes existentes en el tramo de la
N-332 colindante con el proyecto.
● Realizar inspecciones en las áreas situadas en el entorno de las obras (200 m a
cada margen de la zona de obras e instalaciones auxiliares y acopios, con especial
atención al paraje del Carmolí) para corroborar que no hay movimientos de maquinaria
fuera de los límites jalonados que puedan afectar a la vegetación.
● Durante la fase de obras, se valorarán las posibles afecciones para la fauna y, con
base en ello, se determinará la posibilidad de suspender dichas actuaciones coincidiendo
con los periodos reproductivos. Antes de iniciar las obras, se llevará a cabo un estudio
de fauna para identificar claramente las especies presentes en la zona.
● En la fase de funcionamiento está previsto el seguimiento y control anual de la
implantación de los nuevos hábitats creados, así como la retirada periódica del carrizo y
los sedimentos que vayan ocupando el humedal.
– En relación con el fartet, se evitará, en la medida de lo posible, el enturbiamiento y
la contaminación del medio hídrico durante la ejecución de las obras. Si la calidad del
agua empeorase durante las obras, se establecerán medidas de protección y restricción
(limitación del movimiento de maquinaria, tratamiento de márgenes, barreras de
retención, bases de decantación provisionales, etc). Las inspecciones se realizarán
semanalmente.
– En relación con la avifauna presente en la ZEPA «Mar Menor»: se implementarán
medidas para prevenir o limitar el aumento de los niveles sonoros, y se llevará a cabo un
control periódico en el entorno de actuación para detectar posibles afecciones a las aves,
basándose en el estudio del éxito reproductivo, la disponibilidad y estado del hábitat, así
como las amenazas potenciales que puedan surgir durante las obras.
Respecto al humedal de San Pedro del Pinatar, los seguimientos incorporados para
la protección de los hábitats presentes en el ZEC «Salinas y Arenales de San Pedro del
Pinatar» son:
– Se llevará a cabo el control de emisiones de polvo, partículas y contaminantes, y
se realizará un seguimiento continuo para garantizar que el tarayal y la zona protegida
cercana al canal no se vean afectados por estas emisiones.
– Se realizará un monitoreo regular para asegurar que las obras no afecten a los
hábitats protegidos identificados.
– Durante la fase de obras, se valorarán las posibles afecciones para la fauna y, con
base en ello, se determinará la posibilidad de suspender las actuaciones de obra que
coincidan con los períodos reproductivos. Antes de iniciar las obras, se llevará a cabo un
estudio de fauna para identificar las especies presentes en la zona.
– Se llevará a cabo un seguimiento en la zona para prevenir cualquier afección al
camaleón (Chamaeleo chamaeleon), especialmente durante su época de puesta, que
suele abarcar todo el verano y principios de otoño.

cve: BOE-A-2024-24505
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Núm. 283